Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Junio de 2015, número de resolución KLRA201500608

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500608
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Junio de 2015

LEXTA20150615-020-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE BAYAM�N Y UTUADO

PANEL VI

JENNY SANTOS S�NCHEZ,
Recurrente,
v.
NEGOCIADO DE SEGURIDAD DE EMPLEO (NSE),
Recurrida.
KLRA201500608
REVISI�N ESPECIAL procedente del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Negociado de Seguridad de Empleo (Apel. N�m. CR-01425-15S). Sobre: Inelegibilidad a los beneficios de compensaci�n por desempleo (Secci�n 4 (b) (2) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico).

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.

Romero Garc�a, jueza ponente.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de junio de 2015.

La Sra. Jenny Santos S�nchez (Sra. Santos) present� por derecho propio un recurso de revisi�n especial, de conformidad con la Regla 67 del Reglamento de este Tribunal, 4 LPRA Ap. XXII-B, R. 671.� En su recurso, solicita que revoquemos una decisi�n del Secretario del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos (Secretario), que resolvi� que es inelegible para recibir los beneficios de compensaci�n del seguro por desempleo.� La Sra. Santos indica que, como resultado de la decisi�n del Secretario, el Negociado de Seguridad de Empleo le suspendi� los beneficios por desempleo.� Adicionalmente, la Sra.

Santos reclama el rese�alamiento de una vista evidenciaria ante el �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones del Negociado.

La Sra. Santos acompa�� su recurso de revisi�n especial con una Declaraci�n en Apoyo de Solicitud para Litigar como Indigente (In Forma Pauperis). �Luego de evaluar dicha solicitud, autorizamos a la Sra. Santos a comparecer in forma pauperis, a los efectos �nicos de este recurso.� �

Evaluados los autos del caso, a la luz del derecho aplicable, se confirma la determinaci�n del Secretario del Trabajo y Recursos Humanos, que resolvi� que la Sra. Santos es inelegible para recibir los beneficios de compensaci�n de seguro por desempleo.

I.

En su escueta solicitud, la Sra. Santos aduce que renunci� a su empleo y que desea la celebraci�n de una vista.� Conforme surge de la decisi�n del Secretario2, su patrono fue el Supermercado Selecto de Venus Gardens Plaza, San Juan.� Adem�s, surge que la Oficina Local del Negociado concedi� inicialmente los beneficios por desempleo a la recurrente, mediante una determinaci�n de 7 de octubre de 2014.� Esta fue impugnada por el patrono.

Mediante una Resoluci�n dictada por el �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones el 1 de abril de 2015, este descalific� a la Sra. Santos para recibir los beneficios de compensaci�n por desempleo3.�

Ello, conforme a lo dispuesto en la Secci�n 4 (b) (2) de la Ley de Seguridad de Empleo, 29 LPRA sec. 704 (b) (2), y luego de la celebraci�n de una audiencia evidenciaria a la que la recurrente no compareci�, ni justific� tal incomparecencia.� No conforme, la Sra. Santos present� su apelaci�n ante el Secretario del Trabajo y Recursos Humanos.� Evaluado el expediente, as�...

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