Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201500232

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500232
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución19 de Mayo de 2015

LEXTA20150519-007 Monge Pastrana v. Popular Mortgage Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAROLINA

PANEL VIII

RAM�N MONGE PASTRANA
Apelante
v.
�������POPULAR MORTGAGE, INC. Haciendo negocios como LEVITT MORTGAGE, INC. Y SU COMPA��A X,Y,Z
Apelados
KLAN201500232
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina Civil. N�m. F AC2008-1189 Sobre: Incumplimiento de Contrato, Cumplimiento Espec�fico de Contrato y Da�os y Perjuicios.

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la Juez G�mez C�rdova y la Juez Rivera Marchand

Varona M�ndez, Jueza Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 19 de mayo de 2015.

El apelante, Sr. Ram�n Monge Pastrana (se�or Monge Pastrana, apelante) nos solicita que revoquemos la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina. Mediante el referido dictamen el foro primario acogi� la solicitud de sentencia sumaria presentada por Popular Mortgage, Inc. y desestim� con perjuicio la demanda incoada en su contra.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n se confirma la sentencia apelada.

I.

El Sr. Jos� Correa Badillo y su esposa, la Sra. Elizabeth Celestrin Molina (esposos Correa Celestrin) eran due�os de un inmueble ubicado en la Urbanizaci�n Altavilla en el pueblo de Trujillo Alto (Inmueble). Dicha propiedad constaba inscrita en el Registro de la Propiedad y estaba gravada por una hipoteca a favor de Levitt Mortgage Corporation (Hipoteca N�m.1).

El 22 de febrero de 2000, los esposos Correa Celestrin le vendieron el Inmueble al se�or Monge Pastrana mediante la Escritura de Compraventa N�m. 44 (Escritura N�m. 44), otorgada ante el notario p�blico Luis G. Rodr�guez Miranda.1 Surge de la Escritura N�m. 44 que el precio de compraventa pactado fue de $310,000.00 de los cuales se retuvieron $239,259.79 con la intenci�n de satisfacer la Hipoteca N�m. 1.

Cabe se�alar que el apelante otorg� un pr�stamo hipotecario (Hipoteca N�m. 2) con Newco Mortgage Holding Corp., haciendo negocios como Levitt Mortgage, para financiar dicha compraventa.2

Dicho pr�stamo hipotecario se evidenci� con un pagar� al portador.

As� las cosas, el 3 de abril de 2008 el apelante present� una demanda por incumplimiento de contrato, cumplimiento especifico de contrato y da�os y perjuicios contra Popular Mortgage Inc., haciendo negocios como Levitt Mortgage, Inc. (Popular Mortgage, apelados) y sus respectivas compa��as aseguradoras.3

En su demanda, el apelante sostuvo que Popular Mortgage hab�a incumplido con su deber de cancelar la Hipoteca N�m. 1. Aleg� que dicho incumplimiento le caus�

da�os ya que no pudo utilizar el Inmueble como garant�a para obtener una l�nea de cr�dito. Por tal raz�n, el se�or Monge Pastrana sostuvo que �nicamente pudo obtener una l�nea de cr�dito por una suma menor ya que se vio obligado a utilizar otros bienes como garant�a. A causa de ello solicit� que se cancelara la Hipoteca N�m. 1; una suma de $300,000.00 en concepto de da�os y la suma de $5,000.00 en concepto de costas y honorarios de abogado.

El 24 de junio de 2008 Popular Mortgage present� su contestaci�n a la demanda.4 En la misma acept� que la Hipoteca N�m. 1 debi� ser cancelada inmediatamente, no obstante, indic� que dicha obligaci�n era responsabilidad del notario otorgante y no de Popular Mortgage. Del mismo modo sostuvo que el pagar� hipotecario estaba en manos del notario otorgante. As� pues, por entender que la demanda presentada en su contra dejaba de exponer hechos que justificaran la concesi�n de un remedio, Popular Mortgage solicit� que se declarara No Ha Lugar y la concesi�n a su favor del pago de los gastos, costas y honorarios de abogado.

As� las cosas, el 24 de abril de 2009, Popular Mortgage present� una Moci�n solicitando sentencia sumaria.5

En esencia, la parte apelada sostuvo que no exist�a relaci�n causal entre los da�os, las sumas reclamadas por el apelante y las acciones de Popular Mortgage.

Arguy� que no incumpli� con su obligaci�n puesto que la Hipoteca N�m. 1 hab�a sido cancelada por Popular Mortgage seg�n acordado en la Escritura N�m. 44.

Expres� que fue el notario otorgante quien retuvo el pagar� hipotecario e incumpli� con su obligaci�n de cancelar dicho gravamen en el Registro de la Propiedad. A pesar de ello, Popular Mortgage sostuvo que siempre fue diligente para con el se�or Monge Pastrana. Indic� que, tras advenir en conocimiento de que el gravamen no se hab�a cancelado en el Registro de la Propiedad, gestion�

la obtenci�n del pagar�, otorg� la escritura de cancelaci�n de hipoteca (escritura N�m. 186) y la present� ante el Registro de la Propiedad, logrando as� la cancelaci�n de la Hipoteca N�m. 1. Finalmente, la parte apelada expres�

que la reclamaci�n en da�os y perjuicios presentada en su contra era inmeritoria, adem�s de que surg�a de la contestaci�n al pliego interrogatorio del se�or Monge Pastrana que este no contaba con evidencia alguna para probarla. Popular Mortgage acompa�� su solicitud de: copia de la Escritura N�m.

44; Copia de un estudio de t�tulo otorgado el 25 de agosto de 2008; copia del Settlement Statement; Copia de un estudio de t�tulo sin fecha; copia del primer pliego de interrogatorios y su correspondiente contestaci�n; y, copia de la Escritura N�m. 186.

Luego de varios tr�mites procesales, el se�or Monge Pastrana present� su oposici�n a la solicitud de sentencia sumaria. Sostuvo que Popular Mortgage ten�a la obligaci�n de cancelar la Hipoteca N�m. 1 y no lo hizo, constituyendo as� el incumplimiento contractual. Expres� que Popular Mortgage retuvo la suma requerida para cancelar la Hipoteca N�m. 1 y tramit� todo lo pertinente a la cancelaci�n de la misma, incluyendo la contrataci�n del notario otorgante.

Adem�s, argument� que surg�a de la Escritura N�m. 186 que Popular Mortgage siempre estuvo en posesi�n del pagar� hipotecario, reafirmando as� que la Hipoteca N�m. 1 no se cancel� por la negligencia de la parte apelada. Por otro lado la parte apelante expres� que a la hora de contestar el pliego interrogatorio cursado por Popular Mortgage, no contaba con prueba documental para demostrar los da�os y las angustias mentales sufridas, pero que s� contaba con prueba testifical para ello. As� pues, concluy� que no proced�a acoger la solicitud de sentencia sumaria presentada por la parte apelada ya que exist�a controversia en cuanto a los da�os que este le caus� como consecuencia de su incumplimiento contractual. La parte apelante anej� a su oposici�n: copia de la Escritura N�m. 44; una carta cursada a la Divisi�n de Pr�stamos Hipotecarios del Banco Popular de Puerto Rico y la evidencia de su env�o; y, copia de la Escritura N�m. 186.

Ante ello, el Tribunal de Primera Instancia emiti� una orden mediante la cual se�al� una Vista de Argumentaci�n para aclarar y suplementar la solicitud de sentencia sumaria.6

La referida vista se celebr� el 4 de febrero de 2010 sin la comparecencia de la parte apelante ni de su representaci�n legal.7 Tras excusar su incomparecencia, el foro primario le orden� al apelante que presentara su posici�n final en cuanto a la moci�n de sentencia sumaria presentada por Popular Mortgage.8 En cumplimiento con ello, el 16 de julio de 2010, el se�or Monge Pastrana present� su escrito en donde en esencia recalc� los argumentos esbozados en su Oposici�n original.9

M�s de un (1) a�o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR