Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLRA201500489

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500489
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015

LEXTA20150529-087 Acevedo Ramos v. NSE

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE-GUAYAMA

PANEL VII

Beatriz Acevedo Ramos Recurrente v. Negociado de Seguridad de Empleo (NSE) Recurrido
KLRA201500489
Revisi�n procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos Caso N�m. CR-00829-155 Sobre: Revisi�n Administrativa

Panel integrado por su presidente el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos. El Juez Brau Ram�rez no interviene.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.

I.

La se�ora Beatriz Acevedo Ramos trabaj� para Metropolitan Lumber and Hardware, desde noviembre 22 de noviembre de 2012 como cajera, a tiempo parcial y en turnos rotativos.1

Alrededor de un (1) a�o y medio despu�s, fue despedida luego de que el Patrono investigara una querella presentada por una compa�era de trabajo imput�ndole hacerle insinuaciones y comentarios inapropiados. La investigaci�n arroj� que en efecto la se�ora Acevedo Ramos viol� las normas de conducta. El 2 de febrero de 2015 el Negociado de Seguridad de Empleo emiti� Decisi�n deneg�ndole a la se�ora Acevedo Ramos los beneficios de compensaci�n de seguro por desempleo. Se fund�

en que el despido obedeci� a la comisi�n de conducta incorrecta de parte de la se�ora Acevedo Ramos.

No conforme con dicha determinaci�n, el 5 de febrero de 2015 la se�ora Acevedo Ramos solicit� audiencia ante el �rbitro. El 13 de marzo de 2015 el �rbitro celebr� vista para evaluar si el despido de la se�ora Acevedo Ramos se debi� a conducta incorrecta relacionada con su trabajo.

Concluida la misma, el 16 de marzo de 2015 el �rbitro notific� resoluci�n mediante la cual confirm� la determinaci�n del Negociado de Seguridad en el Empleo. Determin�, tal y como hab�a concluido el Negociado de Seguridad en el Empleo, que la se�ora Acevedo Ramos era inelegible a los beneficios de compensaci�n de seguro por desempleo, seg�n la Secci�n 4(B)(3) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico.2

Aun insatisfecha, la se�ora Acevedo Ramos acudi� en Apelaci�n ante la Oficina de Apelaciones del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos. El 16 de abril de 2015, dicha entidad confirm� la Resoluci�n recurrida. Es de dicho dictamen que el 15 de mayo de 2015 la se�ora Acevedo Ramos acudi� ante nos mediante Recurso de Revisi�n Especial. Acompa�� el mismo con Declaraci�n en Apoyo de Solicitud para Litigar como Indigente (In Forma Pauperis). Confirmamos el dictamen recurrido sin...

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