Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Abril de 2015, número de resolución KLCE201500229
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500229 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 24 de Abril de 2015 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Caso N�m. F DI2007-1328 SOBRE: Divorcio (Consentimiento Mutuo) Ejecuci�n de Sentencia |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la Juez G�mez C�rdova y la Juez Rivera Marchand.
G�mez C�rdova, Juez Ponente
RESOLUCI�N
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de abril de 2015.
Compareci� ante nosotros la Sra.
Paula Bouche Lago (se�ora Bouche Lago o peticionaria) mediante recurso de certiorari para impugnar una Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina (Instancia, foro primario o foro recurrido) el 8 de diciembre de 2014, notificada el d�a 11 siguiente. Mediante este dictamen, Instancia dej� sin efecto una Resoluci�n y Orden previa, emitida el 26 de noviembre de 2014, en al cual le hab�a permitido a la peticionaria presentar un perito independiente para impugnar el informe rendido por el Contador-Partidor asignado en el caso. Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, denegamos la expedici�n del auto.
La se�ora Bouche Lago present�, en conjunto con el Sr. Jes�s Norniella Hern�ndez, una petici�n de divorcio por consentimiento mutuo el 26 de noviembre de 2007, en la cual incluyeron la divisi�n de bienes. Acordaron que la recurrida ceder�a a favor del peticionario su participaci�n de un 50% por ciento en los siguientes bienes: acciones de la empresa Desarrollos Inmobiliarios Santiago, Inc., apartamento n�mero 702 del Condominio Park Plaza en el Municipio de Carolina, apartamento 8398-99 en el Condominio Ocean Villas ubicado en el Municipio de R�o Grande y solar n�mero I en Camp Bicayne sito en Miami, Florida. A cambio de estas cesiones, el se�or Norniella Hern�ndez, aqu� recurrido, acord� pagar a la peticionaria la suma de $780,000.00, garantizada con hipotecas.1
De conformidad con ello, el 30 de noviembre de 2007 el foro primario emiti�
sentencia declarando con lugar la petici�n de divorcio por consentimiento mutuo y aprobando las estipulaciones sometidas por las partes.2
El 26 de junio de 2009, casi dos a�os despu�s de haberse dictado la sentencia de divorcio, la se�ora Bouche Lago present� una �Solicitud de Orden de Ejecuci�n�
en la que reiter� lo estipulado por las partes en la petici�n de divorcio por consentimiento mutuo y reclam� el pago de la suma de $780,000.00, la cual alegadamente no se hab�a satisfecho.3 Aunque del ap�ndice del recurso no surgen las instancias procesales siguientes a esta petici�n de ejecuci�n de sentencia, destacamos que el se�or Norniella Hern�ndez, aqu� recurrido, present� ante este Tribunal los siguientes recursos de certiorari en el caso del ep�grafe: KLEM2010-009 (resoluci�n dictada el 14 de abril de 2010), KLCE20100568 (sentencia dictada el 14 de junio de 2010) y el KLCE201200584 (resoluci�n de 11 de mayo de 2012). El �nico recurso que fue expedido fue el KLCE20100568 (sentencia notificada � junio 2 de 2010, mandato 17 de agosto de 2010) y en la sentencia dictada el Panel revis� una resoluci�n emitida el 10 de marzo de 2010 mediante la cual el foro recurrido declar� con lugar una solicitud de ejecuci�n de sentencia presentada por la se�ora Bouche Lago. En su sentencia, el Panel de este Tribunal revoc� la aludida resoluci�n y determin� que Instancia deb�a celebrar la vista evidenciar�a antes de disponer sobre la solicitud de ejecuci�n de sentencia de la aqu� peticionaria. Si bien del expediente del presente recurso no surgen tr�mites procesales adicionales para los a�os 2010 y 2011, de nuestra base de datos se desprende que el se�or Norniella Hern�ndez present� otro recurso certiorari, el KLCE201200584, el cual fue denegado mediante una resoluci�n emitida el 11 de mayo de 2012.
As� las cosas, las partes realizaron un extenso descubrimiento de prueba luego de lo cual Instancia dict� una �Resoluci�n� el 10 de mayo de 2013, declarando con lugar una moci�n de sentencia sumaria parcial para no permitir la comparecencia en el pleito de las entidades jur�dicas Nor-Fam y Pre-Fab Millwork, Inc.4
Dicha �Resoluci�n� fue notificada el 16 de mayo de 2013.5 Luego de otros tr�mites procesales, el 18 de noviembre de 2013 Instancia emiti� un dictamen en el cual determin� que le Contador-Partidor escogido pro las partes evaluar�a �nicamente las cuentas personales de las partes y determinar� los cr�ditos y d�bitos de las partes en torno a la suma de $780,000.00 a satisfacerse a favor de la se�ora Bouche Lago. De conformidad con ello, el foro primario le orden� al Contador �Partidor rendir un informe al respecto.6
Casi un a�o m�s tarde7, el 6 de noviembre de 2014, compareci� ante el foro recurrido el Contador �
Partidor mediante un documento intitulado �Moci�n para Rendir informe del Contador � Partidor�, junto con el cual...
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