Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Abril de 2015, número de resolución KLCE201500338

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500338
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución10 de Abril de 2015

LEXTA20150410-007 Gil de Lamadrid v. De Jes�s Rivera

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

JULIO E. GIL DE LAMADRID
Recurrido
v
MATILDE DE JES�S RIVERA
Peticionaria
KLCE201500338
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayam�n Caso N�m.: D AC2013-2958 (502) Sobre: Liquidaci�n de Bienes Gananciales

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Brignoni M�rtir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de abril de 2015.

Comparece ante nos, la Peticionaria, Matilde de Jes�s Rivera, quien nos solicita la revisi�n de una Orden emitida el 27 de enero de 2015, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n (TPI). Mediante �sta, el TPI declar� No Ha Lugar la solicitud de la peticionaria para que se le permitiera el uso de parte de los bienes de la comunidad de bienes ganaciales para la adquisici�n de un veh�culo de motor para su uso personal.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se deniega la expedici�n del auto de certiorari.

I.

El 7 de noviembre de 2013, el recurrido, Julio E. Gil de Lamadrid, present� la demanda de liquidaci�n de bienes gananciales contra la peticionaria. El 3 de diciembre de 2013, la peticionaria contest� la demanda y present� reconvenci�n, alegando la existencia de otros bienes y activos no mencionados en la demanda. Oportunamente, el recurrido contest� la reconvenci�n.

Luego de varios tr�mites procesales, el 14 de agosto de 2014, la peticionaria present� una Urgente Moci�n se autorice adelanto de dinero a cargo de la comunidad, en Solicitud de Orden y para informar ausencia de la Abogada. En esta solicit� que el TPI autorizara un desembolso de $65,000 de los fondos depositados en una cuenta de inversiones de UBS para gastos m�dicos, realizar reparaciones al inmueble ganancial en el que reside y la compra de un veh�culo de motor. Aleg� que el veh�culo Mercedes Benz que utilizaba hab�a sido repose�do y el veh�culo Jeep que el recurrido le hab�a entregado en cumplimiento con una orden del TPI en el caso de divorcio no estaba en condiciones de ser utilizado.

En la vista sobre el estado de los procedimientos efectuada el 9 de septiembre de 2014, el recurrido esboz� su oposici�n a la solicitud de la peticionaria. Aleg� que, a tenor con la recomendaci�n de sus peritos, este no era el momento de retirar dinero de la cuenta de inversi�n, de...

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