Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201500718
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN201500718 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
Benkar Construction and Development Corp. | | Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala de Guayama Caso N�m.: G CD2009-0241 (302) Sobre: Incumplimiento de Contrato; Da�os y Perjuicios; Cobro de Dinero |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos.
Brau Ram�rez, Juez Ponente
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.
����������� La apelada Benkar Construction & Development Corp. (�Benkar�) es una corporaci�n debidamente organizada bajo las leyes de Puerto Rico, dedicada a la construcci�n, con oficinas principales en Naguabo.
����������� Para 2004, Benkar fue contratada por la apelante General Builders Construction Corp. (�GBC�) para realizar los trabajos de hormig�n de la primera fase del proyecto Viviendas de Aires Serenos, que GBC constru�a en el Barrio Hato Abajo del Municipio de Arecibo.1
El due�o y desarrollador del proyecto lo era la apelante Bosque del Plata Development Corp. (�BDP�).
����������� La apelante United Surety and Indemnity Company (�USIC�) emiti� una fianza de pago a favor de GBC en la que se comprometi� a garantizar el pago a los subcontratistas y materialistas que ejecutaran labores en el proyecto.2
����������� En la carta enviada a Benkar por GBD el 6 de julio de 2004, la apelante aclar� que el contrato de Benkar estaba supeditado a que �sta obtuviera una fianza independiente para garantizar el pago de materiales y obra (Payment and Performance Bond) correspondientes a su trabajo.
����������� GBC y Benkar firmaron un Contrato de Servicios y Obras el 19 de agosto de 2005.3
Conforme a los t�rminos acordados, GBC se oblig� a pagar a Benkar dentro de un t�rmino de 15 d�as por los trabajos realizados.4
El contrato permit�a a GBC retener el 10% del pago, el que quedaba sujeto a ciertas condiciones. El art�culo 16 del Contrato conced�a a Benkar la facultad de resolver la obligaci�n en caso en que GBC �persistente y repetidamente�
rehusare o fallase �en pagar las certificaciones en el t�rmino dispuesto en este contrato.�
����������� No obstante, el art�culo 4 del Contrato contemplaba que, en caso en que GBC notificase a Benkar sobre �cualquier defecto, atraso y/o trabajo incompleto que afecte el itinerario de Construcci�n�, Benkar tendr�a un t�rmino para corregirlo. Transcurridos 5 d�as, sin que Benkar hubiera actuado, el contrato dispon�a que GBC �tendr� la opci�n de corregirlo y descontar� dicho costo de la certificaci�n de [Benkar].�
El art�culo 4 a�ad�a que:
[GBC] podr�
rechazar cualquier etapa de trabajo aqu� contratado que considere que es defectuosa o no conforme a lo establecido en los planos de construcci�n o a los reglamentos de construcci�n aplicables y [Benkar] ser� responsable de inmediatamente corregir los defectos a su entero costo quedando entendido que de [Benkar] negarse a corregir los defectos indicados se dar� por terminado este Contrato y [GBC] quedar� facultado para descontar de la partida del retenido en poder de [GBC] el costo del trabajo de reparaci�n, m�s una suma de dinero por costo administrativo que no superar� el quince por ciento (15%) del costo del trabajo...
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����������� En su art�culo 9, Benkar se oblig� a proveer una fianza de Construcci�n y Pago (Payment and Performance Bond) de $4,685,000.00.
����������� Benkar hizo gestiones para obtener la fianza, pero nunca la consigui�, alegadamente porque no ten�a la capacidad financiera requerida. GBC inicialmente no hizo ning�n se�alamiento en torno a esto, a pesar de conocer que Benkar no ten�a fianza.
����������� Benkar llev� a cabo parte de los trabajos5, los que no le fueron pagados en su totalidad. Existe controversia real sustancial entre las partes en torno a lo posteriormente sucedido.
����������� Benkar plantea que llev� a cabo los trabajos de hormig�n durante el curso de la obra y que GBC, no le pag�. El Tribunal de Primera Instancia determin� que GBC generalmente pag� fuera del t�rmino acordado de 15 d�as y que efectu� pagos parciales de certificaciones vencidas. Los t�rminos de los pagos realizados fluctuaron entre los 23 y los 145 d�as, lo que estaba fuera de lo acordado. En dos ocasiones, GBC emiti� cheques que fueron devueltos por el Banco.
����������� La irregularidad en los pagos realizados por GBC motiv�
que Benkar le enviara comunicaciones para el cobro de las certificaciones sometidas. Benkar envi� cartas de cobro a GBC el 18 de mayo de 2005, 30 de mayo de 2005, 1 de junio de 2005, 16 de junio de 2005, 2 de agosto de 2005, 3 de agosto de 2005, 29 de noviembre de 2005 y 14 de diciembre de 2005. En esa �ltima fecha, Benkar notific� a GBC que paralizar�a los trabajos si no se le pagaba la deuda atrasada acumulada, que en ese momento ascend�a a $190,877.01.
����������� Benkar no ejecut� m�s trabajos en la obra luego de diciembre de 2005. Seg�n las determinaciones del Tribunal de Primera Instancia, Benkar ejecut� trabajos en el proyecto por $2,831,735.19, de los cuales se le pag� $2,659,277.66. Qued� un balance no pagado de $172,458.53.6
����������� El 12 de diciembre de 2006, GBC notific� a Benkar que la estaba declarando en incumplimiento de contrato por abandono de la obra. Seg�n hemos indicado, existe controversia entre las partes sobre los motivos para dicha decisi�n. Benkar se�ala que GBC incumpli� con su obligaci�n de pagarle.
����������� Por su parte, GBC alega que fue Benkar quien incumpli�
con su parte del acuerdo. GBC alega que Benkar llev� a cabo sus trabajos de manera defectuosa, lo que le provoc� da�os. El r�cord refleja, en este sentido, que durante la vigencia del contrato, GBC envi� numerosas comunicaciones a Benkar en las que expres� insatisfacci�n con las obras realizadas.
El 5 de mayo de 2005, GBC le escribi� a Benkar quej�ndose de las juntas fr�as en el hormig�n (Ap., p�g. 76). En una comunicaci�n separada, se quej� de la calidad de los hormigones vaciados en varios pisos de las estructuras, se�alando que los resultados estaban �por debajo� de lo requerido en el dise�o. (Ap., p�g. 77). El 31 de mayo de 2005, GBC escribi� a Benkar se�alando que �la calidad de los trabajos de hormigones realizados en las �ltimas unidades no est�n cumpliendo con los est�ndares de calidad aceptables para nuestra empresa�. GBC se�al� que la situaci�n se deb�a a que los moldes que estaba utilizando Benkar estaban deteriorados y le solicit� a la apelada que tomara �acci�n correctiva sobre el asunto.� (Ap., p�g. 80).
����������� El 14 de junio de 2005, GBC se quej� de irregularidades en los tiros de hormig�n del proyecto, y solicit� que �repare y cambie todos los moldes deteriorados antes de continuar con los tiros de hormig�n.� (Ap., p�g. 83). El 27 de julio de 2005, GBC escribi� a Benkar en torno a los tiros de hormig�n en el techo, quej�ndose de las demoras y de que �no estamos produciendo la cantidad necesaria para poder cumplir con el itinerario de trabajo.�
(Ap., p�g. 84). El 16 de agosto de 2005, GBC escribi� a Benkar quej�ndose de atrasos en la cantidad de balcones que se estaban construyendo, los que no estaban siguiendo el ritmo...
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