Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Junio de 2015, número de resolución KLRA201500549

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500549
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución10 de Junio de 2015

LEXTA20150610-022-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

JUAN PE�A LUGUERA,
Recurrente,
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCI�N Y REHABILITACI�N,
Recurrida.
KLRA201500549
REVISI�N procedente del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n. Querellas N�ms.: 215-15-0074 215-15-0076 215-15-0082 210-15-0056.� Sobre: Revisi�n administrativa

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Romero Garc�a, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 10 de junio de 2015.

La parte recurrente, Juan Pe�a Luguera (Sr. Pe�a), inst� el presente recurso de revisi�n por derecho propio el 20 de mayo de 2015, recibido en la Secretar�a de este Tribunal el 28 de mayo de 2015.� En �l, recurre de varias resoluciones del Departamento de Rehabilitaci�n y Correcci�n (Divisi�n) emitidas el 13 de abril de 2015, y notificadas el 14 de mayo de 2015.� Mediante estas, la parte recurrida confirm�

la imposici�n de sanciones disciplinarias al Sr. Pe�a.�

Examinado el escrito del recurrente, as� como los documentos anejados al mismo, prescindimos de la comparecencia del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n.� Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, confirmamos las determinaciones recurridas.�

I.

����������� �Los hechos que culminaron con las sanciones disciplinarias impuestas al Sr. Pe�a ocurrieron en las instituciones correccionales de Bayam�n 501 y Anexo 448 Bayam�n.� La controversia ante nos gira en torno a cuatro querellas distintas.� Veamos.

Querella N�m. 215-15-0074

����������� Dicha querella se present� el 12 de febrero de 2015.� El Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias determin� que el Sr. Pe�a cometi�

el acto prohibido tipificado en la reglamentaci�n aplicable como �ruidos excesivos e innecesarios�.� En espec�fico, que al ser llamado para la entrega de sus medicamentos, el Sr. Pe�a grit� palabras soeces a la parte querellante.�

Por ello, se impuso como sanci�n la privaci�n de los privilegios de visitas, recreaci�n y el uso de la Comisar�a, desde el 5 de abril de 2015, hasta el 4 de mayo de 2015. �Lo anterior, a la luz de la totalidad del expediente y luego de celebrarse una vista disciplinaria.

Querella N�m. 215-15-0076

La mencionada querella fue instada el 13 de febrero de 2015.� El Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias determin� que el Sr. Pe�a cometi�

los siguientes actos prohibidos: incendio o su tentativa; amenaza o su tentativa, y desobediencia a una orden directa.� De la Resoluci�n correspondiente surge que el Sr. Pe�a se encerr� en su celda y obstruy� la puerta.� Al ser ordenado a abrir la puerta se neg� y expres� que iba a prender un fuego.�

Posteriormente, el Oficial querellante logr� abrir la puerta y vio que hab�a papel incendiado.� A su vez, tambi�n surge de la mencionada Resoluci�n, que el Sr. Pe�a amenaz� a la parte querellante con cortarlo.

Por ello, se le impuso como sanci�n la privaci�n de los privilegios de visitas, recreaci�n y el uso de la Comisar�a, desde el 5 de mayo de 2015, hasta el 4 de julio de 2015.� Lo anterior, a la luz de la totalidad del expediente y luego de celebrarse una vista disciplinaria.

Querella N�m. 215-15-0082

����������� Dicha querella se inco� el 17 de febrero de 2015.� El Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias determin� que el Sr. Pe�a cometi�

los siguientes actos prohibidos: violar las reglas de seguridad de la Administraci�n de Correcci�n, que no est�n tipificadas en el Nivel I de severidad, y estar en un �rea no autorizada.� Surge que el Sr. Pe�a escal� un tubo de riego de incendio.� Para ello, utiliz� una s�bana que amarr� a la rejilla de un tragaluz.�

As� pues, se le impuso como sanci�n la privaci�n de los privilegios de visitas, recreaci�n y el uso de la Comisar�a, desde el 4 de julio de 2015, hasta el 2 de septiembre de 2015.� Lo anterior, a la luz de la totalidad del expediente y luego de celebrarse una vista disciplinaria.

Querella N�m. 210-15-0056�

����������� Por �ltimo, la citada querella se present� el 3 de marzo de 2015.� El Oficial Examinador de Vistas Disciplinarias determin� que el Sr.

Pe�a cometi� los siguientes actos prohibidos: da�os a la propiedad perteneciente al Estado o a propiedad personal valorada en $50 o m�s o su tentativa, y disturbios.� Se desprende que la querella se inco� debido a que el Sr. Pe�a prendi� una celda en fuego y le ocasion� da�os a la propiedad.�

Por ello, se impuso como sanci�n la privaci�n de los privilegios...

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