Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLCE20140992
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE20140992 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo Caso Civil N�m. CA1996-0340 Sobre: alimentos |
Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.
����������� Hemos estudiado detenidamente� los planteamientos formulados por la Oficina de la Procuradora General en su moci�n de reconsideraci�n de la sentencia previamente� dictada y nos persuade su se�alamiento a los efectos de que debe modificarse� nuestro dictamen para eliminar lo relativo al plan de descuento de la pensi�n alimentaria autorizado.
Tiene raz�n la Procuradora al afirmar que aun este tipo de arreglo que ordenamos que �fuera estructurado �por el Tribunal de Instancia� para el reembolso al alimentante de lo pagado en exceso merece ser igualmente visto como un gravamen a la pensi�n futura.� Ello,� independientemente� de su justificaci�n aparente, est� vedado por la jurisprudencia, seg�n concluimos en nuestra Sentencia.�
����������� De conformidad a lo anterior, declaramos ha lugar la reconsideraci�n presentada y en su consecuencia, se� modifica nuestra Sentencia original a los fines de eliminar� lo dispuesto y ordenado sobre la estructuraci�n de un plan de pago o de reembolso de la pensi�n pagada por el alimentante en exceso en favor de su� hijo menor.
����������� Se dictar� sentencia enmendada a esos efectos.��
Lo acord� y manda el Tribunal y lo certifica la Secretaria.�
JOHANNA�� RIVERA OZOA; PROCURADORA DE ASUNTOS DE FAMILIA, EN REPRESENTACI�N DE LOS INTERESES DEL MENOR | | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Arecibo Caso Civil N�m. CA1996-0340 Sobre: alimentos |
Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.
Gonz�lez Vargas, Juez Ponente.
En San Juan, Puerto Rico a 30 de junio de 2015.
Comparece la Oficina de la Procuradora General, en representaci�n de los intereses del menor defendidos ante el TPI por la Procuradora de Asuntos de Familia y solicita la revocaci�n de la Resoluci�n emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo el 23 de enero de 2014.1
Mediante la referida resoluci�n el TPI, entre otras cosas, le reconoci� un cr�dito de $3,615.20 al alimentante Jos� L. Rivera Santiago (Rivera Santiago o recurrido) y lo relev� del pago de la pensi�n alimentaria de $110.00 mensuales por treinta y tres (33) meses.
Surge del expediente que en el a�o 2007 se le impuso una pensi�n alimentaria a Rivera Santiago de $110.00 mensuales, m�s $100.00 para gastos escolares a favor de su hijo menor de edad. Para el 2008 Rivera Santiago comenz� a recibir los beneficios del seguro social, retroactivo a junio de 2005. El menor comenz� a recibir dichos beneficios en el 2008.2 En cierto momento, Rivera Santiago fue encontrado incurso en desacato por atraso en la pensi�n alimentaria.3
Luego de varios tr�mites procesales y una vista celebrada el 21 de enero de 2014 a la cual comparecieron las partes, el TPI emiti� la resoluci�n bajo nuestra consideraci�n. En ella dispuso:
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Se establece que existe un cr�dito de $3,615.20 al mes de enero a favor del promovido;
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Se releva al promovido del pago de la pensi�n alimentaria fijada de $110.00 mensuales;
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Se deja sin efecto la Orden de Retenci�n de Ingresos, emitida el 19 de marzo de 2013, y se emite una Orden de...
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