Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Abril de 2015, número de resolución KLCE201500419
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500419 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 20 de Abril de 2015 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Germ�n Civil N�m.: I3CI201300876 Sobre: Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa
Figueroa Cab�n, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de abril de 2015.
Comparece la Sra. Tania Celeste Chico Morales, en adelante la se�ora Chico y solicita que revoquemos una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Germ�n, en adelante TPI, mediante la cual declar� ha lugar una demanda en cobro de dinero y orden� a Janine Vargas H/N/C Scrapbooking Caf� al pago de $1,250.00.
Al examinar la naturaleza y procedencia del caso de autos, acogemos el recurso de certiorari como una apelaci�n, aunque conservar� su clasificaci�n alfanum�rica y por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se desestima por falta de jurisdicci�n, por tard�o.
Surge del expediente, que el 29 de diciembre de 2014, notificada el 27 de enero de 2015, el TPI dict� la Sentencia cuya apelaci�n se solicita.1
Oportunamente, la se�ora Chico present� una Moci�n de Reconsideraci�n Parcial de Sentencia.2
Por su parte, el 12 de febrero de 2015, notificada el 13 del mismo mes y a�o,3 el TPI declar� no ha lugar la solicitud de reconsideraci�n.4
Inconforme con dicha determinaci�n, el 31 de marzo de 2015 la se�ora Chico, por derecho propio, present� una Petici�n de Certiorari, en la que alega que el TPI cometi� los siguientes errores:
Err� el Honorable Tribunal de Instancia al rehusarse a conceder costas y honorarios de abogado por la causa de desahucio y cobro de dinero cuando las partes hab�an estipulado la cuant�a a pagar por contrato y se probaron en el juicio las condiciones que conforman las causas para la acci�n judicial y que no hab�a otra alternativa para compeler al pago que no fuese por la v�a judicial.
Err� el Honorable Tribunal de Instancia en su apreciaci�n de la prueba, en las determinaciones de hechos, y en cuanto a cuales eran, como cuesti�n de derecho, las obligaciones de las partes por contrato y por ley y determinando que no hubo...
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