Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201500615

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500615
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Junio de 2015

LEXTA20150629-018-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE AIBONITO, ARECIBO Y UTUADO

PANEL XI

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
APELADO
V.
HERMINIO GONZALEZ GALLOZA
APELANTE
KLAN201500615
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Utuado Caso Criminal N�m.�� ISCR201400358 Sobre: apropiaci�n ilegal agravada

Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Cintr�n Cintr�n y la Juez Vicenty Nazario.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a �29 de junio de 2015.

����������� Este caso versa sobre una moci�n al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal presentada por Herminio Gonz�lez Galloza (Gonz�lez Galloza o peticionario). El Tribunal de Primera Instancia de Mayag�ez (TPI) deneg� tal petici�n. Insatisfecho, Gonz�lez Galloza recurre ante este foro apelativo. Procede, en derecho, denegar la expedici�n del auto de certiorari.1

I

Gonz�lez Galloza, quien se encuentra confinado, hizo alegaci�n de culpabilidad por infracci�n a dos (2) art�culos 182 del C�digo Penal sobre apropiaci�n ilegal, en su modalidad de valor del bien mayor de $500.00 y menor de $1,000.00. A su vez, present� una moci�n sobre alegaci�n pre-acordada. �El TPI dict� sentencia y conden� a Gonz�lez Galloza a una pena total de 3 a�os y 9 meses de c�rcel.

����������� En marzo de 2015 la Secretar�a del TPI de Mayag�ez recibi� una moci�n remitida por Gonz�lez Galloza al amparo de la Regla 192.1 de Procedimiento Criminal; violaci�n al debido proceso de ley; mala representaci�n legal y violaci�n de derechos constitucionales. En ella arguy� que hizo alegaci�n de culpabilidad ya que su abogado le inform� que cumplir�a su tiempo en probatoria y en la libre comunidad. Solicit� la celebraci�n de una vista evidenciaria y la asignaci�n de un abogado de oficio que lo represente dignamente para que se deje sin efecto, corrija o anule la alegaci�n de culpabilidad y la posterior Sentencia.

El 27 de marzo, notificada el 6 de abril de 2015, el TPI declar� no ha lugar la solicitud de Gonz�lez Galloza.

Insatisfecho, el 23 de abril de 2015, �ste interpuso ante nosotros una solicitud de certiorari en donde le imput� los siguientes errores al TPI:

  1. al no celebrar el caso conforme lo establece la Regla 192.1 de Proc. Criminal, en el inciso (b) �notificaci�n y vista� seg�n el debido proceso de ley;

  2. al pasar por alto los derechos del aqu� peticionario, ante los argumentos de �ndole constitucional, sobre el reclamo de haber sido v�ctima de una mala representaci�n legal, durante todo el proceso judicial en el caso de autos;

  3. al no...

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