Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Abril de 2015, número de resolución KLAN201400238

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400238
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución14 de Abril de 2015

LEXTA20150414-001 Lebr�n Corp. v. Empresas La Famosa Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N

PANEL VII

AUDELIZ LEBR�N, CORP.
Apelado
v
EMPRESAS LA FAMOSA, INC.
Apelante
KLAN201400238
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Caso N�m.: D DP2010-3025 Sobre: Incumplimiento de Contrato y Da�os y Perjuicios

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni M�rtir.

Brignoni M�rtir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de abril de 2015.

Comparece ante este foro Empresas La Famosa, Inc. (La Famosa), mediante un recurso de apelaci�n en el que se�ala la comisi�n de siete errores por parte del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n (TPI). En s�ntesis, la parte apelante solicita que revoquemos la sentencia dictada el 25 de noviembre de 2013 y notificada el 2 de diciembre de 2012 mediante la cual se le orden�

indemnizar a Audeliz Lebr�n, Corp. (Audeliz) por concepto de incumplimiento de contrato y da�os y perjuicios. Entre otras cosas, la solicitud de la parte apelante se fundamenta en que la prueba presentada (i) no justifica la determinaci�n de incumplimiento de contrato (ii) ni la concesi�n a los apelados de ciertas partidas por concepto da�os, mejoras y relocalizaci�n. Adem�s, se�ala que el foro primario err� al admitir prueba de referencia y al no aplicar la presunci�n de testimonio adverso en cuanto a tres testigos de la parte apelada que aunque fueron anunciados, no fueron presentados. Por �ltimo, aduce que el Tribunal incidi� al desestimar la demanda contra Liberty Mutual Insurance (Liberty), a pesar de que tal parte no present� prueba en apoyo a tal determinaci�n.

I.

La controversia que requiere nuestra atenci�n comenz� el 1 de noviembre de 2010 con la demanda de da�os y perjuicios que la parte apelada, Audeliz, present� contra La Famosa, su aseguradora, Liberty y la representante de Liberty en Puerto Rico, Continental Claim Services. Dicha demanda fue enmendada en dos ocasiones para incluir el nombre de las compa��as de seguro y para modificar las cuant�as reclamadas luego de finalizar el descubrimiento de prueba.

En aquella ocasi�n, Audeliz present� una acci�n en la que reclam� que La Famosa incumpli� con un contrato suscrito en septiembre de 2007, mediante el cual se oblig� a arrendarle dos neveras de 10,930 pies cuadrados cada una con el prop�sito de almacenar productos congelados. Seg�n aleg� la apelada, pactaron que La Famosa le dar�a mantenimiento a los equipos y cuidar�a que mantuvieran una temperatura m�nima [sic] de 0�F. A�adi� que a pesar de lo que acordaron, en mayo de 2010 las neveras comenzaron a marcar temperaturas ascendentes a 15� F, lo que les caus�

p�rdidas de mercanc�a. Dicha situaci�n fue notificada el 26 de mayo de 2010, mediante comunicaci�n escrita al se�or M�ximo �lvarez Mena, Gerente General de Empresas La Famosa. En esa misma ocasi�n se le notific� que tambi�n hab�a problemas con los motores de la puerta de la nevera uno y con la temperatura de la nevera dos.

Como parte de las alegaciones de la demanda, Audeliz sostuvo que fueron varias las ocasiones en que notific� a La Famosa sobre el problema de la temperatura de las neveras. A pesar de ello, reclam� que para junio de 2010, el volumen de productos da�ados por las altas temperaturas represent� una p�rdida econ�mica ascendente a $490,327.52. Adem�s de dicha cuant�a, reclam� que tuvo que incurrir en otros gastos necesarios para minimizar las p�rdidas, disponer del producto da�ado y continuar supliendo a sus clientes. Por todo esto, Audeliz solicit� que se le reembolsara el dinero por la mercanc�a perdida, m�s $36,933.00 por la energ�a el�ctrica que pag� en exceso como consecuencia de las condiciones de las neveras, $70,000.00 por las p�rdidas en ventas de productos congelados y $200,000.00 por los da�os y perjuicios que le provoc� el incumplimiento.

Relacionado al mismo contrato de arrendamiento, en febrero de 2012 Empresas La Famosa present� contra Audeliz Lebr�n Corporation una demanda en cobro de dinero, desahucio por falta de pago y terminaci�n de contrato.1

Explic� que las partes pactaron que el contrato de arrendamiento tendr�a un t�rmino de dos a�os al final del cual se renovar�a por un a�o, excepto cuando alguna de las partes expresara su inter�s en terminarlo con quince d�as de anticipaci�n a la renovaci�n autom�tica. En caso de renovaci�n, el canon pactado fue de $13,920.00 por mes. Igualmente, Empresas La Famosa indic� que en octubre de 2007 pact� con Audeliz un segundo contrato de arrendamiento sobre un espacio de oficina en el mismo lugar donde est�n ubicadas las neveras, con un canon mensual ascendente a $2,320.00. En ambos contratos acordaron que Empresas La Famosa cubrir�a hasta $1,500.00 por mes para los gastos de agua y luz de las neveras y $200.00 por las oficinas, pero el exceso lo pagar�a Audeliz, lo que cumplieron hasta abril de 2010.

Adem�s de mencionar los t�rminos de lo pactado, Empresas La Famosa recalc� que el 10 de agosto de 2010 notific� a Audeliz que no deseaba renovar el contrato y que a pesar de ello, la apelada se mantuvo en posesi�n de las propiedades arrendadas sin pagar los c�nones correspondientes al periodo transcurrido desde noviembre de 2010 hasta febrero de 2011. A�adi� que a partir de mayo de 2010, Audeliz incumpli� con el pago de electricidad. Por todo ello, reclam� el pago de los c�nones de arrendamiento que aleg� que se le adeudaban y los pagos de la electricidad, m�s intereses legales y honorarios de abogado.

En s�ntesis, la apelante aleg� que la parte apelada (i) continu� ocupando las facilidades aun cuando se le notific�

la terminaci�n del contrato; (ii) no pag� el canon de arrendamiento correspondiente a los meses de noviembre a diciembre de 2010, para un total de $55,680.00 por tal concepto; (iii) que no pag� el canon por un espacio adicional que se le arrend� posterior al contrato original, para un total de $9,280.00 por el tiempo transcurrido entre noviembre de 2010 y febrero de 2011 y (iv) que no pag� la porci�n de electricidad que le corresponde por el exceso de $1,500.00, para un total adeudado de $60,000.00. Por tal raz�n, entendi� que Audeliz hab�a incumplido lo pactado y que deb�a sufragar lo debido por la renta, por la electricidad y por los da�os causados. Adem�s, solicit� que se ordenara a la parte apelada desalojar inmediatamente las propiedades arrendadas.

Por otra parte, el 26 de enero de 2012 Liberty contest� la demanda. En esa ocasi�n, neg� tener un contrato con Empresas La Famosa que cubriera los hechos en controversia.

El foro primario consolid� las demandas y celebr� la vista en su fondo el 30 de septiembre, 1, 2, y 3 de octubre de 2013.

Por la parte apelada, testific� el se�or Audeliz Lebr�n Rosa y el se�or Edwin Gonz�lez Rivera. La Famosa, por su parte, present� como testigos al se�or M�ximo �lvarez Mena Bonet, al se�or H�ctor Santana, al se�or Ismael Avil�s (padre), al se�or Ismael Avil�s (hijo), a la se�ora Lydia Torres y a la se�ora Isabel Beltr�n. La parte apelada hab�a anunciado como testigos a los se�ores Cleto Pag�n, Richard Wilson y Ra�l Ruiz. Como no comparecieron, el Tribunal les aplic� la presunci�n de testimonio adverso.

Luego de examinar la prueba, el foro primario emiti� una sentencia en la que resolvi� que La Famosa deb�a pagar a Audeliz la suma de $464,000.00 por mercanc�a da�ada, $70,000.00 por p�rdidas de ingreso debido a la mercanc�a da�ada que no pudo vender y $200,000.00 por los da�os y perjuicios sufridos a consecuencia del incumplimiento de la apelante. Adem�s, resolvi� que Empresas La Famosa pod�a cobrarle a Audeliz la suma de $184,000.00 por los c�nones de arrendamiento y el consumo de electricidad que adeudaba. Al as� decidir, el foro primario emiti� las determinaciones de hechos que en adelante sintetizamos.

El se�or Audeliz Lebr�n Rosa es due�o de la empresa Audeliz Lebr�n, Corp., corporaci�n debidamente organizada bajo las leyes de Puerto Rico que cuenta con cuarenta y cinco empleados y se dedica a la venta y distribuci�n de productos congelados. Liberty Mutual Insurance, Corp., es una compa��a de seguros que es representada en Puerto Rico por Continental Claim Services, Inc.

El 3 de septiembre de 2007, Audeliz Lebr�n, Corp. suscribi� un contrato con Empresas La Famosa para el arrendamiento de dos neveras de 10,930 pies cuadrados, identificadas como 1 y 2, con el prop�sito de utilizarlas para almacenar productos congelados.

El contrato tendr�a una vigencia de dos a�os a renovarse autom�ticamente cuando las partes no notificaran su intenci�n de terminarlo dentro del t�rmino de quince d�as anteriores a la renovaci�n autom�tica. El canon pactado fue de $12,000.00 mensuales con un aumento anual de 8% por cada renovaci�n. As�, a la fecha de vencimiento del contrato, el canon mensual de arrendamiento ascend�a a $13,920.00. Adem�s, acordaron que Empresas La Famosa cubrir�a hasta $1,500.00 del pago por los servicios de agua y energ�a el�ctrica. Cualquier exceso en el costo de dichos servicios lo pagar�a Audeliz.

Como parte del negocio jur�dico entre las partes, Audeliz acept� que todas las mejoras que realizara le pertenecer�an a La Famosa. Aparte de ello, se comprometi� a entregar la propiedad sin da�os f�sicos, limpias y en condiciones para ser utilizadas de inmediato. La Famosa, por su parte, prometi� responsabilizarse del mantenimiento de las neveras, de manera que estuvieran en una temperatura constante de 0�F.

Al mes siguiente del contrato original, las partes suscribieron otro acuerdo en virtud del cual La Famosa arrend� a Audeliz un espacio a ser utilizado como oficina. Para el contrato, vigente por dos a�os, pactaron un canon mensual de $2,000.00, a ser aumentado a raz�n de 8%

en caso de renovaci�n autom�tica. Al momento de la renovaci�n de 2009, el canon de arrendamiento por el espacio de oficinas aument� a...

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