Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Junio de 2015, número de resolución KLRA201500270
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500270 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 17 de Junio de 2015 |
| KLRA201500270 | |
Panel integrado por su presidente, el Juez� Vizcarrondo Irizarry, la� Jueza Colom Garc�a y el Juez� Steidel Figueroa
Steidel Figueroa, Juez Ponente
Sentencia
En San Juan, Puerto Rico, a �17 de junio de 2015.
Iris A. Ocasio Sandoval nos solicita que revisemos la resoluci�n emitida y notificada por la Comisi�n Apelativa del Servicio P�blico el 16 de enero de 2015. En el dictamen recurrido la Comisi�n deneg� la apelaci�n instada por la recurrente en cuanto a la reclasificaci�n del puesto que ocupaba en la Administraci�n de Instituciones Juveniles [por sus siglas, �AIJ�]1, entre otros planteamientos. Luego de evaluar los escritos de las partes, disponemos de este recurso de revisi�n judicial de una determinaci�n administrativa.
Ocasio Sandoval cuestion� ante la extinta Junta de Apelaciones del Sistema de Administraci�n de Personal2, hoy conocida como la Comisi�n Apelativa del Servicio P�blico [por sus siglas, �CASP�], la reclasificaci�n de su puesto como Oficial de Programas de Recursos Humanos I a Especialista de Recursos Humanos II. Esta acci�n de personal fue ejecutada en virtud del Plan de Clasificaci�n implantado por la agencia el 1 de junio de 1999 y fue notificada el 18 de agosto de 1999. En la apelaci�n Ocasio Sandoval solicit� ser reclasificada como Subdirectora de Recursos Humanos por entender que se desempe�aba como tal e impugn� la designaci�n de Miguel Santiago a dicho puesto.
Luego de varios tr�mites, que no son necesarios aqu� pormenorizar, los d�as 2 y 3 de diciembre de 2014 el foro adjudicativo interagencial para la gesti�n del capital humano en el servicio p�blico celebr� la vista formal respecto a la acci�n de personal impugnada. En dicha vista la parte promovente present� su propio testimonio as� como prueba documental bajo la alegaci�n principal de que previo a la implantaci�n del Plan de Clasificaci�n de 1999 el puesto que ocupaba era funcionalmente reconocido como Subdirectora de Recursos Humanos, puesto que fue incluido en el nuevo Plan. La AIJ, por su parte, present� el testimonio de Mar�a Victoria Rivera Gonz�lez, Especialista de Recursos Humanos II.
Recibida toda la prueba, el 8 de diciembre de 2014 el Oficial Examinador emiti� el correspondiente informe del cual surge como determinaci�n de hecho esencial que en virtud del Plan de Clasificaci�n de 1999 la AIJ clasific� el puesto de Ocasio Sandoval como Especialista de Recursos Humanos II, cuyo salario b�sico aument� de $2,917 a $2,979 mensual. En su informe el Oficial Examinador evalu� si proced�a reclasificar retroactivamente al momento de la implantaci�n del Plan de Clasificaci�n del 1 de junio de 1999 el puesto que ocupaba Ocasio Sandoval al de Subdirectora de Recursos Humanos. Como cuesti�n de derecho, el Oficial Examinador concluy� que la recurrente no estableci� con evidencia sustancial las funciones que ejerc�a como Oficial de Programas de Recursos Humanos I y c�mo contrastaban estas con las funciones y deberes del puesto de Subdirector de Recursos Humanos, oficialmente creado por el Plan de Clasificaci�n de 1999. A continuaci�n citamos las conclusiones plasmadas en el correspondiente informe:
Seg�n anticipado, la Apelante se limit� a mencionar en la vista administrativa que las funciones realizadas como Oficial de Programas de Recursos Humanos I previo el Plan de Clasificaci�n de 1999 eran propias de una Subdirectora de Recursos Humanos, y que �supervisaba a otros supervisores de recursos humanos� al 14 de septiembre de 1999. Por otro lado, la Apelante no present� el cuestionario de clasificaci�n de funciones correspondiente, la especificaci�n de clases de los puestos concernidos, ni cualquier otra prueba testifical o documental que describa las funciones y naturaleza de dichos puestos. Igual ocurri� con la preparaci�n acad�mica, experiencia m�nima, conocimientos y habilidades que requiere un incumbente para ejercer los puestos en cuesti�n.
La Apelante trata de fundamentar su causa de acci�n �nicamente con el hecho de que el puesto que ejerc�a previo al Plan de Clasificaci�n de 1999 fue funcionalmente reconocido como Subdirectora de Recursos Humanos. Sin embargo, la Apelante no present�
prueba sobre las funciones que realizaba en la agencia, ni acredit� en qu�
forma la Apelada omiti� seguir sus propias disposiciones al momento de reclasificar su puesto en el Plan de Clasificaci�n de 1999. La Apelante sencillamente no expuso cu�les eran las funciones realizadas, en qu�
consist�an, ni c�mo contrastaban con las funciones y deberes del puesto de Subdirector(a) de Recursos Humanos oficialmente creado por el Plan de Clasificaci�n de 1999.
[�] Como las meras alegaciones y teor�as no constituyen prueba, le correspond�a a la Apelante presenta prueba sobre �stas. Frente a esta carencia probatoria, la Comisi�n debe confirmar la determinaci�n de la Apelada3.
Emitido dicho informe, el 16 de enero de 2015 el Panel de Comisionados Asociados designado de la CASP acogi� las determinaciones de hechos y conclusiones de derecho recomendadas por el Oficial Examinador, el licenciado Daniel Valent�n Figueroa. As� acogidas, en virtud de la resoluci�n recurrida la Comisi�n deneg� la apelaci�n administrativa instada por Ocasio Sandoval para impugnar la reclasificaci�n de su...
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