Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Junio de 2015, número de resolución KLCE201500566
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500566 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2015 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de San Juan Civil. N�m. K AC2014-0597 Sobre: Impugnaci�n de laudo parcial emitido por la Comisi�n Apelativa de Servicio P�blico AQ-06-639 |
Panel integrado por su presidente, el Juez� Vizcarrondo Irizarry, la� Jueza Colom Garc�a y el Juez Steidel Figueroa
Steidel Figueroa, Juez Ponente
Sentencia
�� En San Juan, Puerto Rico, a 17 de junio de 2015.
����������� �� El Departamento de Educaci�n nos solicita que revoquemos una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, [TPI], que desestim� un recurso de revisi�n instado por la aqu�
recurrente para que revisara un laudo de arbitraje. La desestimaci�n se bas� en que el recurso instado por el Departamento de Educaci�n incumpli�
sustancialmente con las disposiciones reglamentarias que regulan el proceso instado. Con la comparecencia de la parte recurrida, expedimos el auto de certiorari solicitado, revocamos y devolvemos el caso al foro recurrido para procedimientos ulteriores.
����������� El Departamento de Educaci�n notific� en el a�o 2006 a Nelson Pomales Nieves y a otros maestros que laboraban para la agencia un cambio de estatus de empleado regular a empleado transitorio. La legalidad de este cambio se encuentra cuestionada al presente. Tambi�n se les notific� que cesaban de labores por terminaci�n de su contrato. La Federaci�n de Maestros de Puerto Rico, entonces representante exclusivo de la unidad apropiada, inst� una querella en la Oficina de Conciliaci�n y Arbitraje de la Comisi�n de Relaciones del Trabajo del Servicio P�blico como representante de Pomales Nieves y de otros maestros afectados por la acci�n de la agencia.
Tras varios incidentes procesales, el asunto se refiri� a un �rbitro. Este emiti� un laudo parcial en el que concluy� que el Departamento de Educaci�n no observ� las garant�as de debido proceso de ley aplicables al realizar las cesant�as. Concluy�, adem�s, que la agencia incumpli� los plazos que establece la Ley de Procedimiento Administrativos Uniformes, Ley N�m. 170 de 12 de agosto de 1988, 3 LPRA sec. 2101 et seq., y disposiciones del Convenio Colectivo. El laudo orden� al Departamento de Educaci�n eliminar el informe de cambio de estatus de Pomales Nieves, que se le asignara el estatus de empleado permanente y que se revirtiera la cesant�a.
El Departamento de Educaci�n cuestion� el...
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