Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Mayo de 2015, número de resolución KLAN201500343

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500343
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Mayo de 2015

LEXTA20150529-096 Mapfre Praico v. ELA de PR

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

MAPFRE PRAICO INSURANCE COMPANY, ORIENTAL BANK, H/N/C ORIENTAL AUTO
Apelados
v
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO;
HON. SECRETARIO DE JUSTICIA
Apelantes
KLAN201500343
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Bayam�n Caso N�m.: D AC2013-3047 Sobre: Impugnaci�n de Confiscaci�n

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Brignoni M�rtir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de mayo de 2015.

Comparece ante nos el Estado Libre Asociado de Puerto Rico, a trav�s de la Oficina de la Procuradora General (ELA). Solicit� que se revoque la Sentencia sumaria emitida el 17 de octubre, y notificada el 22 de octubre de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n, en el caso D AC2013-3047. Mediante el referido dictamen, el foro de instancia declar�

Ha Lugar la demanda sobre impugnaci�n de confiscaci�n presentada y orden� la devoluci�n del veh�culo de motor confiscado o el pago de su valor de tasaci�n fijado en $11,000.00.

A la luz de los hechos presentados y el derecho aplicable, se revoca la sentencia recurrida y se devuelve el caso para la continuaci�n de los procedimientos. Veamos.

I.

El 20 de noviembre de 2013, Mapfre Praico Insurance Company y Oriental Bank, h/n/c/ Oriental Auto (el Banco o la parte apelante), present�

ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n, una Demanda sobre impugnaci�n de confiscaci�n contra el Estado Libre Asociado de Puerto Rico (ELA). En esencia, adujo que el ELA confisc� el veh�culo marca Mazda modelo Tribute del a�o 2009, tablilla HLH-192, por alegadamente haber sido utilizado en violaci�n al Art�culo 195 A del C�digo Penal y la Ley N�m. 8 de 5 de agosto de 1987, seg�n enmendada, conocida como Ley de Protecci�n de la Propiedad Vehicular. El veh�culo fue tasado por la cantidad de $11,000. El Banco esboz� que la confiscaci�n es nula e ilegal, por no haberse cumplido con los requisitos exigidos por la Ley de Confiscaciones que cubren la materia y/o por no haberse hecho las notificaciones dentro del t�rmino legal. Adem�s, aleg�

ser tercero inocente.

Oportunamente, el Estado contest� la Demanda, negando las alegaciones. Argument� que las actuaciones de las agencias p�blicas se presum�an correctas, que el Banco ten�a el peso de la prueba para derrotar la legalidad de la confiscaci�n y que el veh�culo fue utilizado en violaci�n al Art�culo 195 A del C�digo Penal de Puerto Rico, seg�n surg�a de las denuncias presentadas contra el se�or Gregory A. Bosques de Jes�s.

Luego de que las partes hicieron uso de los mecanismos de descubrimiento de prueba, el Banco present� el 14 de agosto de 2014, una Solicitud de Sentencia Sumaria. Se�al� que los casos criminales que fueron radicados contra Gregory A. Bosques de Jes�s y que dieron lugar a la confiscaci�n, fueron archivados luego de la celebraci�n de vista preliminar, en la cual no se encontr� causa para acusar. A�adi� que el Estado no recurri� en alzada...

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