Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Abril de 2015, número de resolución KLRA201500094
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500094 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 27 de Abril de 2015 |
| | REVISI�N procedente del Departamento de Asuntos del Consumidor Caso N�m.: PO0004740 Sobre: REVISI�N ADMINISTRATIVA |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres y el Juez Flores Garc�a.
En San Juan, Puerto Rico, a 27 de abril de 2015.
El 4 de abril de 2014 Mariely Y. Mojica Riutort present� una Querella ante el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO), Oficina Regional de Ponce, por servicio no satisfactorio o deficiente contra los co-querellados First Bank de Puerto Rico/ Departamento de Autos y AutoExpreso/ Sistema de Peaje Electr�nico. Reclam� el reembolso del pago de las multas de tr�nsito en las que incurri� al utilizar el carril exclusivo de Auto Expreso sin los fondos necesarios en su correspondiente cuenta. Aleg� en su Querella que FirstBank y/o Auto Expreso le son responsables por no notificarle el correspondiente boleto de infracci�n, lo que le impidi� solicitar revisi�n de las multas. FirstBank contest� la Querella negando responsabilidad.
El 10 de junio de 2014 el DACO celebr� la vista administrativa. Compareci� la Sra. Mojica Riutort por derecho propio y la representaci�n legal de First Bank, mas no as� Auto Expreso, por lo que se le anot� la rebeld�a. El 19 de septiembre de 2014, la referida Agencia adjudic� la Querella mediante Resoluci�n. A base de la prueba presentada en la Vista y la que obra en el expediente administrativo, determin�, entre otras cosas, que existe un contrato de arrendamiento financiado --�leasing�--, entre la Sra. Mojica Riutort y First Bank. Cuando la Sra. Mojica Riutort recibi�
la licencia de dicho veh�culo se percat� que reflejaba $1,000 en multas administrativas por infracciones en el uso de los carriles de AutoExpreso. Esta se comunic� con el AutoExpreso quien le indic� que las faltas administrativas se notificaron a First Bank, persona que aparec�a como due�o del veh�culo. La Sra. Mojica Riutort envi� cartas al AutoExpreso y a First Bank informado que nunca recibi� notificaci�n de las faltas administrativas y que no fue hasta que recibi� la licencia del veh�culo que advino en conocimiento de las mismas. No pudo utilizar el recurso de revisi�n dispuesto por el AutoExpreso para impugnar las multas ya que estas hab�an advenido finales y firmes. Seg�n la Agencia, como consecuencia de estos hechos la Sra. Mojica Riutort perdi� 4 d�as de trabajo y se vio obligada a pagar con el beneficio de una amnist�a provista por el Gobierno la cantidad de $415.25 para obtener el marbete del veh�culo.
A base a los hechos consignados en la Resoluci�n, el DACO concluy� que debido a que la notificaci�n de las faltas administrativas de AutoExpreso de un veh�culo adquirido por medio de un contrato de arrendamiento se le notifica al due�o del veh�culo, en este caso, a First Bank, �era deber de �stos notificarle a la parte querellante de manera inmediata, para no coartarle el derecho de revisi�n de multa administrativa.�
Ello pues conforme establece el Reglamento N�mero 03-002 Para el Uso Del Sistema de Peaje Electr�nico (AutoExpreso) en su Art. XIII: �[a]l imponer multas y cobrar peaje mediante AutoExpreso, la Autoridad enviar� una notificaci�n al due�o del veh�culo que omiti� la infracci�n, seg�n surge �ste de los registros del Departamento.� Indic� que en la medida en que no se demostr� durante la vista administrativa que First Bank le notific� sobre las faltas administrativas de Auto Expreso a la Sra. Mojica Riutort, le violent� su derecho al debido proceso de ley, consagrado en nuestra Constituci�n. Acot� que �la parte querellante se vio imposibilitada de recurrir dentro de los 15 d�as del recurso de revisi�n que otorga el Reglamento de Auto Expreso para multas que se consideran no cometidas. Fue debido a la falta de notificaci�n de las multas, que la parte querellante tuvo que incurrir en gastes ascendentes a $415.25 d�lares para el pago de las referidas multas. Cantidad, que no hubiera tenido que pagar, en caso de ser debidamente notificada.� El DACO orden� al First Bank a pagar $400.00 a la Sra. Mojica Riutort.
El 1 de octubre de 2014, First Bank solicit� Reconsideraci�n.1
Tras haber sido acogida la misma el 9 de octubre de 2014, el 18 de noviembre de 2014 la Sra. Mojica Riutort present� su oposici�n y el 3 de diciembre de 2014 First Bank replic�. Trascurrido el t�rmino de noventa (90) d�as sin determinaci�n alguna, el...
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