Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Julio de 2015, número de resolución KLAN201500401

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201500401
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución16 de Julio de 2015

LEXTA20150716-008-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGION JUDICIAL de ARECIBO - AIBONITO � UTUADO

PANEL XI

MARIA LUISA LARACUENTE MEJIAS Apelante ����������� v. SEGUNDO CORTES VALENT�N Apelado
KLAN201500401
APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Lares Civil N�m.: L3CI201300243 Otorgamiento de Escritura

Panel integrado por su presidente, el Juez Gonz�lez Vargas, la Jueza Cintr�n Cintr�n y la Jueza Vicenty Nazario.

Cintr�n Cintr�n, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de julio de 2015.

����������� Mar�a Luisa Laracuente Mej�as (Laracuente Mej�as o apelante) comparece ante nos para que revisemos la Sentencia emitida el 14 de noviembre de 2014 por Tribunal de Primera Instancia de Lares (TPI).1 Mediante la misma, se desestim� sin perjuicio la demanda sobre otorgamiento de escritura presentada por Laracuente Mej�as por falta de parte indispensable.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, confirmamos la determinaci�n apelada.

I.

Surge del expediente que el 23 de diciembre de 2013 Laracuente Mej�as y� Carmen Mej�as presentaron una demanda sobre otorgamiento de escritura contra Segundo Cort�s Valent�n (Cort�s Valent�n). En la demanda se aleg� que all� para el 1986 adquirieron, mediante contrato verbal con Cort�s Valent�n, unos solares ubicados en el Barrio Callejones de Lares de 611.12 y 504 metros cuadrados, respectivamente.

Dichas fincas, las cuales no constaban inscritas, colindaban por el OESTE con un camino municipal.2

A�adieron las demandantes que como parte del negocio jur�dico se acord� con Cort�s Valent�n que una vez recibido el dinero y la aprobaci�n por parte de la Administraci�n de Reglamentos y Permisos (ARPE) para la segregaci�n de los solares, se otorgar�an las respectivas escrituras p�blicas. En 1991 las demandantes pagaron $2,400.00 a Cort�s Valent�n y en 1992 ARPE expidi� la aprobaci�n del Plano de Inscripci�n y Segregaci�n de los solares antes mencionados.3

Las partes acordaron otorgar las escrituras para el a�o 1999, pero ello no sucedi�. Por ello, las demandantes solicitaron al TPI que ordenara a Cort�s Valent�n: (a) a firmar la escritura de segregaci�n y compraventa sobre los dos solares antes descritos, (b) satisfacer la mitad de los gastos que se incurran por el otorgamiento de dichas escrituras y (c) al pago de gastos, costas y honorarios de abogado.

Cortes Valent�n fue emplazado por edicto y posteriormente se le anot� la rebeld�a por no contestar la demanda en el t�rmino reglamentario dispuesto.� El TPI celebr� una vista en rebeld�a el 21 de agosto de 2014 en la cual testific� Laracuente Mej�as sobre los detalles del negocio jur�dico efectuado con Cort�s Valent�n.4

Consecuentemente, el TPI emiti� la Sentencia bajo nuestra consideraci�n. Seg�n adelantamos, se desestim� sin perjuicio la causa de acci�n de Laracuente Mej�as. El foro de instancia detall� que:

�No se aport� prueba en cuanto a la titularidad de la finca n�mero 6,926 de Lares, desconociendo si se obviaron traer al pleito partes indispensables y con posibles derechos de tercero registral. Seg�n la descripci�n de ambos solares, estos colindan con un camino municipal. El Municipio de Lares no fue tra�do al pleito.�

Inconforme, Laracuente Mej�as solicit�

reconsideraci�n. Arguy� que no era necesaria la comparecencia del Municipio de Lares, ni de ninguna otra persona para la otorgaci�n de la escritura del contrato de compraventa entre �sta y Cort�s Valent�n. Dicha solicitud de reconsideraci�n fue declarada No Ha Lugar el 27 de febrero de 2015.5

Aun inconforme, Laracuente Mej�as acude ante este Tribunal mediante recurso de apelaci�n.�

Le imputa al TPI la comisi�n de los...

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