Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLAN20141318

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN20141318
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015

LEXTA20150630-063 The Bank and Trust of PR v. Ruiz Gonzalez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL DE ARECIBO, AIBONITO Y FAJARDO

PANEL XI

THE BANK AND TRUST OF PR
APELADO
V.
ANIBAL RUIZ GONZALEZ Y OTROS
APELADO
V.
NATIONAL MARINE OF PUERTO RICO; RINKER BOATS; MERCURY MARINE Y SEGUROS DESCONOCIDOS
KLAN20141318
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Hatillo Caso Criminal N�m. CD2033-0151 Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Juez Nieves Figueroa y la Juez Rivera Marchand.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.

Rinker Boats (Rinker o apelante) solicita la revisi�n de la Sentencia emitida el 17 de julio de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia de Hatillo (TPI).1 Mediante la misma, el foro apelado declar� Ha Lugar la demanda contra tercero presentada por An�bal Ruiz Gonz�lez (Ruiz Gonz�lez o apelado) en contra Rinker sobre cobro de dinero e incumplimiento de contrato.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, modificamos el dictamen apelado.

I.

Los hechos que originaron esta causa de acci�n comenzaron con una demanda sobre cobro de dinero presentada por The Bank & Trust of Puerto Rico contra Ruiz Gonz�lez. Este, a su vez, present� una demanda contra tercero dirigida a National Marine of PR, Rinker Boats, Mercury Marine, et als.2 En la demanda contra tercero se aleg�

que la lancha Rinker, Modelo 242 que adquiri� de los terceros demandados confront� problemas de calidad desde el momento de su compra. Los desperfectos consist�an en: (a) inhabilidad total de navegar, debido a un mal funcionamiento del motor o una severa falta de poder en el motor, (b) mal funcionamiento del sistema autom�tico de bombeo de agua, (c) problemas de inundaci�n de agua, (d) mal funcionamiento de la pata de la h�lice y los estabilizadores del fondo y (e) problemas de �starter� y alternador. Se arguy� que los terceros demandados eran responsables de dichos defectos, los cuales le ocasionaron da�os. Destac�

que se dej� de pagar la deuda al Bank & Trust of P.R debido a que no pod�an utilizar la lancha. Rinker contest� la demanda en enero de 2006. Aleg� que los terceros demandantes firmaron, como parte de la garant�a de la embarcaci�n, un relevo de responsabilidad.

Tras varios tr�mites procesales, se celebraron vistas los d�as 16 y 17 de noviembre de 2011. Por la parte demandante testific� el hijo de An�bal Ruiz Gonz�lez, An�bal Ruiz Acevedo (Ruiz Acevedo). Randy Rinker declar� por el tercero demandado.3

Ruiz Acevedo expuso que en julio de 2001 compr� una lancha Rinker en National Marine por $62,500.00. Destac� que era el operador del bote que utilizaban para el disfrute familiar. Pudo utilizar el bote unas quince veces aproximadamente, y su padre An�bal Ruiz Gonz�lez estuvo en el bote, quiz�s en cuatro de esas ocasiones.4 Atest� que llev� el bote a la garant�a en unas seis o siete ocasiones. Relat� que en el a�o 2001 la embarcaci�n no vaciaba el agua de su interior; entend�a que las bombas no estaban funcionando. Como consecuencia la embarcaci�n estuvo dos semanas en garant�a. En otra ocasi�n se le parti� la polea y el tensor estaba trancado. Le compr� la polea y se la instal� un mec�nico de la marina. Continu� relatando que para semana santa del 2002 se dirig�an a Saint Thomas y Saint John, pero la embarcaci�n no pod�a �planear�. Las bombas no estaban sacando el agua. Explic�

que mud� la gente de su bote para salvarlo, pues hubo da�os el�ctricos. La embarcaci�n de su amigo los remolc� hasta Culebra donde la lancha estuvo varios d�as en lo que lograron prenderla y regresarla a salvo. Atest� que el bote estuvo dos meses en la garant�a luego del �ltimo incidente. Cuando se la entregaron la prob� en la bah�a de Cata�o con un empleado de National Marine.5

El testigo tambi�n narr� que el 25 de julio de 2002 entre la Playa Buy� y el Balneario de Boquer�n se apagaron los motores de la lancha y los dej� a la deriva. La regres� a su casa en donde la almacen�

hasta el a�o 2007. Expres� que llam� a National Marine y les dijo que no le interesaba la lancha. Subray� que no pudo disfrutar del bote debido a las constantes aver�as.6

Posteriormente, el TPI emiti� la Sentencia que hoy revisamos. Determin� que tanto National como Rinker fueron negligentes al no cumplir efectivamente con el contrato de garant�a otorgado y que ello priv�

a Ruiz Gonz�lez de utilizar la lancha para el prop�sito que la adquiri�. En esencia, orden� a Rinker:

Al pago del precio de venta de la embarcaci�n: $65,000.00. Si se aplica la depreciaci�n estimada, seg�n solicitada por la parte tercera demandada (Rinker), se reducir�a el valor pagado en un 25%.

Sin embargo, la lancha estuvo pr�cticamente en National Marine durante ese a�o por lo que estimamos en 15% la depreciaci�n por uso ($9,750.00).

En la partida por da�os emocionales y sufrimientos y angustias mentales causados se impone la suma de $15,000.00 a favor del tercero demandante, An�bal Ruiz Gonz�lez.

En resumen se ordena A Rinker Boat el pago de $55,250.00 por la embarcaci�n y la suma de $15,000.00 por los sufrimientos y angustias mentales.

En desacuerdo, Rinker acudi� a este Tribunal mediante recurso de apelaci�n presentado el 26 de diciembre de 2012. Sin embargo, en vista del fallecimiento de Don Anibal Ruiz Gonz�lez previo a que el Tribunal dictara Sentencia, un panel hermano revoc� la Sentencia apelada y devolvi� el caso al TPI para que, luego de que se efectuara la correspondiente sustituci�n de parte, emitiera y notificara nuevamente su dictamen. Entendi� que la omisi�n de la sustituci�n de parte caus� que el tribunal dictara una sentencia que afectaba a personas que no eran parte del proceso.7

Tras la sentencia de este foro apelativo antes mencionada, la Sucesi�n de Ruiz Gonz�lez present� una moci�n solicitando sustituci�n de partes el 3 de diciembre de 2013. En la moci�n se aleg� que la muerte de Ruiz Gonz�lez ocurri� luego de celebrado el juicio, ya sometido el caso en el TPI y que hab�an gestionado los documentos correspondientes para obtener la Declaratoria de Herederos. A ra�z de ello, Rinker present� una solicitud de desestimaci�n en la que arguy� que Ruiz Gonz�lez, tercero demandante, falleci�

el 12 de marzo de 2012, por lo que su Sucesi�n contaba con 30 d�as para notificar el mismo y 90 d�as para solicitar la sustituci�n al TPI. Sin embargo, �stos dejaron correr el tiempo y permitieron que el tribunal emitiera una sentencia nula unos 8 meses despu�s del fallecimiento del tercero demandante. No obstante el TPI, mediante Orden del 18 de marzo de 2014, autoriz� la sustituci�n de parte. El 27 de junio de 2014 Rinker reiter� su solicitud de desestimaci�n, pero el tribunal la declar� no ha lugar.

Consecuentemente, dict� nuevamente la sentencia, efectuada ya la sustituci�n del fallecido Ruiz Gonz�lez.

Aun inconforme, Rinker someti� un escrito de apelaci�n ante nosotros, en el cual le imput� al TPI la comisi�n de los siguientes errores:

Al consignar hechos en la...

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