Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLRA201500395
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500395 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 30 de Junio de 2015 |
ELVIN SOTO SANTIAGO Recurrente ���������� ������v. OFICINA DE GERENCIA DE PERMISOS (OGPE) PEP HOLDINGS, INC, JUNTA REVISORA DE PERMISOS DE USO DE TERRENOS �� ����� Recurridos | | Revisi�n Administrativa procedente de la Oficina de Gerencia de Permisos Casos N�m: 2015-033162-PUS-040837 Sobre: Oposici�n a permiso de uso |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa.
Nieves Figueroa, Juez Ponente
RESOLUCION
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.
Comparece ante nosotros, mediante recurso de revisi�n judicial, el se�or Elvin Soto Santiago (en adelante �se�or Soto� o �recurrente�).� Solicita la revocaci�n de la Resoluci�n emitida por la Oficina de Gerencia de Permisos (en adelante �OGPe�), mediante la cual se expidi� el Permiso de Uso 2015-033162-PUS-040837 a nombre de Pep Gas Station - San Sebasti�n para la operaci�n de una estaci�n de gasolina ubicada en el Municipio de San Sebasti�n.
����������� Examinado el recurso presentado, as� como el derecho aplicable, acordamos revocar la Resoluci�n recurrida.
A continuaci�n incluimos una relaci�n de los hechos pertinentes al caso de ep�grafe, seg�n expuestos en la Sentencia emitida por un Panel hermano de este Tribunal el 19 de diciembre de 2014 en los casos consolidados KLRA201400605 y KLRA201400608:
Seg�n surge del expediente, hace aproximadamente 50 a�os se construy� la Estaci�n con el �nico prop�sito de operar una estaci�n de gasolina. Tras conced�rsele el permiso de uso correspondiente, seguido de otros permisos con el prop�sito de ponerlos a nombre de nuevos adquirientes, la Estaci�n oper� durante a�os, hasta que confront� problemas econ�micos que oblig� a acogerse a las disposiciones de la Ley de Quiebras. El 2 de junio de 2011, el Banco Popular de Puerto Rico, en adelante el Banco, adquiri� la Estaci�n mediante venta judicial y el 16 de marzo de 2012, la vendi� a JQ Enterprises, Inc., en adelante JQ.
El 10 de julio de 2012, JQ vendi� la Estaci�n a PEP. El 23 de julio de 2012, PEP present� una Solicitud de Cambio de Due�o en el Centro de Recaudaci�n de Ingresos Municipales.
Posteriormente, PEP solicit� un permiso de construcci�n para la Estaci�n en la Oficina de Gerencia de Permisos, en adelante OGPe.
El 5 de noviembre de 2012, la OGPe expidi� el Permiso de Construcci�n N�m. 2012-063846-PCO-37460 a favor de PEP. El se�or Soto no recurri� de esta determinaci�n ante la Junta Revisora, ni ante el Tribunal Supremo, al amparo de la Ley N�m. 161-2009, infra.
El 4 de diciembre de 2012, el se�or Soto present� una Querella en la Oficina de Inspector General de Permiso, en adelante OIGPe. Entre sus argumentos se�al� que: 1) el permiso de uso que ten�a la Estaci�n perdi� su validez porque llevaba m�s de 4 a�os cerrada y abandonada; 2) no exist�a en el expediente evidencia de las facturas de agua y luz, ni recibos de compra de gasolina que demostraran que la Estaci�n ten�a un permiso de uso vigente; y 3) el procedimiento correspondiente era solicitar el permiso de uso convencional con la calificaci�n vigente para una estaci�n de gasolina. Por ello, aleg� que el Permiso de Construcci�n N�m.
2012-063846-PCO-37460 se someti� y obtuvo incorrectamente.
El 11 de julio de 2013, el se�or Soto present� una Demanda sobre Injunction Preliminar y Permanente, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, Caso N�m. A PE2013-0029, en la que solicit� que se dejara sin efecto el permiso de construcci�n otorgado por la OGPe y se paralizaran las obras porque la Estaci�n llevaba m�s de 4 a�os cerrada previo a obtener dicho permiso. Aleg� que dicha actuaci�n era contraria a la Ley N�m. 84 de 13 de julio de 1988, la Ley N�m. 161 de 1 de diciembre de 2009 y los requisitos establecidos en el Reglamento Conjunto. Adem�s, aleg� que cuando PEP solicit� el permiso de construcci�n omiti� informar a la OGPe que la estructura estaba cerrada por m�s de 4 a�os y que PEP no compr� una estaci�n de gasolina sino un bien inmueble que no ten�a permiso de uso precisamente por estar cerrada. Destac� que en la Escritura de Compraventa entre el Banco y JQ no se hizo referencia a que el comprador estaba adquiriendo una estructura dedicada a una estaci�n de gasolina, �ni tampoco garantiza ning�n uso particular o espec�fico alguno de la propiedad vendida, siendo enteramente la obligaci�n del comprador obtener cualquier permiso que fuera requerido por las agencias gubernamentales�, lo que hace patente la carencia de cualquier permiso de uso.
El 13 de septiembre de 2013 el tribunal deneg� la solicitud de injunction. Resolvi� que la Querella ante la OIGPe estaba activa y hab�a que agotar primero el proceso administrativo.
Como parte de las facultades que ostentaba al presentarse una Querella, el 29 de octubre de 2013 la OIGPe present� una Demanda sobre Revocaci�n de Permiso, en el Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Sebasti�n, Caso N�m. A2CI2013-00640. Adujo que en el proceso de investigaci�n de la Querella encontr� las siguientes deficiencias: 1) la Estaci�n estuvo cerrada por m�s de 2 a�os y, por tanto, el permiso de uso que tuvo perdi� su efectividad; 2) el proyecto propuesto no cumple con la distancia m�nima de 50 metros de separaci�n requerida a una escuela; 3) no cumple con los patios delantero y lateral derecho; y 4) faltan documentos m�nimos requeridos para la radicaci�n y evaluaci�n del caso.
Solicit� que se revocara el Permiso de Construcci�n N�m. 2012-063846-PCO-37460 por no haberse aprobado siguiendo las disposiciones establecidas en el Reglamento Conjunto. El 11 de diciembre de 2013, el se�or Soto solicit�
intervenir en el pleito.
El 18 de diciembre de 2013, la OIGPe present� una Solicitud de Desistimiento Sin Perjuicio. El 23 de diciembre de 2013, el tribunal concedi� a las partes un t�rmino de 10 d�as para expresarse sobre la solicitud de desistimiento. El se�or Soto no se expres�.
Finalmente, el 30 de diciembre de 2013, notificada el siguiente d�a 31, el tribunal dict� una Sentencia de Archivo por Desistimiento sin perjuicio. El se�or Soto no recurri� de dicha determinaci�n final al Tribunal de Apelaciones.
Por otra parte, el 23 de diciembre de 2013, PEP solicit� un permiso de uso convencional para operar una estaci�n de gasolina con mini market y venta de bebidas alcoh�licas selladas.
En dicha solicitud declar� que el �edificio cuenta con un Permiso de Uso existente para estaci�n de gasolina y mini market con venta de bebidas alcoh�licas selladas�.
El 26 de diciembre de 2013 la OGPe expidi� el Permiso de Uso N�m. 2012-063846-PUS-62478.
En desacuerdo, el 8 de enero de 2014, el se�or Soto present� un recurso de revisi�n administrativa ante la Junta Revisora para cuestionar el referido permiso de uso, Caso N�m.
2014-RVA-14964.
Como un incidente de dicho tr�mite administrativo, el 6...
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