Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Marzo de 2015, número de resolución KLAN201401745
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201401745 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 25 de Marzo de 2015 |
| | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón Núm. caso: D CD2009-2484 (703) Sobre: Incumplimiento de Contrato; Cobro de Dinero y Ejecución de Prenda e Hipoteca |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Bermúdez Torres y el Juez Flores García.
Flores García, Juez Ponente.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de marzo de 2015.
El 24 de julio de 2009 Doral Bank (en adelante Doral) presentó contra Four Seasons Construction (en adelante Four Seasons) una Demanda sobre Incumplimiento de Contrato, Cobro de Dinero y Ejecución de Prenda e Hipoteca.
Alegó que Four Seasons suscribió con Doral un Contrato de Préstamo por $10,873,300.00. Adujo que como garantía colateral para el préstamo, Doral recibió de Four Seasons ocho (8) pagarés hipotecarios. Asimismo, el pago de la obligación de Four Seasons a Doral fue garantizada solidaria y mancomunadamente por los codemandados, Santiago Chávez Traval, su esposa Carmen Miranda Galindez, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos; Ángel Álvarez Lau, su esposa María Milagros Collazo del Toro Eduardo y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos; Eduardo Clemente Ortiz, su esposa Aydil S. López Delgado, y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos; y Osvaldo Colón Vega. Arguyó, además, que el 18 de mayo de 2006 el contrato de préstamo fue enmendado, sin ánimo de novación, para aumentar en $1,296,000.00 adicionales la cantidad prestada en el préstamo original, y a su vez, extender el término de vencimiento original del préstamo al 1 de abril de 2007.
En su demanda, Doral alega que Four Seasons y sus garantizadores le adeudan solidariamente las cantidades de; $6,854,807.12 de principal y $1,438,924.81 de intereses vencidos al 15 de julio de 2009, los cuales continúan acumulándose hasta el pago total de lo adeudado. A esto, Doral añadió una partida por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado equivalente al 10% del balance original del préstamo.
Los codemandados presentaron su Contestación a Demanda y Reconvención.
Indicaron que conforme a los términos del contrato de préstamo de construcción, Doral era responsable, entre otras cosas, de asegurarse que los contratistas a ser empleados en la obra estuvieran capacitados para llevar a cabo sus labores.
Señalaron que Doral tenía que asegurarse que los trabajos habían sido realizados, antes de emitir los pagos de las certificaciones a los contratistas. Alegaron que debido a estos incumplimientos, Four Seasons no pudo completar el proyecto de construcción y obtuvo una perdida calculada en $3,000,000.00.
Así las cosas, Doral se opuso a la Reconvención presentada por los codemandados Ángel Álvarez Lau, su esposa María Milagros Collazo del Toro Eduardo y la sociedad legal de bienes gananciales compuesta por ambos. Adujo que anteriormente el Tribunal de Primera Instancia había ordenado la anotación en rebeldía contra estos y la misma nunca fue levantada por orden del Tribunal, por lo que su Reconvención era contraria a derecho. El Tribunal de Primera Instancia declaró ha lugar la oposición y desestimó la reconvención.
Luego de varios trámites procesales, se celebró una vista de seguimiento en la que se acordó aceptar la reconvención y se levantó la rebeldía decretada contra los codemandados, Ángel Álvarez Lau y su esposa María Milagros Collazo del Toro.
El 10 de septiembre de 2010, Doral presentó unaNotificación de Cesión de Crédito Litigioso y Solicitud de Sustitución de Parte. Indicó que Doral había realizado unAssets Purchase Agreement con DF Investments LLC (en adelante DFInvestments) por el cual había cedido el crédito litigioso en cuestión...
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