Sentencia de Tribunal Apelativo de 22 de Junio de 2015, número de resolución KLCE201500795
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500795 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 22 de Junio de 2015 |
EL PUEBLO DE PUERTO RICO ����������� Recurrido ����������� ���� V. JOS� A. MACHUCA LUCAS ����������� Peticionario | � �KLCE201500795 | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n Sobre:� Art. 404 S.C. y Otros Caso N�mero: D SC2013G0791 y Otros |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Coll Mart�, la Juez Dom�nguez Irizarry y la Juez Lebr�n Nieves
Dom�nguez Irizarry, Juez Ponente
RESOLUCI�N
En San Juan, Puerto Rico, a 22 de junio de 2015.
El peticionario, se�or Jos� A. Machuca Lucas, comparece ante nos, y solicita nuestra intervenci�n a los fines de que corrijamos, a tenor con la Regla 185 de Procedimiento Criminal, la Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n el 17 de octubre de 2013.
����������� Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se deniega el recurso solicitado y se devuelve el caso al foro primario para que atienda la Moci�n Solicitando Reconsideraci�n de Sentencia [y] Aplicaci�n de Ley 246 con las Leyes Especiales C�digo Penal 2012 de Puerto Rico presentada por el peticionario.
����������� Surge del expediente tra�do a nuestra consideraci�n que el 17 de octubre de 2013, el peticionario fue sentenciado a cumplir una pena total de veinte (20) a�os de c�rcel por infracciones al Art�culo 5.06 de la Ley de Armas, Ley N�m. 404 del 11 de septiembre de 2000, 25 LPRA sec. 458, y al Art�culo 406 de la Ley de Sustancias Controladas, Ley N�m. 4 del 23 de junio de 1971, seg�n enmendada, 24 LPRA sec. 2406.� La sentencia antes dispuesta fue dictada luego de que el peticionario hiciera una alegaci�n de culpabilidad y el foro primario aceptara la alegaci�n preacordada con el Ministerio P�blico.
����������� As� las cosas, el 12 de mayo de 2015, el peticionario present� una Moci�n Solicitando Reconsideraci�n de Sentencia [y] Aplicaci�n de Ley 246 con las Leyes Especiales C�digo Penal 2012 de Puerto Rico ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayam�n.� Sin embargo, en el ep�grafe de dicha moci�n, el peticionario hizo alusi�n al Tribunal de Apelaciones de Bayam�n.� El 8 de junio de 2015, la Secretar�a Criminal del Tribunal de Primera Instancia de Bayam�n nos refiri� dicho asunto para nuestra atenci�n.
Luego de examinar el expediente de autos, estamos en posici�n de disponer del presente asunto.
La Regla...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba