Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLCE20150160
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE20150160 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo Caso Civil N�m.�� NSCI2005-00626 Sobre: ejecuci�n de hipoteca |
Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Cintr�n Cintr�n y la Juez Vicenty Nazario.
Gonz�lez Vargas, Juez Ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.
En este caso de cobro de dinero y ejecuci�n de hipoteca el Tribunal de Primera Instancia de Fajardo (TPI) dict�
sentencia y declar� ha lugar la demanda en contra de Beverly Jean Markus Rodr�guez. M�s adelante, Markus Rodr�guez solicit� el relevo de la sentencia.
El foro de instancia declar� no ha lugar la petici�n e insatisfecha Markus Rodr�guez interpuso el recurso de certiorari que nos ocupa.
����������� En el 2005, R&G Mortgage inici� este pleito de cobro de dinero y ejecuci�n de hipoteca en contra de Beverly Jean Markus Rodr�guez. Durante el proceso, R&G cedi� el cr�dito litigioso a RNPM, LLC. En el tr�mite del caso el licenciado Luis G. Salas Gonz�lez, representante de la demandada, present� su renuncia. Surge del expediente que para el 22 de octubre de 2012 �ste someti� una moci�n en la que inform� que el tribunal ten�a una direcci�n de Markus Rodr�guez de una propiedad en Guaynabo en donde �sta ya no resid�a. Inform� que la siguiente era la direcci�n de Markus Rodr�guez: 7117 Ft. Hamilton Pkwy. Apt 2-F, Brooklyn, NY 11228.
El 25 de octubre de 2012 el TPI orden� a Markus Rodr�guez notificar su nueva representaci�n legal en el t�rmino de 15 d�as y le apercibi� que de no hacerlo le anotar�a la rebeld�a. Tal orden fue notificada el 29 de octubre de 2012 a dos direcciones de Markus Rodr�guez; una en Guaynabo la otra en Luquillo. M�s adelante, a solicitud de RNPM, el TPI orden� que se notificara nuevamente la referida orden a la direcci�n actualizada. El 18 de enero de 2013, se renotific� la orden a la direcci�n de Markus Rodr�guez en Brooklyn.
����������� El 4 de febrero de 2014 el TPI le anot� la rebeld�a a Markus Rodr�guez y orden� a la parte demandante someter una declaraci�n jurada con el desglose de los conceptos reclamados y el balance pendiente para cada uno. Esta orden fue notificada el 7 de febrero de 2014 a Markus Rodr�guez a una direcci�n en Luquillo y a la direcci�n en Brooklyn. A las mismas direcciones se notific� una orden de 10 de febrero de 2014, notificada el 14 de igual mes, en la que el TPI refiere a las partes a la orden en la� que se le anota la rebeld�a a la demandada.
����������� El 18 de agosto de 2014, el foro de instancia dict� sentencia. Declar� ha lugar la demanda y orden� a Markus Rodr�guez el pago de la suma adeudada y, en su defecto, la venta en p�blica subasta del bien inmueble hipotecado. Esta sentencia fue notificada por edictos el 25 de agosto de 2014 y adem�s se le notific� a Markus Rodr�guez a su direcci�n en Brooklyn.
����������� En septiembre de 2014, Markus Rodr�guez present� una solicitud de relevo de sentencia por conducto del licenciado Luis G. Salas Gonz�lez. Se detall� que este hab�a acordado con la clienta reanudar su representaci�n legal. A rengl�n seguido inform� una nueva direcci�n para su representada: 7802 4th Ave. #D4, Brooklyn N.Y. 11209. Se�al�
que varias de las notificaciones esenciales fueron enviadas a las direcciones en Puerto Rico, donde ya Markus Rodr�guez no resid�a (Luquillo y Guaynabo).
Ante tal escenario argument� que la sentencia era nula, dado que la demandada no...
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