Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Junio de 2015, número de resolución KLRX201500027
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRX201500027 |
Tipo de recurso | Recursos extraordinarios |
Fecha de Resolución | 25 de Junio de 2015 |
| | Recurso Extraordinario procedente del Departamento de Salud de Puerto Rico Querella N�m.: QF-2014-097 Sobre: Acci�n Disciplinaria |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Brignoni M�rtir y la Jueza Romero Garc�a.
Brignoni M�rtir, Jueza Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 25 de junio de 2015.
Comparece ante nos Omariliz Berm�dez L�pez (se�ora Berm�dez L�pez o la Peticionaria), mediante el recurso de ep�grafe presentado el 28 de mayo de 2015. En su recurso, nos solicita que expidamos el auto de mandamus y que le ordenemos a la Junta de Farmacia de Puerto Rico (la Junta o la Peticionada) que desestime la Querella Formal incoada en su contra y se le renueve a la Peticionaria su certificado de Auxiliar de Farmacia.�
Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se desestima el recurso presentado por no haberse emplazado conforme a la Regla 55 (j) de nuestro Reglamento y la Regla 4.4 (g) de Procedimiento Civil. Veamos.
����������� Durante el mes de octubre de 2013, la se�ora Berm�dez L�pez solicit� a la Junta de Farmacia de Puerto Rico la renovaci�n de su certificado de auxiliar de farmacia, el cual la Junta no renov�. Posterior a ello, el 19 de febrero de 2014, la Junta present� la Querella Formal #2014097 contra la Peticionaria. En la misma, se le imput� a la se�ora Bermudez L�pez infracciones a los art�culos 4.14 (b), 3, 8 y 9 de la Ley de Farmacias de Puerto Rico, Ley N�m. 247-2004. En consecuencia, se le notific�
el inicio de un procedimiento disciplinario en su contra, el cual podr�a causar que su certificado de t�cnica de farmacia fuese suspendido, revocado o cancelado indefinidamente, as� como la imposici�n de cualquier otro tipo de sanci�n disciplinaria, que a juicio de la Junta fuese aplicable. El 10 de marzo de 2014, la Peticionaria present� Contestaci�n a la Querella Formal.�
����������� As�, pues, el 24 de marzo de 2014, la Junta se�al� una Conferencia con Antelaci�n a Vista Administrativa a celebrarse el 8 de mayo de 2014, a las 10:00 de la ma�ana.� No obstante, el 24 de abril de 2014, la Junta emiti� una Orden de Suspensi�n de Conferencia con Antelaci�n a Vista Administrativa.� En la referida Orden, se le notific� a la Peticionaria que se estar�a expidiendo una notificaci�n para pautar una nueva fecha para la celebraci�n de la Conferencia con Antelaci�n a Vista Administrativa.��
����������� El 18 de noviembre de 2014, la se�ora Berm�dez L�pez present� ante la Junta una Moci�n de Desestimaci�n y Solicitando Renovaci�n de Certificaci�n. En dicho escrito, la Peticionaria aleg� que desde la fecha en que la Junta cancel� la Conferencia con Antelaci�n a Vista Administrativa, no hab�a recibido comunicaci�n o notificaci�n alguna por parte de dicho cuerpo administrativo sobre la Querella incoada en su contra. Agreg� que tales acciones por parte de la Junta le privaban de forma sumaria de su licencia, lo cual iba en contravenci�n del Reglamento General de la Junta de Farmacia de Puerto Rico.� Por consiguiente, peticion� que la Junta le renovara su certificado de auxiliar de farmacia y le desestimara la Querella presentada en su contra.
����������� Atendida la Moci�n de Desestimaci�n presentada por la Peticionaria, el 14 de enero de...
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