Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Abril de 2015, número de resolución KLCE201500065

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500065
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución10 de Abril de 2015

LEXTA20150410-006 Casiano Diaz v. Walmart Puerto Rico Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA

PANEL VII

MARISOL CASIANO D�AZ
Apelante
v.
WALMART PUERTO RICO, INC.
apelados
KLCE201500065
CERTIORARI acogido como Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Guayama Caso N�m.: GAC2014-0093 Sobre: DA�OS Y PERJUICIOS

Panel integrado por su presidente el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres y el Juez Flores Garc�a.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de abril de 2015.

I.

El 4 de agosto de 2014 la se�ora Marisol Casiano D�az present� una Demanda en contra de Walt-Mart de Puerto Rico Inc. Identific� su reclamaci�n como una �de da�os y perjuicios, y discrimen por impedimento, hostigamiento y ambiente hostil�. En sus alegaciones relata c�mo supuestamente Wal-Mart la someti� a un patr�n hostil de represalias, humillaciones y persecuci�n por haber solicitado los servicios de la Comisi�n del Fondo del Seguros del Estado y tambi�n como su patrono supuestamente discrimin� en su contra por alegados �impedimentos por raz�n de las condiciones m�dicas� que padece. Describe el alegado discrimen como �expresiones y actitudes, humillantes y denigrantes en atenci�n a su condici�n de epilepsia�. A�ade que ha �sufrido� varios ataques de epilepsia en su lugar de empleo. Dice que en otras ocasiones ha sufrido desmayos consecuencia de un supuesto patr�n de hostigamiento que recibe en su lugar de trabajo.

De acuerdo a la Demanda la se�ora Casiano D�az report� estos �accidentes�, los desmayos y los ataques de epilepsia, a la Corporaci�n del Fondo del Seguro del Estado y recibi�

tratamiento. Inclusive relata que por causa de los accidentes sufri� varias lesiones que fueron atendidas por la Corporaci�n y fue diagnosticada por los m�dicos de la agencia con incapacidad en la regi�n cervical y el �rea dorsal de su cuerpo. Recibi� los beneficios que brinda la Corporaci�n.

En adici�n alega que por su incapacidad diagnosticada no puede levantar m�s de 20 libras, que no puede estar de pie m�s de 30 minutos consecutivos y que no puede estar �en alturas sin protecci�n�. Por �ltimo, asevera que a pesar de solicitar al menos en 3 ocasiones acomodo razonable, Walt-Mart �no ha hecho gesti�n afirmativa alguna para cumplir con el acomodo solicitado�.

Como resultado de los hechos descritos en la Demanda reclama compensaci�n por los da�os y perjuicios �que ha sufrido� conforme a los Art�culos 1802 y 1803 del C�digo Civil de Puerto Rico.

Adicionalmente reclama da�os por �discrimen por impedimentos por raz�n de las condiciones m�dicas�. Reclama tambi�n una compensaci�n de Wal-Mart por su omisi�n de no proveerle acomodo razonable y por �realizar actos de represalia como resultado de la demandante haber reportado un accidente ante el Fondo del Seguro del Estado�.

Luego de los tr�mites de rigor, Wal-Mart present� una Moci�n de Desestimaci�n Parcial en la que solicit� la desestimaci�n �con perjuicio la causa de acci�n en da�os y perjuicios asociados a los accidentes ocupacionales�. La se�ora Casiano D�az present� oposici�n. En su escrito no argument�, con fundamentos en derecho, las razones por las cuales el Tribunal de Primera Instancia no deb�a desestimar parcialmente la Demanda.

Solamente se limit� a aseverar que no reclama da�os f�sicos y que tampoco reclama por ninguna �de la condiciones reconocidas y compensadas� por la Corporaci�n. A�adi� que lo que solicita es acomodo razonable, que los actos realizados por Wal-Mart �est�n enmarcados en el discrimen� y que por haber reportado �un accidente� ante la Corporaci�n �sufri�� represalias y discrimen.

Por �ltimo, y como �nico argumento en contra de la desestimaci�n solicitada, razon� que las actuaciones discriminatorias de Wal-Mart fueron causadas intencionalmente y que ��stas no se pueden considerar como inherentes a, o relacionadas con, el empleo�. Sin embargo estas alegaciones de intencionalidad que le imputa a las actuaciones de su patrono son nuevas y no las encontramos en la Demanda. Al contrario y en todo momento describe las actuaciones de Wal-Mart en sus alegaciones como �actos da�osos, culpables y negligentes� o como �omisiones�.

As� las cosas, el Tribunal de Primera Instancia emiti� una Sentencia Parcial mediante la cual desestim� la causa de acci�n relacionada a los varios �accidentes ocupacionales experimentados� por la se�ora Casiano D�az. Concluy� que de acuerdo a las propias alegaciones de la Demanda, Wal-Mart es un patrono asegurado y la se�ora Casiano D�az recibi� los beneficios que dispone la Ley del Sistema de Compensaciones por Accidentes del Trabajo de Puerto Rico, por lo que �opera a favor de Walmart la doctrina de la exclusividad del remedio e inmunidad patronal bajo la Ley 45�. Concluy� que la se�ora Casiano D�az �est� impedida�

de reclamar a Wal-Mart los �da�os y perjuicios asociados a sus accidentes ocupacionales por operaci�n de la doctrina de inmunidad patronal�.

Insatisfecha con el resultado, la se�ora Casiano D�az compareci� ante nosotros por medio de una Solicitud de Certiorari. El recurso lo acogimos como una Apelaci�n pero conserva el mismo n�mero alfanum�rico asignado por la Secretaria de este Tribunal. En su recurso se�ala 2 errores: (1) que err� el Foro primario al desestimar su reclamaci�n de represalia; (2) y que err� al no reconocer �como una reclamaci�n independiente la acci�n de da�os�.

Resolvemos con el beneficio de la comparecencia de las partes y el contenido del expediente.

II.

La Ley de Compensaciones por Accidentes del Trabajo estableci� un sistema social integrado en protecci�n de los empleados que sufr�an accidentes en su lugar de trabajo. El mismo se adopt� sobre la base de una responsabilidad objetiva...

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