Sentencia de Tribunal Apelativo de 12 de Mayo de 2015, número de resolución KLCE201500489

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500489
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución12 de Mayo de 2015

LEXTA20150512-011 Martinez Mesa v. Font de Santiago

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAROLINA -FAJARDO

PANEL VIII

VIVIAN MART�NEZ MESA
Recurrida
v.
DR. OSVALDO E. FONT DE SANTIAGO, CENTER FOR DIAGNOSIS REHABILITATION OF THE CARIBBEAN AND INTERNATIONAL, L.L.C.,
CL�NICA DR. FONT; JUAN DEL PUEBLO
Peticionario
KLCE201500489
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina Caso N�m.: FPE2013-0729 (407) Sobre: DISCRIMEN POR EMBARAZO DISCRIMEN POR G�NERO DESPIDO INJUSTIFICADO, LEY N�M 2 PROCEDIMIENTO SUMARIO

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la Juez G�mez C�rdova y la Jueza Rivera Marchand1 y el Juez Bonilla Ortiz.

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

RESOLUCI�N

En San Juan, Puerto Rico, a 12 de mayo de 2015.

Nos corresponde evaluar si debemos expedir la presente Petici�n de Certiorari ante una denegatoria a una moci�n de sentencia sumaria en un procedimiento sumario bajo la Ley N�m. 2 de 17 de octubre de 1961, seg�n enmendada, 32 LPRA sec. 3118 et seq.

El doctor Osvaldo E. Font de Santiago y dem�s codemandados del ep�grafe (doctor Font de Santiago o �el peticionario�) nos solicita que revisemos la Resoluci�n emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Carolina, el 11 de marzo de 2015, notificada el siguiente d�a 17 del mismo mes y a�o. Por medio de la determinaci�n recurrida, el tribunal de instancia deneg� una moci�n de sentencia sumaria que hab�a sido presentada por el peticionario y sostuvo las fechas asignadas para el juicio en su fondo.

Por los fundamentos que se exponen a continuaci�n, se deniega

el auto discrecional solicitado. Veamos.

I.

El 20 de octubre de 2013 Vivian Mart�nez Mesa (Mart�nez Mesa o �la recurrida�) present� una Querella en contra de su patrono, el doctor Font de Santiago,2 de conformidad con el procedimiento sumario dispuesto en la Ley N�m. 2 de 17 de octubre de 1961, seg�n enmendada, 32 LPRA sec. 3118 et seq. En la demanda figuran, adem�s, las corporaciones Center for Diagnosis Rehabilitation and Pain Treatment of the Caribbean and International, LLC y Center for Diagnosis Rehabilitation and Pain Treatment of the Caribbean and International, Inc.

El 4 de noviembre de 2013, Mart�nez Mesa present� una Querella Enmendada. En s�ntesis, la recurrida reclam� haber sido despedida de su empleo debido a motivaciones discriminatorias, por raz�n de g�nero y debido a su embarazo. En consecuencia, adujo que la parte peticionaria infringi�

las disposiciones de la Ley N�m. 100 de 30 de junio de 1959, seg�n enmendada, 29 LPRA sec. 146a et seq., as� como la Ley N�m. 3 de 13 de marzo de 1942, seg�n enmendada, 29 LPRA sec. 467 et seq.

Como remedio, reclam� de su patrono una indemnizaci�n ascendente a $250,000 en concepto de �severas y dolorosas angustias mentales�, as� como $50,000 correspondientes a las ganancias dejadas de devengar como consecuencia de su despido. Invoc�, adem�s, la doble penalidad que contempla la Ley N�m. 3, supra. Tambi�n, Mart�nez Mesa solicit� ser restituida al puesto que ocupaba.

En su contestaci�n a la Querella y a la Querella Enmendada, el peticionario rechaz� haber despedido injustificada y discriminatoriamente a Mart�nez Mesa, por raz�n de su embarazo o cualquier otra causa. M�s tarde, luego de culminado el descubrimiento de prueba, el doctor Font de Santiago present� una Solicitud de Sentencia Sumaria en la que sostuvo, de acuerdo con el est�ndar contenido en la Regla 36 de las de Procedimiento Civil, que no exist�an controversias de hechos esenciales.

En espec�fico, adujo la inexistencia de controversias respecto a que Mart�nez Mesa no estaba embarazada al momento del...

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