Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201401755

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401755
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución21 de Mayo de 2015

LEXTA20150521-007 Merchan Aguilar v. Martinez P�rez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N

PANEL VI

SA�L I. MERCH�N AGUILAR Apelado v. WALESKA I. MART�NEZ P�REZ Apelante
KLAN201401755
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n Civil. N�m.: D AC2010-0095 (505) Sobre: Liquidaci�n de Sociedad Ganancial

Panel integrado por su presidenta, la Juez Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni M�rtir

Soroeta Kodesh, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 21 de mayo de 2015.

Mediante un recurso de apelaci�n presentado el 29 de octubre de 2014, comparece la Sra. Waleska I. Mart�nez P�rez (en adelante, la apelante). Nos solicita que revoquemos una Sentencia dictada el 16 de diciembre de 2013 y notificada el 26 de diciembre de 2013, por el Tribunal de Primera Instancia (en adelante, TPI), Sala de Bayam�n. Por medio del dictamen recurrido, el TPI adjudic� y liquid� la comunidad de bienes postganancial habida entre la apelante y el Sr. Sa�l I. Merch�n Aguilar (en adelante, el apelado).

Por los fundamentos que expresamos a continuaci�n, se revoca la Sentencia apelada y se devuelve el caso al TPI para la continuaci�n de los procedimientos de conformidad con lo aqu� dispuesto.

I.

El 13 de enero de 2010, el apelado present� una Demanda sobre divisi�n de bienes de la comunidad postganancial habida entre las partes, tras un decreto de divorcio el 20 de febrero de 2008, por la causal de trato cruel, seg�n solicitado por el apelado. En s�ntesis, aleg� que en varias ocasiones le requiri� a la apelante dividir los bienes y las deudas que surgieron durante el matrimonio y que la apelante se neg�. A�adi� que asumi� el pago de varias deudas gananciales que en ese momento totalizaban $132,557.40 y que reclam�

como un cr�dito a su favor. Asimismo, reclam� como cr�ditos a su favor, el saldo de dos (2) cuentas de reserva del Banco Popular de Puerto Rico; el pago de las contribuciones sobre ingresos correspondientes al a�o 2007; y el saldo de una segunda hipoteca. Por �ltimo, incluy� un inventario de bienes inmuebles y muebles que formaban parte de la comunidad postganancial.

El 9 de febrero de 2010, la apelante inst� una Contestaci�n a Demanda. De entrada, neg� que el apelante le hubiese solicitado la divisi�n de los bienes, sino hasta el 30 de noviembre de 2009. Adujo que previamente el apelado le solicit� la firma para refinanciar el inmueble que fue residencia principal de las partes. Adem�s, afirm� que los cr�ditos solicitados por el apelado eran excesivos, que hubo compensaci�n entre las partes y que el emplazamiento fue defectuoso.

Continuados los tr�mites procesales de rigor, el 1 de septiembre de 2010, las partes presentaron una Moci�n Conjunta Para Informar. B�sicamente, anunciaron los cr�ditos reclamados por cada una de las partes y la entrega de documentos relacionados al listado de pasivos y activos que el apelado hizo.

El 22 de septiembre de 2010, el foro sentenciador celebr� una vista sobre el estado de los procedimientos y resolvi� disponer de forma parcial de parte de los bienes sujetos a liquidaci�n. A tenor con lo anterior, el 18 de noviembre de 2010, notificada el 30 de noviembre de 2010, el TPI dict� una Resoluci�n, por medio de la cual, con el consentimiento de la apelante, le adjudic� al apelado el inmueble ganancial y que fue la residencia principal de las partes, ubicado en el Municipio de Dorado. Al inmueble se le atribuy� un valor de $385,000.00, de acuerdo a una tasaci�n provista por el apelado, con un balance pendiente de una hipoteca ascendente a $253,099.15 al 31 de julio de 2010. Por consiguiente, el TPI le orden� al Registrador de la Propiedad inscribir a nombre del apelado el inmueble antes mencionado.

Posteriormente, de acuerdo a una Minuta correspondiente a una vista celebrada el 2 de junio de 2011, el TPI acept� la renuncia de los representantes legales de la apelante. Adem�s, concedi� un t�rmino de treinta (30) d�as para que las partes llegaran a un acuerdo con relaci�n a un inmueble ganancial sito en el Municipio de Caguas, de lo contrario ordenar�a la venta del mismo en p�blica subasta. A su vez, le concedi� un t�rmino de treinta (30) d�as a la apelante para que anunciara nueva representaci�n legal y le permiti� hacer un inventario de los bienes muebles ubicados en el inmueble ubicado en Dorado, cuya titularidad previamente le adjudic� al apelado. De conformidad con lo anterior, el 8 de junio de 2011, notificada el 9 de junio de 2011, el TPI dict� la Orden correspondiente.

Subsiguientemente, el 8 de junio de 2011, el TPI notific� una Orden dirigida a que se le diera acceso al tasador de pinturas, el Sr. Nu�ez Ambert, a la residencia de Dorado para que realizara una tasaci�n de las obras que adquirieron las partes durante su matrimonio. El 25 de septiembre de 2011, el tasador tuvo acceso a la residencia y pudo realizar la inspecci�n y medici�n de los cuadros.

Al cabo de varios tr�mites procesales, el 4 de noviembre de 2011, la apelante present� un Informe y Propuesta Para la Divisi�n de Bienes Gananciales. Cabe se�alar que la apelante incluy� como parte de su Informe y Propuesta Para la Divisi�n de Bienes Gananciales una tabla con el detalle de los bienes muebles, con fotos, facturas, conduces y recibos de compra. En lo pertinente al recurso que atendemos, la apelante reconoci�

que ten�a una deuda de pensi�n alimentaria a favor del apelado de $65,323.90. A su vez, indic� que exist�a un cr�dito de $40,892.54 a favor del apelado debido a que este administr� los bienes gananciales y realiz� pagos con dinero privativo como parte de dicha administraci�n. A�adi� que acumul� cr�ditos por pagos no realizados ascendentes a $24,143.26. Por �ltimo, en atenci�n a los activos existentes y las deducciones correspondientes, la apelante reclam� la suma de $194,174.80 a su favor; que luego de la compra de varios objetos muebles y de la participaci�n del apelado en el inmueble ubicado en Caguas, se redujo a $141,371.87. Conforme a lo anterior, la apelante solicit� que el TPI le ordenara al apelado a cumplir con el pago de $141,371.87 y a colaborar con el traspaso del inmueble ubicado en Caguas a nombre de la apelante; y que estableciera una fecha para que pudiera recoger los bienes muebles que compr� en la antigua residencia ganancial sita en Dorado.

El 26 de marzo de 2012, el apelado present� una Moci�n en Cumplimiento de Orden. En esencia, inst� un cuaderno particional relacionado a la liquidaci�n de bienes, seg�n ordenado por el foro apelado. Con relaci�n al recurso de apelaci�n de ep�grafe, el apelado reclam� el cr�dito por unos pagos que realiz� de deudas de la comunidad postganancial ascendentes a $101,436.88, m�s una deuda de la apelante por el pago de pensi�n alimentaria de $71,289.00, para un total de cr�ditos reclamados de $172,725.88. En atenci�n a estos cr�ditos, el apelado sostuvo que la apelante le adeudada la cantidad de $60,134.63. Adem�s, inform� que exist�a un pleito sobre cobro de dinero y ejecuci�n de hipoteca sobre el inmueble ubicado en Dorado y que en cuanto al inmueble ubicado en Caguas se �logr� una modificaci�n� que evit� la ejecuci�n de la hipoteca que gravaba dicha propiedad.

Culminados los tr�mites procesales de rigor, el TPI celebr� el juicio en su fondo el 20 de mayo de 2013 y el 18 de octubre de 2013. De acuerdo a la Minuta que recoge las incidencias de la vista celebrada el 20 de mayo de 2013, las partes estipularon el valor de los siguientes bienes:

1. Valor del Apartamento de Serena en Caguas, se estipul� en la suma de $210,000 y balance a marzo 2013 de $99,917.34.

2. Valor de la propiedad de Dorado del Mar, se estipul� en la suma de $385,000 y el balance de cancelaci�n a julio 2010 de $253,099.15.

3. Se estipul� que la IRA a nombre de Sa�l I. Merch�n en Oriental Group de $7,738.30, la dispuso.

4. Se estipul� que la IRA a nombre de Waleska Mart�nez del Banco Popular de $8,717.52, la dispuso.

5. Se estipul� que la IRA a nombre de Sa�l I. Merch�n en el Banco Popular de $7,522.07, la dispuso.

6. Se estipul� que el Plan 401-K por $93,851.26 de Sa�l I. Merch�n, lo dispuso.

7. Se acept� que Waleska Mart�nez pag� por concepto de mantenimiento al Apartamento de Caguas $2,504.08 y reclama el 50% del cr�dito ($1,252.04).

8. Se estipul� una pensi�n alimentaria a junio 2007 hasta octubre de 2011 por $69,094.00.1

As� las cosas, el 16 de diciembre de 2013, notificada 26 de diciembre de 2013, el foro sentenciador dict� la Sentencia apelada. El foro primario le adjudic� a la apelante el bien inmueble ubicado en el Municipio de Caguas y orden� que la hipoteca que grava dicha propiedad fuera inscrita a su nombre. Adem�s, le adjudic� a la apelante los siguientes bienes muebles: (1) pieza de arte en aluminio californiano; (2) cuatro sillas comedor, Phanton italianas; (3) un sof� color blanco en piel; (4) una mesa de comedor, color blanco; (5) alfombra de pies de vaca; y (6) dos cojines de piel de llama. En el caso del apelado, el foro a quo le adjudic�: (1) un �time share� ubicado en Orlando, Florida; (2) las propiedades que hered� citas en Cali, Colombia, libres de...

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