Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2015, número de resolución KLCE201500495
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500495 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Abril de 2015 |
ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY Recurrida | | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil. N�m.: E CD201300509 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecuci�n de Hipoteca por la V�a Ordinaria |
Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Mart�, la Jueza Dom�nguez Irizarry y la Jueza Lebr�n Nieves
Coll Mart�, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2015.
Comparece el Sr. David Steaven Sumpter L�pez, su esposa, la Sra.
Ileana L�pez De la Cruz y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (parte peticionaria) y nos solicitan que revisemos una Resoluci�n emitida el 22 de diciembre de 2014 y notificada el 26 de enero de 2015. Mediante la aludida determinaci�n, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, autoriz� la sustituci�n de la parte demandante presentada por Doral Bank. Por los fundamentos que discutiremos, se desestima el auto de Certiorari solicitado por carecer de autoridad para entender en los m�ritos del mismo de conformidad con las disposiciones de la Regla 52.1 de Procedimiento Civil.
Veamos los hechos pertinentes.
El 23 de abril de 2013, Doral Bank present� una Demanda sobre cobro de dinero y ejecuci�n de hipoteca. Por su parte, los peticionarios el 4 de diciembre de 2013 presentaron su contestaci�n a la demanda y reconvenci�n.
Acaecidas varias incidencias procesales, el 21 de noviembre de 2014, Doral Bank present� una �Moci�n Solicitando Sustituci�n de Parte� en la que plante� que transfiri� ciertos activos mediante contribuci�n de capital a Roosevelt Cayman Asset Company, entre los que se encuentra el pr�stamo hipotecario en controversia. Ante ello, solicit� que el foro primario sustituyera a Doral Bank por el cesionario Roosevelt Cayman Asset Company.
La parte peticionaria se opuso a la solicitud de sustituci�n de parte y sostuvo que desde el 22 de agosto de 2014 le hab�a informado a la parte demandante que interesaba ejercer su derecho de retracto del cr�dito litigioso.
As� las cosas, el 22 de diciembre de 2014, mediante Resoluci�n, el tribunal recurrido acogi� la solicitud de Doral Bank y autoriz� la sustituci�n de parte. Dicha...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba