Sentencia de Tribunal Apelativo de 3 de Junio de 2015, número de resolución KLRX201500016

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRX201500016
Tipo de recursoRecursos extraordinarios
Fecha de Resolución 3 de Junio de 2015

LEXTA20150603-015-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

ALDARONDO & L�PEZ BRAS, PSC
Peticionario
v.
HON. JIMMY VILLALOBOS GONZ�LEZ, Juez Superior del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo
Peticionado
KLRX201500016
MANDAMUS en jurisdicci�n original bajo las Reglas 55(G)y (J) del Reglamento del Tribunal de Apelaciones Civil N�m.: C CD2013-0199 Sobre: Mandamus

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Jim�nez Vel�zquez, Jueza Ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 3 de junio de 2015.

����������� Aldarondo & L�pez Bras, PSC, present� el 13 de mayo de 2015 Urgente petici�n de mandamus para que el Hon. Jimmy Villalobos Gonz�lez, Juez Superior del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, atendiera y resolviera, en un plazo perentorio, varias solicitudes relacionadas al cobro de la Sentencia por honorarios de abogado dictada contra el Municipio de Arecibo en la cantidad de $319,592.82 de principal e intereses en el caso de ep�grafe. La aludida Sentencia fue emitida el 26 de febrero de 2014.����������

����������� Tras examinar la Moci�n en cumplimiento de orden suscrita por el Juez Villalobos Gonz�lez, mediante la cual paut� una vista de desacato para el pasado martes, 26 de mayo de 2015, desestimamos la petici�n de mandamus por acad�mica.

����������� Nos explicamos.

I

����������� De la propia petici�n de mandamus surge que en Aldarondo & L�pez Bras, PSC v. Municipio de Arecibo y Otros, Caso Civil N�m. C CD20130199, ventil�ndose en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, se dict� Sentencia el 26 de febrero de 2014, la cual fue notificada el d�a 28 de dicho mes y a�o. Mediante dicha Sentencia se conden� al Municipio de Arecibo a pagar las siguientes partidas:

� $288,250.54 por servicios profesionales prestados y gastos incurridos durante el periodo de los meses de febrero de 2012 hasta febrero de 2013;

� $23,002.45 por intereses por mora sobre el principal al 31 de diciembre de 2013, los cuales se acumulan a raz�n de $43.38 diarios, a partir del 1 de enero de 2014 hasta su saldo; y

� al pago de intereses legales post sentencia, calculados sobre el principal e intereses por mora, conforme la Regla 44.3(a) de las de Procedimiento Civil de 2009.

����������� Entretanto, Aldarondo & L�pez Bras, PSC (ALB) present� una petici�n de mandamus ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo, bajo la identificaci�n alfanum�rica C PE2014-0240 mediante el cual procur� el cobro de dicha sentencia. El 10 de junio de 2014, el foro primario declar� No Ha Lugar la expedici�n del auto de mandamus.

Entonces, ALB acudi� en alzada mediante el recurso...

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