Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Marzo de 2015, número de resolución KLCE201500269

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500269
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución27 de Marzo de 2015

LEXTA20150327-037 Caribbean City Builders Inc. v. Gonzalez Oyarzun

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGIÓN JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL IV

CARIBBEAN CITY BUILDERS, INC.
Demandante-Peticionario
V
FAUSTINO GONZÁLEZ OYARZÚN
Demandado-Recurrido
KLCE201500269
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan SOBRE: INCUMPLIMIENTO DE CONTRATO; SENTENCIA DECLARATORIA; DAÑOS Y PERJUICIOS Caso Núm. K AC2013-0837 (908)

Panel integrado por su presidenta, la Juez García García, el Juez Hernández Sánchez y la Jueza Soroeta Kodesh.

Hernández Sánchez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico a 27 de marzo de 2015.

Caribbean City Builders, Me Salvé y GIB Development, LLC. (en conjunto, peticionarios) presentaron ante nuestra consideración un recurso de certiorari, en el que solicitaron la revocación de una Resolución dictada el 20 de noviembre de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). Mediante este dictamen, el TPI denegó la solicitud de desestimación que presentó Caribbean City Builders.

Por los fundamentos discutidos a continuación, se deniega la expedición de este recurso.

I.

Los hechos que anteceden y motivaron la presentación de este recurso se exponen a continuación.

El 21 de octubre de 2013 Caribbean City Builders presentó una demanda (KAC2013-0837) por daños y perjuicios, incumplimiento de contrato y sentencia declaratoria en contra del Sr. Faustino González Oyarzún (recurrido).1 El 4 de febrero de 2014 el recurrido presentó su Contestación a la Demanda.2

Como parte del activo trámite procesal, el 4 de agosto de 2014 el recurrido presentó una Demanda independiente (K PE 2014-2162) sobre discrimen en el empleo, despido injustificado y represalias en contra de los peticionarios.3 El 8 de octubre de 2014 Caribbean City Builders solicitó la desestimación de esta reclamación.4 En esencia, arguyó que ambas reclamaciones giran en torno al mismo núcleo de hechos relacionados con la terminación del empleo del recurrido y el otorgamiento de un Acuerdo de Terminación de Empleo, de Confidencialidad y Relevo General. Planteó que la demanda independiente es una reconvención compulsoria que fue renunciada por el recurrido al no haberla presentado en el caso KAC2013-0837. También alegó que la reclamación no incluyó algún hecho demostrativo que pudiere sustentar la misma, sino que está compuesta por alegaciones conclusivas. Por último, argumentó que la represalia no se configuró, ya que la reclamación se presentó después de la terminación del recurrido en el empleo. Por su parte, el 12 de noviembre de 2014 Me Salvé y GIB Development se unieron y adoptaron por referencia la solicitud de desestimación que presentó Caribbean City Builders.

A raíz de esto, el 10 de noviembre de 2014 el recurrido se opuso a la moción de desestimación.5 Arguyó que su demanda independiente no es una reconvención compulsoria. De igual forma, arguyó que para la fecha en que presentó la contestación a la demanda, su reclamación no estaba madura para ser tramitada...

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