Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201400986

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201400986
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015

LEXTA20150529-091 Chamorro Ferrer v. Reyes Rosado

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE PONCE

MAR�A CHAMORRO FERRER, EDNA SALAMO OLMEDO Y GILBERTO NIEVES SANTIAGO
Demandantes � Apelados
v.
PEDRO REYES ROSADO, FULANA DE TAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, CARLOS REYES MART�NEZ, SUTANA DE CUAL Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, PETER J. REYES RIVERA, JANE DOE Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, UNIVERSAL INSURANCE COMPANY, Y ASEGURADORA A
Demandados � Apelantes
KLAN201400986
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Caso n�m. J DP2009-0383 Sobre: Da�os y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez, la Juez Birriel Cardona y el Juez S�nchez Ramos1

S�nchez Ramos, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.

Carlos Reyes Mart�nez y su aseguradora Universal Insurance Company (�Demandados� o �Apelantes�) nos solicitan que revisemos una Sentencia emitida por la Sala de Ponce del Tribunal de Primera Instancia. Luego de un juicio, el Tribunal valoriz� los da�os de los co-demandantes en $250,000.00 y orden� a los Demandados a pagar esa cantidad, m�s los gastos y las costas del caso.

I.

Los hechos de este caso no est�n en controversia. El 3 de agosto de 2008, alrededor de las 2:30 am, las se�oras Mar�a Chamorro Ferrer, Edna S�lamo Olmedo y el se�or Gilberto Nieves Santiago, (�Demandantes� o �Apelados�) caminaban por la acera de la calle Villa en Ponce, cuando de repente fueron atropellados por Carlos Reyes Mart�nez, quien perdi� el control del veh�culo, e invadi� la acera por la que caminaban los Demandantes.

La se�ora Chamorro Ferrer sinti� que algo fuerte la impact� por la espalda y la tir� al suelo, qued� atrapada debajo del autom�vil. A�n sin percatarse que estaba debajo del auto, trat� de moverse, pero no pudo, sinti�

que ten�a algo profundo enterrado en la espalda. Luego de intentar moverse, sinti� como �algo� dio para atr�s y fue en ese momento que reconoci�

que estaba debajo de un autom�vil. En ese momento la se�ora Chamorro Ferrer trat� de sentarse, para salir de debajo del auto, pero no pudo porque su brazo no respond�a. Fue el co-demandante, el se�or Nieves Santiago, quien finalmente libr� a la se�ora Chamorro Ferrer del veh�culo y la acomod� en la acera.

Fue desde all�, que la co-demandante pudo observar como su amiga, la se�ora S�lamo Olmedo, lloraba y gritaba que le dol�an las piernas, que le ayudaran, y tambi�n pudo mirar como el se�or Nieves Santiago, despu�s de ayudarle, se desmoron� poco a poco hasta quedar tendido sobre el suelo, sin poder ayudarle. Sin embargo, grit� que le ayudaran, y varias personas respondieron, se acercaron, acostaron al se�or Nieves Santiago sobre el suelo y le subieron las piernas, manteni�ndoselas un rato elevadas.

La se�ora Chamorro Ferrer, all� donde la acomod� el se�or Nieves Santiago, gritaba a causa del dolor que ten�a, sin poder mover su brazo derecho. Sent�a dolor en todo el cuerpo, en el hombro, en la espalda, en el pecho y en la cara. Observ� como el auto que la atropell� a ella y sus amigos, se march� del lugar del accidente.

Despu�s del golpe, las piernas de la se�ora S�lamo Olmedo quedaron pinchadas debajo de una de las gomas del carro de Reyes Mart�nez.

Mientras la se�ora S�lamo Olmedo gritaba �mis piernas, mis piernas�, y sin poder moverse, Reyes Mart�nez retrocedi� el veh�culo sobre las piernas de �sta para irse pero, por razones que desconocemos, despu�s de retroceder volvi�

hacia el frente. Nuevamente aplast� las piernas de la se�ora S�lamo Olmedo, despu�s que las hab�a pinchado por primera vez, y despu�s que retrocedi� sobre ellas.

La se�ora S�lamo Olmedo escuchaba gritos de muchas personas que dec�an �no la mueva, no la muevan porque tiene las piernas part�as�. En ese momento sinti� mucho terror, pens� que hab�a perdido ambas piernas. A lo lejos, reconoci� a sus amigos, las se�ora Chamorro Ferrer y al se�or Nieves Santiago, pero no los distingu�a pues ten�a la visi�n empa�ada. Durante todo ese tiempo y despu�s en la ambulancia, y al llegar a sala de emergencia, sinti� mucho temor ya que no sent�a sus piernas y tem�a haberlas perdido.

Al momento del accidente, el se�or Nieves Santiago sinti� un fuerte impacto que lo lanz� al suelo, no sabe cu�nto tiempo paso hasta que abri� los ojos y not� que estaba en el suelo gateando. Estaba adolorido, aturdido, con un golpe fuerte en el cuello, d�bil, con las manos peladas. Trat� de sentarse pero no pudo, ten�a los pies atrapados debajo de las gomas del autom�vil de Reyes Mart�nez, solo logr� recostarse sobre el suelo. En ese momento vio que las gomas del carro estaban sobre sus piernas y sobre las piernas de la se�ora S�lamo Olmedo. Luego de mucho esfuerzo, pudo salirse de debajo del auto, y sentarse, fue en ese momento que entendi� que hab�an sido impactados por un autom�vil.

El responsable del choque, Reyes Mart�nez, manejaba sin licencia vigente y estaba borracho. Para la fecha del accidente contaba con una p�liza de seguro expedida por Universal Insurance Company, con un l�mite de cubierta, para este tipo de evento, de $500,000.00. El seguro responde por los da�os reclamados en la Demanda.

Los Demandantes reclamaron, en el Tribunal, todos los da�os f�sicos y morales que sufrieron consecuencia del accidente a Reyes Mart�nez y a Universal Insurance. Trabada la controversia, a saber la realidad de los da�os sufridos y la cuant�a de los da�os reclamados, el Tribunal celebr�

el juicio para finiquitarlas. Ambas partes presentaron prueba pericial con la intenci�n de corroborar los da�os alegados, adem�s de los r�cords m�dicos de los Demandantes. La prueba oral consisti� del testimonio de los co-demandantes, los �nicos afectados por el accidente.

En cuanto al testimonio experto, el perito de los Demandantes testific� sobre las dificultades de movimiento que padecen las se�oras Chamorro Ferrer y S�lamo Olmedo en diferentes partes de su cuerpo. Asign� un porciento de incapacidad total a ambas. El se�or Nieves Santiago no fue examinado por el perito de los Demandantes o por el perito de los Demandados.

Los Demandantes testificaron sobre lo que ocurri� la ma�ana del accidente, su experiencia durante el momento del impacto del auto y lo que ocurri� inmediatamente despu�s del accidente, las heridas que sufrieron, y por �ltimo, sobre c�mo sus vidas quedaron permanentemente afectadas, como consecuencia del funesto incidente.

Por su parte, los Demandados presentaron, adem�s de cierta prueba documental que estipularon, la opini�n de su perito. El perito solamente examin� a las se�oras co-demandantes. �ste asign� a la se�ora Chamorro Ferrer un porciento de incapacidad mucho menor que el determinado por el perito de la parte Demandante. En cuanto a la se�ora S�lamo Olmedo, el m�dico opin� que no padec�a de impedimento que fuera consecuencia del accidente.

Ambos peritos fueron interrogados y contrainterrogados varias veces.

Expusieron las bases de sus testimonios y los m�todos que utilizaron para llegar a sus opiniones.

El Tribunal aquilat�, en conjunto, toda esta prueba, la documental aportada por las partes, los informes periciales, las opiniones de los peritos y los testimonios de los Demandantes.

En cuanto a la se�ora Chamorro Ferrer, el Tribunal determin� que, a consecuencia del accidente, sufri�: (1) un hematoma en un pulm�n; (2) lesiones en el �rea cervical y lumbar; (3) un hombro fuera de sitio; y (4) una fractura en el hombro derecho. El foro primario a�adi� que, mientras los m�dicos efectuaban una intervenci�n quir�rgica para acomodar el hombro de la se�ora Chamorro Ferrer a su sitio original, en la sala de operaciones, �sta despert� a pesar de estar sedada, lo que le provoc� �severos� dolores f�sicos.

Tambi�n, y luego de la intervenci�n quir�rgica, fue diagnosticada con una fractura en el brazo derecho, lo que provoc� que el brazo fuera amarrado y quedara totalmente inmovilizado. Lo anterior caus� mucha angustia mental a la se�ora Chamorro Ferrer, porque tuvo que depender de otros, hasta para lo m�s b�sico de sus actividades diarias, como su limpieza personal y sus necesidades fisiol�gicas. Durante este tiempo residi� en casa de su hermana, persona de la que dependi� para vivir.

Luego regreso a su hogar donde convaleci� por tres meses. En adici�n, tuvo que vender su veh�culo de motor, que era de transmisi�n manual, ya que no pod�a manejarlo, y ten�a que depender de otros para asistir a todas sus citas m�dicas y terapias. Hasta fue referida a un psiquiatra, ya que se pasaba llorando y deprimida. Como si fuera poco, fue sometida a una segunda cirug�a, esta vez para insertarla unos tornillos o �clips� en un hueso del hombro fracturado para ayudarle a sanar.

Particip� de terapias f�sicas para tratar de restaurar la condici�n f�sica del hombro y del brazo derecho. Los movimientos que practic� en las terapias le causaron mucho dolor, sin sentir, al menos inmediatamente, mejor�a en su condici�n f�sica. Tuvo que aprender a usar su brazo izquierdo debido a �que apenas pod�a levantar su brazo derecho�. Todo lo antes descrito la hizo sentir ira, miedo, impotencia, frustraci�n e indefensi�n.

El Tribunal de Primera Instancia determin�, a base del testimonio que ofreci� la se�ora Chamorro Ferrer durante el juicio, que:

[�]sta no puede mover su brazo derecho como lo hac�a antes del accidente, siendo dicho brazo su extremidad superior dominante. La misma recibi� en exceso de 40 terapias f�sicas y en la actualidad, a�n no ha sido dada de alta por la ACAA.

Del testimonio ofrecido y cre�do por el Tribunal en cuanto a la se�ora Chamorro puede establecerse que a ra�z del accidente sufrido, el ritmo de su vida cambi� sustancialmente. Esta no puede utilizar su brazo derecho como lo hac�a previo al accidente. Cuando trata de hacerlo, siente severos dolores aun en el brazo, hombre, cuello y espalda.

La misma tiene...

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