Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2015, número de resolución KLAN201401776

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401776
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015

LEXTA20150327-013 Nazareno Painting Inc. v. Leon

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE PONCE

PANEL VII

NAZARENO PAINTING, INC., representada por su Presidente, RAYMOND PÉREZ RUÍZ
Apelada
v.
ELIUD ALBERT LEÓN, ELBA MORALES RODRÍGUEZ
Apelante
KLAN201401776
APELACIÓN procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Civil Núm.: J ac2007-0574(901) Sobre: Deslinde y Reivindicación

Panel integrado por su presidente, el Juez Piñero González, la Juez Surén Fuentes y la Juez Birriel Cardona.

Surén Fuentes, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de marzo de 2015.

Comparece ante nos el señor Eliud Albert León como parte apelante, quien solicita revisión de una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, el 22 de julio de 2014, y notificada a las partes el 1 de agosto de ese año. Mediante la misma el Foro Superior declaró Ha Lugar la Sentencia Sumaria solicitada por Nazareno Painting, Inc.

I.

El caso de autos inició con una Demanda de deslinde y reivindicación, instada por Nazareno Printing, Inc., contra el Sr. Albert León, y la señora Elba Morales Rodríguez. La Corporación apelada, indicó ser propietaria de un predio de terreno originalmente identificado como lote número 28, y luego corregido como lote número 26(lote 26). Dicho terreno colinda con el lote número 25 (lote 25), cuya titularidad al momento de la Demanda, era sostenida por los apelantes. El pleito incoado concernía un predio de 1.41 cuerdas de terreno que reclamaba la parte aquí apelada, y que ocupaba el Sr. Albert León junto a la Sra. Morales Rodríguez. Surge del expediente del caso que ambos predios formaron parte de un proyecto de segregación realizado por Proyecto la Molina, Inc. Dicha Corporación vendió el lote 26 al Sr. Rafael Méndez González, quien a su vez vendió el mismo a Nazareno Painting, Inc.

La parte apelada arguyó que el predio de 1.41 cuerdas surgía de un pedazo de terreno adicional a la cabida del lote 26, el cual había sido alegadamente cedido por Proyecto La Molina, Inc., al Sr. Méndez González. Por su parte, la parte apelante señaló que el predio de 1.41 cuerdas de terreno, formaba parte del lote 25, el cual adquirió mediante compraventa. Señaló que la Escritura Número 20 Sobre Compraventa, fue suscrita el 29 de mayo de 2002 frente a notario público, ante quien el Sr. Albert León y la Sra. Elba Morales comparecieron como adquirentes, y como vendedora compareció la presidenta de Proyecto La Molina, Inc., la señora Paulita Díaz Ortiz. La apelante también presentó una Resolución Corporativa suscrita el 29 de mayo de 2002 por el Secretario de Proyecto La Molina, Inc., el Lcdo. José Idelfonso Vega Otero.

Mediante la misma, se autorizó a la Sra. Díaz Ortiz, a comparecer a nombre de la mencionada Corporación para suscribir la Escritura de Compraventa del lote 25.

Durante el proceder de los trámites del pleito, se unió al mismo el señor Sergio V.

Jorge Lebrón en calidad de parte interventora. Éste reclamó la titularidad del lote 25, planteando que el lote 25 surgió de la segregación de una finca que originalmente pertenecía a...

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