Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2015, número de resolución KLCE201500323

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500323
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Abril de 2015

LEXTA20150430-020 Pueblo de PR v. Guzman Guerrero

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE MAYAG�EZ Y AGUADILLA

PANEL X

El Pueblo de Puerto Rico Recurrido vs. Ronald Guzm�n Guerrero Peticionario
KLCE201500323
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayag�ez Sobre: Arts. 182 C.P. Crim. N�m. I SCR201300227

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa

RESOLUCI�N

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2015.

-I-

Comparece ante nos el se�or Ronald Guzm�n Guerrero (Sr. Guzm�n Guerrero) quien presenta un auto de certiorari y en lo referente solicita que en virtud de la Regla 192.1 estatuida en las Reglas de Procedimiento Criminal, 34 LPRA Ap. II, se revise una Resoluci�n emitida y notificada el 12 de febrero de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayag�ez (TPI).

De los autos sometidos se desprende que por hechos ocurridos el 28 de enero de 2013 el Ministerio P�blico present� ante el TPI una denuncia en contra del aqu� peticionario por la infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal sobre apropiaci�n ilegal agravada. El 11 de febrero de 2013, fecha en que estaba se�alada la vista preliminar, el Sr. Guzm�n Guerrero renunci� a la celebraci�n de la mencionada vista y el Foro recurrido determin� causa probable para acusar. El 19 de febrero de 2013, el Ministerio P�blico someti� el correspondiente pliego acusatorio; el 26 de febrero de 2013, se celebr� la lectura de acusaci�n. Durante la vista preliminar y el acto de lectura de acusaci�n, el peticionario estuvo representado legalmente por la Lcda. Jessica Mel�ndez Ded�s de la Sociedad para Asistencia Legal.

En el acto de lectura de acusaci�n la defensa del Sr. Guzm�n Guerrero inform� al TPI haber llegado a un acuerdo con el Ministerio P�blico, este consist�a en enmendar el pliego acusatorio para que se imputara el mismo delito pero la cuant�a de los bienes ser�a entre $500.00 a $1,000.00, para referir al acusado al programa de �Drug Court�. El caso qued� se�alado para juicio en su fondo para la fecha del 16 de abril de 2013. El peticionario qued� citado en corte abierta bajo las advertencias de rigor.

Llamado el caso el 16 de abril de 2013 para la celebraci�n del juicio en su fondo, el Sr. Guzm�n Guerrero no compareci�. El TPI orden�

el arresto del peticionario por desacato. Posteriormente, se inform� al Tribunal que el acusado hab�a sido ubicado fuera de Puerto Rico y estaba en proceso de extradici�n.

Luego de varias incidencias procesales, as� como la orden del TPI para la confiscaci�n de la fianza, el 20 de mayo de 2014 se celebr� la conferencia con antelaci�n al juicio. A la misma compareci� el Ministerio P�blico, as� como el Lcdo. Jer�nimo Ruiz Pacheco de la Sociedad para Asistencia Legal en representaci�n del Sr. Guzm�n Guerrero. En la misma el Foro recurrido advirti� que previamente hab�a ordenado la confiscaci�n de la fianza y que el fiador no hab�a producido al acusado. Adem�s, se orden� la citaci�n de cinco paneles de jurado y se se�al� el comienzo del juicio por jurado en ausencia.

Llamado el caso para la celebraci�n del juicio por jurado en ausencia el 29 de julio de 2014, el Lcdo. Jer�nimo Ruiz Pacheco argument� por primera vez que nunca tuvo contacto con el acusado. Expuso que fue la Lcda. Jessica Mel�ndez Ded�s quien tuvo la relaci�n abogado-cliente con el Sr.

Guzm�n Guerrero. Se desprende de la Resoluci�n aqu� recurrida que hab�a transcurrido tiempo suficiente sin que la defensa hubiera hecho alguna alegaci�n con anticipaci�n a esos efectos, ni siquiera durante la conferencia con antelaci�n al juicio a la que compareci� el Lcdo. Jer�nimo Ruiz Pacheco. Siendo ello as�, el TPI determin� que dicho planteamiento era uno tard�o. El juicio continu� y el Jurado emiti� un veredicto un�nime de culpabilidad.

El 29 de diciembre de 2014, el Sr. Guzm�n Guerrero inst� ante el TPI una �Moci�n Asumiendo Representaci�n Profesional y Solicitud de Nuevo Juicio bajo la Regla 192.1 A(1) de Procedimiento Criminal�. En resumidas cuentas, en la misma se argument� que el Tribunal rechaz� todas las mociones relativas a la posposici�n del procedimiento, hasta que el acusado pudiera estar...

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