Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLCE201500503
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500503 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 29 de Mayo de 2015 |
WENDY NIEVES RU�Z, SU ESPOSO C�SAR RODR�GUEZ ROM�N, Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES POR ELLO FORMADA | | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Caso N�m.: D DP2010-0594 Sobre: Da�os y Perjuicios |
Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez, la Juez Birriel Cardona y la Juez Sur�n Fuentes.
Pi�ero Gonz�lez, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.
Comparece el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA o el peticionario) y solicita la revocaci�n de una Resoluci�n emitida el 29 de septiembre de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n, (TPI), notificada el 15 de octubre de ese a�o. Mediante la referida Resoluci�n el TPI deneg� la Moci�n en Solicitud de Desestimaci�n de Demanda contra Tercero presentada por el ELA para que dicho foro desestimara la Demanda contra Tercero presentada en su contra por el Municipio de Bayam�n.
Por los fundamentos que pasamos a exponer, se deniega la expedici�n del auto de Certiorari.
El 6 de julio de 2010 Wendy Nieves Ruiz (se�ora Nieves Ruiz) y su esposo C�sar Rodr�guez presentan Demanda en Da�os y Perjuicios contra el Municipio de Bayam�n y Admiral Insurance Co. Alegan que el 12 de julio de 2009, durante su visita al Parque de Las Ciencias del mencionado Municipio, mientras la se�ora Nieves Ruiz caminaba por el �rea de los carros antiguos y cerca de los hoteles, �sta resbala, cae al suelo y que dicha ca�da le produjo da�os.
El 6 de agosto de 2013 el Municipio de Bayam�n (el Municipio o recurrido), present� Demanda contra Tercero, contra el ELA. El Municipio sostiene en su Demanda contra Tercero que el ELA, a trav�s del Departamento de Hacienda y su Secretario, tienen la responsabilidad de gestionar y contratar los seguros del ELA y sus municipios y el Secretario de Hacienda est� a cargo de representar a los municipios en todo lo relacionado a los seguros para tratar de cubrir los riesgos. 26 L.P.R.A 1202 (3) y 21 L.P.R.A. sec. 4361. Alega adem�s, el Municipio en su reclamaci�n contra el ELA, que a partir del a�o fiscal 2005-2006 hasta el 2009-2010 el Departamento de Hacienda contrat� a nombre de los municipios de Puerto Rico un programa para protegerlos de las reclamaciones en las que se les atribu�a negligencia o responsabilidad civil; que dicho programa operaba con un fondo com�n; que para ello se utilizaron los servicios de la aseguradora demandada Admiral Insurance Company; que el Departamento de Hacienda fue negligente en la contrataci�n de la p�liza para los municipios y en la supervisi�n del fondo com�n y dej� caer la p�liza por lo que responde al Municipio de Bayam�n, quien ha quedado desprovisto de un mecanismo para protecci�n de riesgos. Finalmente sostiene el Municipio de Bayam�n en su Demanda contra Tercero que el ELA, el Departamento de Hacienda y su Secretario son responsables a los demandantes originales por cualesquiera sumas de dinero que el Municipio de Bayam�n pueda responder.
El 28 de marzo de 2014 el ELA present� Moci�n en Solicitud de Desestimaci�n de Demanda contra Tercero. All� plantea que la Demanda contra Tercero est� prescrita por cuanto el 7 de septiembre de 2012 el Municipio advino en conocimiento de que los fondos se hab�an agotado y no es hasta el 31 de octubre de 2013 que el Municipio presenta la Demanda contra Tercero contra el ELA. Plantea adem�s, el ELA que el Municipio no le notific�
de su intenci�n de demandar dentro del t�rmino de noventa (90) d�as, por lo que no cumpli� con lo dispuesto en la Ley N�m. 104 de 29 de junio de 1955, seg�n enmendada, 32 L.P.R.A. sec. 3077 et seq.
El Municipio presenta Oposici�n a Solicitud de Desestimaci�n y destaca que present� la Demanda contra Tercero el 6 de agosto de 2013 y que si advino en conocimiento de la Demanda el 7 de septiembre de 2012, como plantea el ELA, procede concluir que el Municipio present� la Demanda contra Tercero dentro del t�rmino de un a�o, desde que tuvo conocimiento del da�o.
Mediante Resoluci�n de 29 de septiembre de 2014 el TPI deniega al ELA su Moci�n en Solicitud de Desestimaci�n de Demanda contra Tercero. Concluye el TPI que la controversia tra�da en la...
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