Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Junio de 2015, número de resolución KLAN201401557

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201401557
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Junio de 2015

LEXTA20150630-070 Banco de Desarrollo Econ�mico para PR v.

Pevafersa America

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE SAN JUAN

PANEL III

BANCO DE DESARROLLO ECON�MICO PARA PUERTO RICO Apelado v. PEVAFERSA AMERICA, INC.; CARLOS HIRAM DE ALBA PAG�N, ALMA IRIS L�PEZ M�NDEZ Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ANGEL MANUEL D�AZ REYES, ROSA MAR�A TORRES RIVERA Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ABEL BLANCO GIL, LIZA MARTINE RAEVIS Y LA SOCIEDAD DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS; ECO ALTERNATIVE ENERGY SOLUTIONS, INC.; INSTALACIONES PEVAFERSA; SOCIEDAD LIMITADA; D�AZ DEVELOPMENT CORPORATION Y COMPA��A ASEGURADORA A, B, C y D Apelante
KLAN201401557
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil. N�m. K CD2012-0931 (508) Sobre: ACCI�N CIVIL DE COBRO DE DINERO Y EJECUCI�N DE HIPOTECA Y GRAVAMEN MOBILIARIO

Panel integrado por su presidente, el Juez Vizcarrondo Irizarry, la Juez Colom Garc�a y el Juez Steidel Figueroa

Vizcarrondo Irizarry, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de junio de 2015.

Comparece Pevafersa Am�rica, Inc. (PAI) y dem�s codemandados del ep�grafe (�parte apelante�) y solicitan mediante recurso de apelaci�n se revoque una Sentencia emitida el 25 de agosto de 2014, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (T.P.I.).1 En dicha Sentencia el T.P.I. declar� con lugar una sentencia Sumaria presentada por el Banco de Desarrollo Econ�mico para Puerto Rico (Banco), en la que solicitaba el pago del principal, intereses, cargos por mora, costas, gastos y honorarios de abogado relacionados con un pr�stamo garantizado con hipoteca, el cual fue impagado. A su vez reclam� que se ordenara la venta en p�blica subasta de las fincas hipotecadas, equipos y bienes muebles que garantizan la deuda.

Evaluados los alegatos de las partes y los documentos complementarios que forman parte del ap�ndice en apelaci�n, a la luz del derecho vigente, se CONFIRMA la Sentencia apelada. Exponemos.

I.

El 15 de diciembre de 2009, el Banco de Desarrollo Econ�mico para Puerto Rico (Banco), extendi� un financiamiento a Pevafersa Am�rica, Inc. (PAI), por la suma de $ 5,000,0000 para la adquisici�n de maquinaria y equipo el cual iba a ser utilizado para establecer una f�brica de paneles solares. Mediante el contrato de pr�stamo los codemandados Carlos Hiram de Alba Pag�n, Alma I. L�pez M�ndez, �ngel M. D�az Reyes, Rosa M. Torres Rivera, Abel Blanco Gil y Liza Martine Raevis, comparecieron en el Contrato de Pr�stamo como Garantizadores Solidarios. Los codemandados Eco Alternative Energy Solutions, Inc. (�Eco alternative�), y D�az Development Corporation comparecieron en el contrato de pr�stamo como Garantizadores Corporativos.

En el contrato de pr�stamo ambos garantizadores se obligaron de manera solidaria junto con PAI al pago del pr�stamo, otorgando un pagare por $ 5,000,000. El t�rmino del pr�stamo se acord� a siete (7) a�os pact�ndose una taza de inter�s de tres por ciento (3%) sobre la tasa de inter�s variable prevaleciente en el mercado (�prime rate�). En la misma fecha del contrato de pr�stamo, los codemandados Carlos Hiram de Alba Pag�n, Alma I. L�pez M�ndez, �ngel M. D�az Reyes, Rosa M. Torres Rivera y Diaz Development Corporation suscribieron Contratos de Prenda entregando a la demandante cinco (5) Pagar�s Hipotecarios a favor del Banco, por las sumas principales de $ 235,000.00, $ 310,000.00, $ 272,000.00, $ 200,000.00, $

200,000.00 respectivamente.

PAI incumpli� con los t�rminos de las obligaciones de pago del contrato de pr�stamo y los garantizadores comparecientes no cumplieron con el pago al Banco de las sumas que garantizaron, por lo que el 30 de abril de 2012 el Banco presento una demanda contra los mencionados deudores y garantizadores.

El 24 de abril de 2013 el T.P.I. dicto una sentencia parcial en rebeld�a en contra de los codemandados y resolvi� que estos hab�an incumplido con los pagos y t�rminos del Contrato de Pr�stamo, por lo que la deuda fue declarada vencida, l�quida y exigible, adeudando la suma de $4,950,000.00 por concepto de principal, m�s $890,924.15 de intereses, la suma de $14,025.00 de cargos por demora y la suma de $495,000.00 que corresponden al diez por ciento (10%) del principal para cubrir las costas, gastos y honorarios de abogado.

El Banco present� sentencia sumaria parcial en contra de los codemandados que garantizaron las obligaciones incumplidas por PAI planteando que conforme a la moci�n conjunta no existen controversias sobre los...

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