Sentencia de Tribunal Apelativo de 3 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201500468

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500468
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2015

LEXTA20150603-004-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

Regi�n Judicial de Caguas

Panel IX

OMEGA ENGINEERING, S.E. �� Apelado
v.
TUFAN TABAK, SU ESPOSA CARMEN M. GONZ�LEZ Y LA SOCIEDAD LEGAL DE BIENES GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; STON�ART, INC. �� Apelantes
KLAN201500468
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala de Caguas Civil. N�m.: E DP2013-0282 (801) Sobre: Da�os y Perjuicios, Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Mart�, la Jueza Dom�nguez Irizarry y la Jueza Lebr�n Nieves

Coll Mart�, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 3 de junio de 2015.������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������������

����������� Comparecen el Sr. Tufan Tabak, su esposa, la Sra. Carmen Gonz�lez y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos (parte apelante) y nos solicitan que revisemos una Sentencia Parcial emitida el 18 de febrero de 2015 y notificada el 24 del mismo mes y a�o.

Mediante la aludida determinaci�n, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, conden� al Sr. Tabak a pagar ciento cincuenta y seis mil novecientos diez d�lares con ochenta y seis centavos ($156,910.86) m�s cinco mil d�lares ($5,000) de honorarios de abogado. De esta Sentencia Omega Engineering, S.E. (Omega o parte apelada), solicit� reconsideraci�n parcial, que fue resuelta en su contra el 27 de febrero de 2015 y debidamente notificada el 4 de marzo de 2015.

� ��������� Por los fundamentos que discutiremos, se confirma la Sentencia apelada.

����������� Veamos los hechos.

I

����������� Es necesario hacer un recuento del trasfondo procesal del caso presentado en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, Omega Engineering S.E. v. Cer�Art, Inc.; UBS Financial Services, Inc.; K PE2009-0508 sobre incumplimiento de contrato y da�os y perjuicios. El 19 de febrero de 2009, Omega present� la precitada reclamaci�n en contra de Cer�Art y UBS. Luego de varias incidencias procesales, el juicio en su fondo se celebr� el 13, 14 y 15 de abril de 2011. El foro primario, luego de aquilatar la prueba testifical y documental, emiti� las siguientes determinaciones de hechos:

1. El 22 de julio de 2008, las partes otorgaron un contrato para el suplido de material de travertino por Cer�Art para el proyecto de Ridgetop Villas (�el Proyecto�) que constru�a Omega en Guaynabo. Los t�rminos del acuerdo fueron recogidos en la Orden de Compra C124-1016 preparada por el Ing. Frankie L�pez de Omega.

2. El contrato era para el suplido de 127,890 pies cuadrados de material travertino comercial color crema (�beige�) para el Proyecto a un precio de $1.90 por pie cuadrado. Aunque se incluyeron otras partidas, el contrato sobre �stas �ltimas se desisti� posteriormente por acuerdo entre ambas partes, quedando el negocio limitado a las losas de travertino.

3. El contrato dispon�a �F.O.B.: Project Site�. El t�rmino �F.O.B.� quiere decir �Free on Board�. Esta es una forma de contrataci�n com�n en la industria que implica que el vendedor de los materiales asume el riesgo y todos los costos asociados al transporte de la mercanc�a hasta su entrega en el punto convenido, en este caso, en el Proyecto de la parte demandante.

4. El contrato dispon�a que los materiales estaban sujetos a aceptaci�n por parte del due�o (�[a]ll materials are subject to owner�s acceptance�).

5. El contrato dispon�a que Cer�Art ten�a la obligaci�n de someter muestras de los materiales que se iban a suplir. El prop�sito de dichas muestras era verificar que el material entregado fuera consistente con lo que se seleccion� y orden�.

6. El Ing. L�pez declar� que Cer�Art le entreg� varias muestras del material de travertino para inspecci�n previo a la contrataci�n.

7. El contrato dispon�a que la primera entrega de material de travertino deb�a realizarse para el 8 de agosto de 2008, y que las entregas de material deb�an ser coordinadas con el gerente del Proyecto para acomodarlas de conformidad al calendario de trabajo (�[d]elivery shall be coordinate[d] with the Project Manager to accommodate its work within the Contractor�s Project Schedule�.

8. Para garantizar el pago de las losas, las partes acordaron que Omega obtuviera una Carta de Cr�dito emitida por UBS. Omega gestion� dicha carta. El costo de dicha gesti�n fue de $2,788.85. Cer�Art se comprometi� a reembolsar a Omega por este pago, lo que se hizo constar en la Orden de Compra como parte del contrato.

9. Entre agosto y diciembre de 2008, Cer�Art envi� siete (7) embarques de mercanc�a a Omega , que fueron recogidos en dos (2) facturas denominadas facturas A y B.

Estas facturas eran por $16,114.20 y $81,988.61, respectivamente. El material fue aceptado y pagado por Omega.�

10. Los gastos de transportaci�n, almacenamiento y gastos asociados al levantamiento de la mercanc�a del muelle relacionados a los materiales objeto de las Facturas A y B fueron satisfechos por la parte demandada.

11. Entre el 13 de enero y el 15 de enero de 2009, Cer�Art hizo entrega a Omega de otros seis (6) embarques de material, que fueron recogidos en una tercera factura (Factura C). El 16 de enero de 2009, Omega pag� a Cer�Art $35,528.42 correspondiente a una porci�n de la Factura C. Qued� pendiente un balance de $70,000 por pagar con relaci�n a dicha factura.

12. El 4 de febrero de 2009, el Ing. L�pez de Omega notific� al Sr. Tabak que se hab�a detectado que las losas que se hab�an recibido en el Proyecto provenientes del �ltimo embarque no eran consistentes con el material ordenado. Omega se neg� a pagar hasta que se verificara la mercanc�a.

13. Entre el 19 y 20 de febrero de 2009, Omega devolvi� a Cer�Art 46 paletas de material, equivalentes a 16,425 pies cuadrados de travertino, que fue rechazado por Omega porque no correspond�a al material que hab�a sido contratado.

14. El Sr. Gallo expres� en su informe que las losas suministradas por Cer�Art: �presentaban un fuerte contraste entre ellas no solo en la tonalidad ―que deb�a ser un color crema claro― sino que hab�a losas con otros colores tales como grises, rojo-vino, y anaranjadas, etc., que estaban muy lejos de dar una apariencia agradable a la vista, sino todo lo contrario. Muchas losas ten�an huecos de m�s de dos pulgadas de di�metro que hab�an sido rellenadas o �tapadas� con cemento blanco sin haber tenido el debido cuidado de usar tintes id�neos y aceptables para igualar el color de la losa. Muchos de estos huecos ten�an residuos de un contorno de �xido que caracteriza un producto definitivamente de inferior calidad, adem�s de presentar una superficie no apomazada en esas �reas que hab�an sido tratadas con el tape de cemento.

15. Cer�Art vendi� a terceros el material rechazado que le fue devuelto por Omega.

16. En febrero de 2009, Cer�Art cobr� a UBS $70,000 contra la Carta de Cr�dito de Omega emitida para garantizar la Orden de Compra. Dicho cobro correspond�a a las losas que fueron devueltas por Omega y que fueron posteriormente vendidas por Cer�Art. Es decir, la parte demandada cobr� dos veces por estas losas.

17. Cer�Art hizo el cobro a UBS a pesar de que hab�a sido notificada por Omega del rechazo de las losas y de que la Orden de Compra le daba la potestad expresa al comprador de aceptar o no el material entregado.

18. Cer�Art no s�lo cobr� dos veces por las losas, sino que present� a UBS una factura por cargos de �demurrage� asociados con los gastos de levantar la mercanc�a de los muelles. Estos cargos eran improcedentes porque, trat�ndose de un contrato �F.O.B.: Project Site�, los gastos para la transportaci�n de...

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