Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201401737

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401737
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2015

LEXTA20150514-012 Mel�ndez Ortiz v. Navarro Andino

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS Y HUMACAO

Panel IX

V�CTOR L.
MEL�NDEZ ORTIZ
Apelado
V.
ROSE MARIE
NAVARRO ANDINO
Apelante
KLAN201401737 APELACI�N Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas Civil. N�m. ECU2012-0318 Sobre: Custodia

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la

Juez G�mez C�rdova y la Jueza Vicenty Nazario.

Vicenty Nazario, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 14 de mayo de 2015.

Rose Marie Navarro Andino (Navarro Andino o apelante) solicita que revisemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Caguas (TPI) el 6 de junio de 2014.1 Mediante la misma, el TPI otorg� la custodia del menor C.J.M.N. a su padre V�ctor Mel�ndez Ortiz (Mel�ndez Ortiz o apelado) y a su vez, estableci� las relaciones filiales correspondientes.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, confirmamos la sentencia apelada.

I.

Del expediente se desprende que Navarro Andino y Mel�ndez Ortiz son los padres del menor C.J.M.N, nacido el 8 de mayo de 2009.

Cuando Navarro Andino iba a dar a luz a su segundo hijo, encomend� a Mel�ndez Ortiz, provisionalmente, el cuido de C.J.M.N. El padre del menor estuvo con el ni�o varios meses, hasta que Navarro Andino lo solicit� de vuelta. Acordaron que la entrega del menor ser�a paulatina, pero ello no sucedi�. En diciembre de 2014 Mel�ndez Ortiz present� una demanda de custodia contra Navarro Andino. �sta contest� la demanda y present� una reconvenci�n en la cual aleg� que: (1) nunca renunci� a la custodia de C.J.M.N.

y (2) que el mejor inter�s del menor era bajo su cuidado.

El 9 de abril de 2014 se celebr� una vista de impugnaci�n del Informe Social preparado por el Trabajador Social Julio Cruz Rodr�guez (Cruz Rodr�guez).2 Cruz Rodr�guez testific� en la vista y expuso que Mel�ndez Ortiz le reconoci�

haber tomado decisiones del menor en cuanto al manejo de su salud y asuntos acad�micos sin consultar a Navarro Andino. Puntualiz� que la din�mica del menor con ambos padres fue favorable y que en su informe final recomend� que se otorgara la custodia de C.J.M.N. a Mel�ndez Ortiz. Ello, debido a que el menor se adapt� al entorno de su padre desde su nacimiento.3

Consecuentemente, el TPI emiti� la sentencia bajo nuestra consideraci�n. Seg�n adelantamos, declar� ha lugar la demanda de custodia presentada por Mel�ndez Ortiz. Navarro Andino solicit�

reconsideraci�n, pero la misma fue declarada no ha lugar.

Inconforme con dicha determinaci�n, Navarro Andino acude ante nosotros y le se�ala al TPI los siguientes errores:

Err� el Honorable Tribunal de Instancia al no dar por admitidas todas las alegaciones de la Reconvenci�n ante la ausencia de una contestaci�n de la parte apelada;

Err� el Honorable Tribunal de Instancia al aceptar las conclusiones del Informe Social cuando todos los hechos en dicho informe contradec�an dicha conclusi�n;

Err� el Honorable Tribunal de Instancia al no conceder la custodia del menor a la parte apelante.

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