Sentencia de Tribunal Apelativo de 21 de Julio de 2015, número de resolución KLCE201500674
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500674 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 21 de Julio de 2015 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala de Guayama N�m. Caso: G VI2014G0060 Y 61; G LA2014G0307 AL 9 Sobre: Asesinato en primer grado y 5.05 de la Ley de Armas Certiorari procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala de Guayama N�m. Caso: G VI2014G0058 Y 59; G LA2014G0301 AL 3 Sobre: Asesinato en primer grado y 5.05 de la Ley de Armas |
Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ram�rez, el Juez Berm�dez Torres, el Juez Flores Garc�a y el Juez S�nchez Ramos. El Juez Brau Ram�rez no interviene.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 21 de julio de 2015.
����������� Mediante recurso de Certiorari, comparece ante esta segunda instancia judicial el Pueblo de Puerto Rico, por conducto de la Oficina de la Procuradora General, en adelante �el peticionario�, solicitando que revoquemos una Resoluci�n del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama. Mediante el referido dictamen se desestimaron las denuncias contra los recurridos, los se�ores Luis Hern�ndez Bonilla y Alberto J. Cruz Col�n, ampar�ndose en la Regla 64 (p) de las de Procedimiento Civil, 34 LPRA Ap. II R. 64 (p).
����������� Veamos la procedencia del recurso promovido.
����������� El 26 de noviembre de 2014 el Ministerio P�blico present� varias denuncias contra los recurridos por hechos ocurridos el 19 de noviembre de 2014. Seg�n surge de las denuncias, a los recurridos se les imput� que �ilegal, voluntaria, premeditada e intencionalmente, actuando en concierto y com�n acuerdo� le ocasionaron la muerte a Jayson Rodr�guez Ortiz. Adem�s, se les imput� tentativa de asesinato; portaci�n y uso de armas de fuego sin licencia; y disparar o apuntar con armas.
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����������� El 27 de octubre de 2014, se celebr� la vista preliminar, en la que se determin� causa probable para creer que los imputados cometieron los delitos. En la misma, las partes estipularon el testimonio de la se�ora Carmen Ortiz, madre de la v�ctima (Jayson Rodr�guez Ortiz). Adem�s, el peticionario present� el testimonio del se�or Carlos Ortiz Fonseca (testigo), quien se encontraba en el lugar de los hechos y que a su vez fue herido de bala.
����������� El testigo declar� que la v�ctima fallecida era su �hermanito del barrio� y que conoce a los imputados, pues ambos viven en su mismo barrio.
Seg�n su testimonio, el d�a de los hechos �l estuvo en todo momento con la v�ctima, quien intentaba vender un veh�culo de motor. Declar� que luego que la v�ctima recibiera una llamada relacionada a la transacci�n de compraventa del veh�culo de motor, varias personas llegaron y se llevaron el autom�vil.
����������� �Ese mismo d�a, la v�ctima recibi� otra llamada de las mismas personas donde le indicaban que hab�an desistido en comprar el autom�vil, pues los cristales de la puerta no le estaban bajando. El testigo expres� que procedieron a esperar a las personas cerca de la residencia donde ellos se encontraban para recoger el veh�culo de motor. Sostuvo que mientras el fallecido conversaba con una de las personas en el �rea frontal derecha del veh�culo de motor, �l entr� al auto para verificar el alegado desperfecto en los cristales.
����������� Seg�n declar�, mientras revisaba los cristales del auto, escuch� varias detonaciones y el cristal frontal del pasajero explot�. Adem�s, not� que hab�a sido herido en las piernas.
Testific� que mir� hacia atr�s (por encima del hombro derecho) y vio a los dos imputados. Expres� que cuando pudo levantarse, observ� que la v�ctima estaba en el suelo boca abajo y que le hab�an disparado en la cabeza. Manifest� que ya para ese momento todos se hab�an marchado.
����������� Durante el contrainterrogatorio, el testigo indic� que aunque inicialmente vio llegar un veh�culo, no puede identificar qui�nes llegaron en �l. Declar� adem�s que desconoce c�mo llegaron los recurridos. Asimismo, testific� que no vio las armas ni qui�nes dispararon. Tampoco vio a los imputados portando armas.
Argument� que las detonaciones fueron a sus espaldas, pero desconoce qui�n las dispar�.
����������� Culminada la vista preliminar y con la determinaci�n de causa probable para acusar, el peticionario present� las correspondientes acusaciones por los delitos imputados.
Sin embargo, el 26 de noviembre de 2014, la defensa del se�or Hern�ndez Bonilla present� una moci�n de desestimaci�n al amparo de la Regla 64(p) de las de Procedimiento Criminal.
En la misma argument� que el peticionario no demostr� la conexi�n del acusado con los delitos imputados. El 8 de diciembre de 2014, la defensa del se�or Cruz Col�n present� una moci�n mediante la cual se uni� a la solicitud de desestimaci�n presentada por el co-acusado Hern�ndez Bonilla.
El 17 de abril de 2014, notificada el 22 del mismo mes y a�o, el foro primario declar� con lugar la moci�n de desestimaci�n. Fundament� su decisi�n en que el testimonio del se�or Ortiz Fonseca estableci� un asunto de mera presencia y que hubo ausencia total de la prueba sobre el elemento de intenci�n requerido por el delito de asesinato. El Tribunal de Primera Instancia orden� que se se�alara una vista preliminar en alzada.
Seg�n el peticionario, el foro primario no celebr� una vista para evaluar la procedencia de la desestimaci�n.
Inconforme con tal determinaci�n, el peticionario acudi� ante esta segunda instancia judicial alegando que el foro primario err� al desestimar las acusaciones bajo el fundamento de ausencia total de prueba en la vista preliminar, al amparo de la Regla 64(p) de las de Procedimiento Criminal. A�adi� el peticionario que a base del quantum de prueba requerido en dicha etapa, logr� demostrar la comisi�n de los delitos imputados y la conexi�n de �stos con los imputados.
Ambas partes han presentado sus escritos. Requerimos a las partes la transcripci�n de los procedimientos y dimos una ponderada lectura de los mismos. Deliberados los m�ritos del recurso por el panel de jueces, estamos en posici�n de adjudicarlo.
La Constituci�n de Estados Unidos y Puerto Rico contienen el pacto b�sico que como ciudadanos hemos acordado...
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