Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Junio de 2015, número de resolución KLCE201500052

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201500052
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución10 de Junio de 2015

LEXTA20150610-006-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL I

�NGEL M. LIMERY VILLANUEVA
Recurrido
v.
ANG�LICA NIEVES OJEDA
Peticionaria
KLCE201500052
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan Caso N�m.: K AC2011-1208 Sobre: Nulidad de Contrato de Compraventa

Panel integrado por su presidenta, la Juez Fraticelli Torres, la Juez Ortiz Flores y el Juez Ramos Torres.

Ramos Torres, Juez Ponente

SENTENCIA

����������� En San Juan, Puerto Rico a 10 de �junio de 2015.

Comparece ante este Tribunal de Apelaciones, Ang�lica Nieves Ojeda (Nieves Ojeda o peticionaria), y nos solicita que revoquemos la resoluci�n emitida el 15 de diciembre de 2014, notificada el 22 del mismo mes, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan (TPI). Mediante dicho dictamen, el TPI declar� no ha lugar la solicitud de desacato presentada por la peticionaria.

Por los fundamentos que exponemos a continuaci�n, se expide el auto de certiorari y se revoca la resoluci�n recurrida.

I.

La se�ora Nieves Ojeda y el se�or �ngel M. Limery Villanueva (Limery Villanueva o recurrido), obtuvieron sentencia de divorcio el 17 de octubre de 1995. En dicha sentencia, como parte de la pensi�n alimentaria en beneficio de la hija menor procreada durante el matrimonio, Limery Villanueva se oblig� a satisfacer el pago de la hipoteca de la propiedad inmueble perteneciente a la Sociedad Legal de Bienes Gananciales que formaban las partes.

Pasado varios a�os, el 29 de septiembre de 1997, las partes suscribieron un �Contrato de Compraventa� mediante la Affidavit N�m.

2710. En el mismo las partes se obligaron a firmar una escritura p�blica donde Limery Villanueva ceder�a su participaci�n en el inmueble a Nieves Ojeda por la cantidad de $2,914.08. Dicha cantidad representaba los atrasos del recurrido con el acreedor hipotecario como parte de la pensi�n alimentaria.

Las partes nunca suscribieron la escritura. A causa de ello, el 1 de noviembre de 2011, Limery Villanueva present� �Demanda en Solicitud de Nulidad de Contrato de Compraventa por ser Simulado y en Solicitud de Divisi�n de Bienes Gananciales�. Arguy� que, a pesar de requerirlo en m�ltiples ocasiones, Nieves Ojeda se neg� a otorgar la escritura y el relevo de deuda a favor del recurrido. Solicit� al TPI que declarara nulo el contrato de compraventa suscrito entre las partes y en consecuencia, dividiera el bien inmueble en partes iguales.

El 23 de noviembre de 2011 Nieves Ojeda contest� la demanda. No obstante, el 27 de octubre de 2014 las partes presentaron un acuerdo de transacci�n denominado �Estipulaci�n�. All�, acordaron lo siguiente:

1. La parte demandante [Limery Villanueve] se compromete a suscribir en el t�rmino de 15 d�as, a partir de la notificaci�n de la Sentencia acogiendo la presente estipulaci�n, la escritura de compraventa trasladando el t�tulo de propiedad de la participaci�n que posee en el inmueble a la demandada, seg�n dispuesto en el contrato de compraventa.

2. Los gastos en honorarios de notario y aranceles ser�n pagados por la demandada [Nieves...

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