Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201401207
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201401207 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2015 |
| | APELACI�N procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado Civil N�m.: L DP2008-0030 Sobre: Da�os y perjuicios |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Soroeta Kodesh y la Jueza Brignoni M�rtir.
Jim�nez Vel�zquez, Jueza Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.
La se�ora Rosaura Rivera de Jes�s inst� recurso de apelaci�n para que revoquemos la Sentencia Enmendada emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Utuado, el 23 de junio de 20141. Mediante la misma, el foro primario desestim�
la Demanda instada por �sta contra la doctora Nancy D. Ortiz Zayas.
Con el beneficio de la comparecencia de las partes, y la transcripci�n de la prueba oral, confirmamos la sentencia apelada.
El 26 de mayo de 2008, la se�ora Rosaura Rivera de Jes�s (Rivera de Jes�s) present� Demanda contra el Municipio de Jayuya y su Centro de Salud Mario Canales Torresola; la doctora Nancy D. Ortiz Zayas (doctora Ortiz Zayas) y la Sociedad de Gananciales que ten�a constituida con su esposo; el Hospital San Crist�bal; el doctor Jason V�zquez Mercado, el doctor Jos� O. Fumero Aguil� y otros facultativos m�dicos; y contra varias compa��as aseguradoras de nombres desconocidos. En s�ntesis, la se�ora Rivera De Jes�s aleg� que las partes demandadas se apartaron de la mejor pr�ctica de la medicina en el tratamiento m�dico ofrecido en sus visitas al Centro de Salud Mario Canales Torresola, para el periodo comprendido entre el 27 de mayo de 2007 hasta el 8 de enero del 2008.2
Como consecuencia de la presunta negligencia de los demandados, la se�ora Rivera de Jes�s reclam� sufrir graves dolores f�sicos, deformidad e incapacidad parcial en su mano derecha que deb�an ser compensados en una suma no menor de $100,000. Adem�s, �sta solicit� compensaci�n en una cantidad no menor de $100,000 por alegadas angustias mentales, morales y p�rdida del disfrute de la vida y una indemnizaci�n de $10,000 por gastos m�dicos y de viajes.
Oportunamente, tanto el Municipio de Jayuya, su Centro de Salud y la doctora Ortiz Zayas contestaron la Demanda. De otra parte, la se�ora Rivera de Jes�s desisti� de su reclamaci�n contra los doctores Fumero Aguil� y V�zquez Mercado.
Tambi�n desisti� de la acci�n incoada contra el Hospital San Crist�bal y transigi� su reclamaci�n contra el Municipio de Jayuya y su Centro de Salud.
Concluido el descubrimiento de prueba, la Conferencia con Antelaci�n al Juicio se llev� a cabo el 14 de noviembre de 2012. El Juicio en su Fondo se celebr�
los d�as 16 al 20 de diciembre de 2013. El Tribunal de Primera Instancia emiti�
Sentencia el 18 de marzo de 2014, luego de aquilatar la prueba presentada por las partes.
Inconforme con lo resuelto, el 2 de abril de 2014, la se�ora Rivera de Jes�s present� Solicitud para que se formulen determinaciones de hechos adicionales y para que se enmienden y se eliminen algunas de las determinaciones de hechos consignadas en la Sentencia; y solicitud de reconsideraci�n. As� las cosas, el 19 de junio de 2014, el foro apelado emiti� Resoluci�n mediante la cual deneg� la solicitud de reconsideraci�n. En esa misma fecha, y en relaci�n a la solicitud de determinaciones de hechos adicionales y enmiendas a las determinaciones de hechos, el tribunal primario emiti� la Sentencia Enmendada que revisamos. En esta, el tribunal emiti� las siguientes determinaciones de hechos:
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La demanda[da], Dra. Nancy Ortiz-Zayas es un m�dico con licencia, para ejercer la profesi�n en el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, para el momento de los hechos de este caso era Contratista Independiente del Municipio de Jayuya, [y]
laboraba en el Centro de Tratamiento Mario Canales como m�dico.
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La demandada, Dra. Nancy Ortiz Zayas, era el m�dico de cabecera de la demandante, Rosaura Rivera de Jes�s, durante el periodo en el que ocurrieron los hechos del caso.
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La Demandante tuvo un accidente con su auto, el cual consisti� en que sufri� un trauma en su mano derecha al cerrar sobre la misma la puerta del ba�l de su carro. Esta no present� ninguna reclamaci�n a las agencias concernidas como ACCA o el Seguro Compulsorio.
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La demandante se person� al Centro Mario Canales Torresola, donde fue atendida y diagnosticada por el Dr. Fernando Arzola, quien a su vez la refiri� al Hospital San Crist�bal, por motivo que el Centro en esos momentos no contaba con servicios de Rayos X.
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La demandante fue evaluada por el Dr. Jayson Mercado el cual tramit� los Rayos X, y le inmoviliz� la mano con un cabestrillo y un yeso. Instruy� a la demandante a que pasara en los pr�ximos d�as para recoger la lectura de las placas de su mano derecha. La lectura efectuada por un radi�logo, el Dr. Fumero Aguil[�], estableci� la ausencia de fractura en su mano derecha.
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La demandante se person� al Centro Mario Canales Torresola el d�a 7 de junio del 2007, o sea nueve (9) d�as luego del accidente, no trajo consigo las placas, ni su lectura. La raz�n de su visita al m�dico en [ese] d�a fue dolor de cabeza y mareos. La demandada, Dra. Nancy Ortiz Zayas, examin� a la demandante y le encontr� un edema en la mano derecha, sospech� fractura y solicit� que trajera las radiograf�as que le hab�an tomado en el Hospital San Crist�bal. Asimismo, orden� unos laboratorios y que la paciente monitoreara su presi�n sangu�nea por diez (10) d�as y volviera con las radiograf�as, la demandante no regres� en el t�rmino se�alado.
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La demandante regres[�], el 5 de julio del 2007, veintiocho (28) d�as luego de su primera visita con la Dra. Nancy Ortiz Zayas, del r�cord m�dico estipulado se establece que la doctora Ortiz adviene en conocimiento de la no fractura en su mano, y emite un referido al Fisiatra.
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La demandada no tiene ning�n control sobre c[�]mo el Centro maneja los referidos a los especialistas.
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El 16 de julio de 2007 el fisiatra, Dr. Derick Col�n, contest� la consulta del referido de la demandada, Dra. Nancy Ortiz Zayas, y recomend� diez (10) sesiones de terapias para la mano lesionada de la demandante, luego de diagnosticar tenosinovitis.
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El 24 de julio de 2007 el Dr. Edgardo Rivera le dio el referido a Rosaura Rivera de Jes�s, demandante, para que comenzara el...
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