Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201500670

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500670
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015

LEXTA20150630-0129-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS-HUMACAO

PANEL IX

ADRIAN O. D�AZ D�AZ �� Peticionario
v.
ASOCIACI�N DE RESIDENTES URBANIZACI�N QUINTAS DE SAN LUIS, INC. �� Recurrida
KLAN201500670
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala de Caguas Civil. N�m.: E AC2011-0146 (612) Sobre: Sentencia Declaratoria

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Mart�, la Jueza Dom�nguez Irizarry y la Jueza Lebr�n Nieves

Coll Mart�, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.

����������� Comparece el Sr. Adri�n O. D�az D�az y nos solicita que revisemos una Sentencia Parcial emitida el 16 de abril de 2013, enmendada el 21 de octubre de 2014 y notificada el 8 de abril de 2015.

Mediante la aludida determinaci�n, el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas, concluy� que la Asociaci�n de Residentes de la Urbanizaci�n Quintas de San Luis (parte apelada o Asociaci�n) no est� impedida de establecer condiciones sobre el acceso a la Urbanizaci�n a aquellos titulares que adeuden cuotas de mantenimiento tales como la desactivaci�n de los dispositivos para entrar. Por los fundamentos que discutiremos, se confirma la Sentencia Parcial apelada y� se devuelve el caso al foro de origen para la continuaci�n de los procedimientos.

����������� Veamos los hechos.

I

����������� El 4 de abril de 2011, el Sr.

D�az D�az present� una demanda sobre sentencia declaratoria y da�os y perjuicios, con la que acompa�� una solicitud de interdicto provisional, preliminar y permanente en contra de la Asociaci�n. En s�ntesis, solicit� que se estableciera que la Asociaci�n estaba impedida de implantar restricciones que le impidieran el libre acceso a la urbanizaci�n a los residentes que tuvieran deudas por las cuotas de mantenimiento y que determinara que el reglamento vigente o parte de sus cl�usulas, son contrarias a la ley. Asimismo, adujo que la Asociaci�n le prohibi� ejercer su voto mediante proxy.�

����������� El 14 de abril de 2011, el foro de origen celebr� una Vista de Interdicto Provisional y determin� que la petici�n era prematura, y� a su vez, solicit� que las partes presentaran Memorandos de Derecho por separado.�

����������� As� las cosas, el 29 de abril de 2011, el Sr. D�az D�az present� una demanda enmendada en la que solicit� que se determinara que no se pod�a restringir a los residentes su derecho a escoger a qui�n pod�an entregarle un poder o proxy, que se determinara que todo cobro adicional de la cuota de mantenimiento, los intereses o penalidades eran contrarios a las disposiciones de la Ley N�m. 21 del 20 de mayo de 1987, seg�n enmendada, mejor conocida como la �Ley de Control de Acceso� y que se le ordenara a la Asociaci�n que desistiera de todo cobro en exceso a lo permitido y que se le devolviera la totalidad del dinero que se le hab�a cobrado en exceso.

����������� Posteriormente, el 18 de mayo de 2011, el apelante present� otra �Petici�n de Entredicho Sumario y Permanente�, en la que sostuvo que el 22 de mayo de 2011 se celebrar�a la Asamblea Anual y que a los residentes que adeudaran cuotas de mantenimiento no se le permitir�a votar. En atenci�n a lo anterior, el 20 de mayo de 2011, el tribunal concluy�

que todos los residentes pod�an ejercer su derecho al voto en la Asamblea.�

����������� Acaecidas varias incidencias procesales, el 27 de febrero de 2013 el apelante present� una �Moci�n Reiterando Petici�n de Entredicho Provisional Preliminar y Permanente� en el que expuso que la Asociaci�n implement� un nuevo sistema de control de acceso que consist�a en un sello o �sticker�, con el fin de sustituir el uso de los �beepers�. El apelante solicit� que se ordenara a la Asociaci�n que no desactivara los referidos sellos de manera unilateral. As� las cosas, el 16 de abril de 2013, el tribunal de primera instancia emiti� una �Sentencia Declaratoria� en la que �nicamente dispuso que la Asociaci�n pod�a establecer condiciones sobre el acceso a la Urbanizaci�n a aquellos titulares que adeudaban cuotas de mantenimiento. As� las cosas, el Sr. D�az D�az present� un recurso de apelaci�n en el KLAN201301157 y, mediante sentencia, otro panel de este Tribunal se declar� sin jurisdicci�n para entrar en los m�ritos del recurso, debido a que la Sentencia apelada carec�a de finalidad al ser la misma un dictamen parcial y el mismo no cumplir con las disposiciones de la Regla 42.3 de Procedimiento Civil. El panel que atendi� el recurso apelativo KLAN201301157 determin�: �procede devolver el caso a Instancia para que enmiende la Sentencia Declaratoria de manera que cumpla con lo dispuesto en la Regla 42.3 de Procedimiento Civil, supra, o en la alternativa, si estima procedente as� hacerlo, que dicte Sentencia en la que disponga tambi�n de las reclamaciones pendientes�.

����������� Acaecidas varias incidencias procesales, el 8 de abril de 2015, el Tribunal de Primera Instancia notific� la Sentencia Declaratoria Enmendada en la que dispuso:

Por no existir raz�n para posponer que se dicte sentencia sobre tales reclamaciones hasta la...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR