Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Abril de 2015, número de resolución KLAN201400762
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201400762 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 29 de Abril de 2015 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO | | Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce Criminal N�m. J LA2013G0569 J VI2013G0091 Sobre: Art. 5.04 Ley de Armas y Tentativa de Asesinato |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO | | Criminal N�m. J LA2013G0360-361 J VI2013G0057 Sobre: Art. 5.04 Ley de Armas y Tentativa de Asesinato |
Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez y las Juezas Birriel Cardona y Sur�n Fuentes.
Pi�ero Gonz�lez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de abril de 2015.
Comparecen los se�ores �ngel Torres Pag�n (se�or Torres Pag�n) y Miguel Coronado Rivera (se�or Coronado Rivera) (los apelantes) y solicitan la revocaci�n de la sentencias emitidas el 13 y 17 de marzo de 2014, respectivamente, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Ponce (TPI). Mediante dichas sentencias los apelantes fueron hallados culpables de infringir el Art. 93 del C�digo Penal de 2012 en la modalidad de tentativa, y un cargo adicional por infracci�n al Art. 5.04 de la Ley de Armas. Contra el se�or Coronado Rivera se imput� a su vez otro cargo por infracci�n al Art. 5.15 de la Ley de Armas.
Por los fundamentos que pasamos a exponer se confirman las sentencias apeladas.
Por hechos ocurridos el 31 de marzo de 2013 en Juana D�az, Puerto Rico y tras la celebraci�n de la Vista Preliminar, el Ministerio P�blico present� contra el se�or Torres Pag�n y contra el se�or Coronado Rivera, una acusaci�n por infracci�n al Art. 93 del C�digo Penal de 2012, en grado de tentativa, y otra acusaci�n por infracci�n al Art. 5.04 de la Ley de Armas.1 Contra el se�or Coronado Rivera se present� tambi�n un cargo por infracci�n al Art. 5.15 de la Ley de Armas.
El 6 de febrero de 2014, comenz� el juicio en su fondo ante Tribunal de Derecho. La prueba testifical del Ministerio P�blico consisti� de los testimonios vertidos por: el se�or Jos� A. Rivera Rivera (perjudicado)(se�or Rivera Rivera), la Sra. Marielys Le�n Romero, el sargento Wilberto Irizarry Franceschini (sargento Irizarry Franceschini), Vanessa Rivera Rodr�guez, y la agente Magda Negr�n Ortiz. Las partes estipularon el testimonio del s�eor Carlos Rivera P�rez, Examinador de Armas de Fuego. Por su parte, la defensa present� los testimonios de los se�ores Jomarie Negr�n Ortiz y Francisco Col�n, con el fin de establecer la defensa de coartada.
El se�or Rivera Rivera declar� que reside en Villalba, trabaja como mec�nico y conoce al apelante �ngel M. Torres Pag�n, a quien identific�. El testigo declar� que el 31 de marzo de 2013 iba en su veh�culo el cual discurr�a por el carril derecho en la Carr. 14, pas� por el Lago Collores y en el camino se encontr� con los apelantes, a quienes identific� para r�cord; que estos transitaban en direcci�n contraria por el carril izquierdo en un Toyota C�lica blanco; que realizaron un viraje en U en la entrada del Callabo; que el veh�culo lo conduc�a el se�or Coronado Rivera; que observ� que el se�or Torres Pag�n sac� un arma y comenz� a dispararle; que terminando la recta el se�or Coronado Rivera le apunt� con el arma; y que le dispararon como siete veces.
El testigo describi� el arma que ten�an cada uno de los apelantes, y afirm� que en el lugar donde ocurrieron los hechos hab�a buena iluminaci�n. P�gs. 17-28 de la Transcripci�n de la Prueba Oral (T.P.O.)
En el contrainterrogatorio el se�or Rivera Rivera reconoci� que cuando vio a los apelantes que ven�an no aceler� pero que tras �stos virar en U pasaron por el Campamento Jerusal�n y le dispararon; que cuando el carro se ubic� al lado suyo redujo la velocidad; que pudo observarlos; que cuando el se�or Torres Pag�n le dispar� aceler�; que cuando el se�or Coronado Rivera le apunt� fren� y que tras los disparos se refugi� en la Iglesia Robles de Justicia. El testigo reconoci� que en la declaraci�n jurada hizo constar que cuando le apuntaron aceler�. P�gs. 34-51 de la T.P.O.
Las partes estipularon la capacidad como agente investigador de los hechos del sargento Irizarry Franceschini. �ste declar� que una vez notificado de los sucesos se encontr� con los agentes de Servicios T�cnicos, Antonio Rodr�guez y Magda Negr�n y el perjudicado; que tras entrevistarlo �ste le afirm� lo mismo que ya le hab�a dicho a la agente de Servicios T�cnicos; que observ� a varios agentes tom�ndole fotos al veh�culo del perjudicado (un Mitsubishi color verde), y que pudo observar que dicho veh�culo ten�a un impacto de bala en la puerta y otro en el guardalodos.
El sargento Irizarry Franceschini declar� que le solicit� al agente de Servicios T�cnicos que tomara fotograf�as del veh�culo y tomara las muestras de evidencia; que entrevist� al perjudicado y que pas� al lugar donde ocurrieron los hechos. Declar� el Sargento que el agente de Servicios T�cnicos, Antonio Rodr�guez, trabaj� la escena; que ocup� la evidencia en presencia suya; que dicha evidencia se encontr� en la misma recta que inform� el perjudicado; que el agente Rodr�guez embal� la evidencia y la puso en la caja con esos fines. P�gs. 144-146 de la T.P.O. El sargento Irizarry Franceschini declar� que estuvo presente mientras el agente Rodr�guez tom� las fotograf�as en la escena y embal� la evidencia. Finalmente el testigo identific� la escena de los hechos y el veh�culo del perjudicado (P�gs.
156-157de la T.P.O.); reconoci� la firma del agente Rodr�guez en el documento que prepar� haciendo constar que tom� fotograf�as en la escena, el cual prepar�
estando al lado suyo. P�g. 163-167 de la T.P.O.
El sargento Irizarry Franceschini declar� que el veh�culo del perjudicado presentaba dos impactos de bala y que el agente Rodr�guez los fotograf�o. En s�ntesis, el testigo declar� que mientras el agente Rodr�guez tomaba las fotograf�as estuvo siempre presente. P�g.165 de la T.P.O. Se present� adem�s, como prueba las fotograf�as tomadas por el agente de Servicios T�cnicos Antonio Rodr�guez.
Culminado el desfile de prueba, tras la celebraci�n del juicio por Tribunal de Derecho, el 12 de marzo de 2014, el juzgador de los hechos (TPI) emiti� fallo de culpabilidad contra los apelantes en todos los cargos imputados.
El 13 de marzo de 2014 el TPI emiti� Sentencia contra el se�or Torres Pag�n. En dicha Sentencia el TPI lo conden�
a cumplir pena de reclusi�n por infracci�n al Art. 5.04 de la Ley de Armas, (JLA2013G0569) imponiendo en dicho cargo la pena de veinte (20) a�os, m�s veinticuatro (24)a�os adicionales, con agravantes, por Tentativa de Asesinato del C�digo Penal de 2012, (JVI2013G0091) a cumplirse de manera consecutiva.
Igualmente, tras la celebraci�n del juicio por Tribunal de Derecho, el 17 de marzo de 2014 el TPI declar� culpable al se�or Coronado Rivera en los casos JVI2013G005, JLA2013G0360, JLA2013G0361 y lo sentenci� a cumplir una pena global de treinta y cinco (35) a�os de reclusi�n en una instituci�n penal. En el caso JVI2013G005 por tentativa de violaci�n al Art. 93(A) del C�digo Penal de 2012 (Tentativa de asesinato en primer grado) el TPI sentenci� al se�or Coronado Rivera a una pena fija de veinte (20) a�os; en el caso JLA2013G0360 por violaci�n al Art. 5.04 de la Ley de Armas (portaci�n y uso de arma de fuego sin licencia a una pena de diez (10) a�os y en el caso JLA2013G0361 por violaci�n al Art. 5.15 de la Ley de Armas (disparar o apuntar armas) a una pena fija de cinco a�os a cumplirse de forma consecutiva con las otras penas. En el caso JLA2013G0361, por violaci�n al Art.
5.15 de la Ley de Armas (Disparar o apuntar armas) el se�or Coronado Rivera fue sentenciado a una pena fija de cinco a�os a cumplirse de forma consecutiva con otras penas. El Acto de lectura de sentencia se celebr� el 17 de marzo de 2014.
Inconformes con el fallo de culpabilidad y con las sentencias emitidas por el foro a quo los apelantes presentaron ante nos sus respectivos recursos de apelaci�n, el 28 de abril de 2014, los cuales consolidamos mediante Resoluci�n de 16 de septiembre de 2014.
Como se�alamientos de error, sostiene el se�or Torres Pag�n lo siguiente:
-
ERR�
EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL ENCONTRAR CULPABLE AL SR. �NGEL TORRES PAG�N POR INFRINGIR EL ART. 5.04 DE LA LEY DE ARMAS Y EL ART. 93 DEL C�DIGO PENAL (MODALIDAD DE TENTATIVA) CON PRUEBA INSUFICIENTE, EN VIOLACI�N AL DERECHO A LA PRESENTACI�N DE INOCENCIA Y AL DEBIDO PROCESO DE LEY; Y NO CONSIDERAR PRUEBA EXCULPATORIA.
B. ERR�
EL TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL ADMITIR EN EVIDENCIA FOTOCOPIAS DE FOTOGRAF�AS TOMADAS POR PERSONAL DE SERVICIOS T�CNICOS, A PESAR DE LA OPORTUNA OBJECI�N DE LA DEFENSA POR NO ESTAR DISPONIBLES LAS ORIGINALES NI EL AGENTE QUE LAS TOM� Y POR NO ESTABLECERSE LA CADENA DE CUSTODIA.
Igualmente...
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