Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Junio de 2015, número de resolución KLRA201500274

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500274
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Junio de 2015

LEXTA20150615-016-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE GUAYAMA

PANEL VII

JUAN CARRI�N TORRES
Recurrente
v.
DEPARTAMENTO DE CORRECCI�N Y REHABILITACI�N
Agencia Recurrida
KLRA201500274
Revisi�n administrativa procedente del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n Remedio administrativo n�m.:� MA-1473-14 Sobre:� Autorizaci�n para contraer matrimonio

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos

S�nchez Ramos, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de junio de 2015.

El confinado Juan Carri�n Torres (�Carri�n Torres�), comparece ante nosotros mediante recurso de Revisi�n Judicial, y nos solicita que revisemos una resoluci�n de la Divisi�n de Remedios Administrativos del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n, mediante la cual se deneg� la solicitud de remedio administrativo presentada por �ste.

Por los fundamentos que discutiremos, se revoca la resoluci�n recurrida.

I.

����������� El 11 de agosto de 2014, Carri�n Torres present� una solicitud de remedio administrativo1

(�la Solicitud�) ante la Divisi�n de Remedios Administrativos del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n (�la Divisi�n de Remedios�).� Carri�n Torres solicit�

que se le ordenara a la se�ora Brenda Ramos, T�cnico Sociopenal de la Instituci�n de M�xima Seguridad de Ponce (�la Sociopenal�), iniciar el tr�mite de autorizaci�n para que �l pudiera contraer matrimonio con la Sra. Mar�a de los �ngeles Garc�a Rovira.

����������� Mediante respuesta emitida el 19 de agosto de 2014, la Sociopenal expres� que en la reuni�n que tuvo el 11 de agosto de 2014 con Carri�n Torres le inform� que uno de los criterios que el reglamento establece para contraer matrimonio es que la relaci�n sea previa al confinamiento.2

�Debido a que la relaci�n de Carri�n Torres no cumpl�a con este criterio, la Sociopenal le inform� que su caso no cualificaba para autorizaci�n para contraer matrimonio. Seg�n surge del expediente, Carri�n Torres recibi� copia de la respuesta el 11 de septiembre de 2014.

El 29 de septiembre de 2014, recibida por el Coordinador Regional el 9 de octubre de 2014, Carri�n Torres solicit� reconsideraci�n de la respuesta emitida.

Mediante resoluci�n del 2 de diciembre de 2014, el Coordinador Regional (Divisi�n de Remedios) confirm� la respuesta emitida porque la misma fue responsiva a la solicitud de Carri�n Torres, inform�ndole de los criterios aplicables a la solicitud de matrimonio. �Adem�s...

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