Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Julio de 2015, número de resolución KLAN2014001597

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN2014001597
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución30 de Julio de 2015

LEXTA20150730-001-

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS

PANEL VIII

O.P.M MONTE REAL, INC.
Apelante
v.
�������PIEZAS EXTRAS COMPA��A DE SEGUROS ABC
Apelados
KLAN2014001597
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de Caguas Civil. N�m. E AC2004-0645(611) Sobre: Rescisi�n de Contrato, Productos Defectuosos, Incumplimiento de Contrato, Da�os y Perjuicios, Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Varona M�ndez, la Juez G�mez C�rdova, la Jueza Vicenty Nazario

Varona M�ndez, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de julio de 2015.

Compareci� ante nosotros mediante el presente recurso de apelaci�n OPM Monte Real Inc. (OPM, apelante), quien nos solicita que revoquemos la Sentencia dictada el 6 de mayo de 2014 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas. Mediante el referido dictamen el foro primario declar� No Ha Lugar la demanda presentada por la apelante y acogi� la reconvenci�n presentada en su contra. Adem�s, le impuso el pago de $10,000.00 en honorarios de abogados m�s el 4.25% anual de inter�s por temeridad.

Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se modifica la Sentencia apelada a los �nicos efectos de revocar el dictamen que declar� Ha Lugar la reconvenci�n presentada por la Piezas Extra y conden� a OPM a pagar $41,423.02 m�s $31,147.72 de intereses acumulados. As� modificada, se confirma la Sentencia aqu� impugnada.

I.

El 27 de diciembre de 2004 OPM present� una demanda de rescisi�n de contrato, productos defectuosos, incumplimiento de contrato y da�os y perjuicios contra Piezas Extra (Piezas Extra, apelada). En ella expres� que le hab�a comprado a Piezas Extra siete martillos hidr�ulicos marca Hanwoo de los cuales seis eran nuevos y uno era usado. Indic� que cada martillo ten�a una garant�a bumper a bumper por el t�rmino de un a�o. No obstante, sostuvo que los martillos adquiridos resultaron defectuosos. Particularmente indic� que los equipos no funcionaron de acuerdo a las especificaciones y a los usos para los cuales fueron comprados y que Piezas Extra no le honr� la garant�a correspondiente.�

Sostuvo que los vicios ocultos de los martillos y la deficiencia en el servicio de garant�a de los equipos le caus� atrasos en el desarrollo de ciertos proyectos de vivienda, adem�s de p�rdidas econ�micas por haberse visto obligado a invertir en el alquiler de otros martillos para poder cumplir con los requerimientos dichos proyectos. A causa de lo anterior, OPM solicit� la recisi�n del contrato, la devoluci�n de las prestaciones entre las partes, m�s da�os y perjuicios.

Posteriormente, el 18 de enero de 2005, OPM present� una demanda enmendada para incluir en el pleito a Orlando P�rez Contratista Inc. (OPContratista) como codemandante.

Seg�n se expuso, Piezas Extra se neg� a calibrar las excavadoras de OPM para la instalaci�n de unos martillos que OPContratista adquiri� de otra compa��a.

Adem�s sostuvo que la apelada se neg� a darle mantenimiento a los equipos y�

cerr� la cuenta de OPM de compra de piezas y de mantenimiento de equipos.

Ante la inclusi�n de OPContratista como codemandante, el foro primario orden� que se emplazara nuevamente a Piezas Extra con copia de la demanda enmendada. No obstante, OPM no cumpli� con dicha orden, raz�n por la cual OPContratista no fue incluida como parte en el pleito.

El 18 de febrero de 2005, Piezas Extra contest� la demanda y neg� las alegaciones hechas por OPM. Meses despu�s, el 1 de julio de 2005, Piezas Extra solicit�

enmendar su contestaci�n para incluir una reconvenci�n, en la que reclam� que OPM le adeudaba $38,540.13 por servicios rendidos no pagados y piezas adquiridas por OPM.

En su contestaci�n a la reconvenci�n, OPM neg� que se adeudara cantidad alguna a Piezas Extra, puesto que lo reclamado estaba incluido dentro de los par�metros establecidos en la garant�a adquirida por OPM.

Luego de los tr�mites procesales de rigor, se celebr� el juicio en su fondo, que comenz� con el desfile de prueba el 13 de junio de 2011.

OPM present� al Sr. Santiago Ramos (se�or Ramos) como su primer testigo. En lo pertinente, el se�or Ramos declar� que ten�a un �tosquero�1 y por la naturaleza de su trabajo, hizo transacciones de negocio con el Sr. Carlos Qui�ones Cruz (se�or Qui�ones Cruz), vendedor de Piezas Extra. Indic� que el se�or Qui�ones Cruz le vendi� un martillo marca Hanwoo, una excavadora marca Daewoo y una garant�a de un a�o en piezas y servicio. El se�or Ramos testific� que utiliz� dicha garant�a debido a que el martillo adquirido de Piezas Extra ten�a un defecto de f�brica.

Explic� que llev� el martillo defectuoso a Piezas Extra y que ellos lo retuvieron por aproximadamente cuatro (4) meses. Luego le entregaron el martillo pero el mismo volvi� a darle problemas. Ante ello, el testigo sostuvo que le volvi� a llevar el martillo a los apelados y que en esa ocasi�n la reparaci�n demor� unos, dos (2) o tres (3) meses. Indic� que recibi� una factura por de Piezas Extra por aproximadamente $7,000.00, pero no la pag�

porque el equipo se encontraba en garant�a.

Durante el contrainterrogatorio, el se�or Ramos expres� que el mantenimiento que requer�a el martillo era diferente al que requer�a una excavadora. En cuanto a la excavadora expres� que al menos cada dos (2) horas hab�a que verificarle el aceite, el agua y la grasa. Sobre el mantenimiento del martillo declar� que este solamente requer�a que se engrasara y que ello lo hac�a antes de comenzar a laborar y luego cada dos (2) horas. Posteriormente se le present� al se�or Ramos el Manual de Operaciones de los martillos que fue entregado junto a los equipos. Dicho manual era en ingl�s y conten�a informaci�n relativa a la operaci�n, al mantenimiento y la garant�a de los martillos. El se�or Ramos declar� que no se le entreg� un manual de operaciones en espa�ol y que no sab�a leer ingl�s. De igual forma, expres� que se le hab�an entregado los t�rminos de la garant�a por escrito.

No obstante, surge del manual de operaciones que la garant�a aplicable a los martillos era de tres meses y que esta no aplicaba a la punta, los tornillos, las tuercas, la �chuleta� ni a las mangas hidr�ulicas, entre otros componentes.

Confrontado con ello, el testigo expres� que el vendedor, se�or Qui�ones Cruz le indic� que la garant�a era por doce meses en piezas y servicios.

Al declarar sobre el periodo de tiempo de uso continuo del martillo el testigo expres� que se� �aplicaba la punta, se le dejaba unos minutos, se retiraba la punta, entonces vuelve� descansaba el martillo un rato, por unos minutos y volv�a de nuevo a la aplicaci�n.�2

Al ser preguntado si aplicaba el martillo por unos minutos el testigo expres�

que siempre segu�a las instrucciones. Ante ello se le inquiri� si las instrucciones que �l segu�a eran las contenidas en el documento que se le hab�a entregado. El testigo declar� que �l mayormente segu�a las instrucciones que le hab�a dado el se�or Qui�ones Cruz quien le ense�� a utilizar el martillo para que le aplicara la garant�a. Tras se�alarle varias ilustraciones de uso contenidas en el manual, el testigo expres� que seg�n el manual, el tiempo indicado para uso continuo del martillo era de treinta (30) segundos.� Ante ello, admiti� que el uso com�n del martillo no era conforme a lo establecido en el manual. Espec�ficamente indic� que:

R�� � al martillo se le daba uso, viene para darle uso al martillo por lo menos dos (2) horas, porque nadie va a comprar un martillo para usarlo segundos nada m�s. El uso es de dos (2) horas, se le aplica aceite y se le aplica grasa. Porque nadie puede usar un martillo treinta segundos (30) segundos y volverlo a parar y volver a usarlo.

Eso no�

P��� Pero el Manual dice que son treinta segundos.

R�� El Manual lo dice; pero �se no es el uso que se le da.3

El siguiente testigo presentado por OPM fue el Sr. Orlando P�rez Montes (se�or P�rez Montes).4

Este declar� ser el presidente de OPM y que adem�s era secretario y tesorero de OPContratista. Habl� en su testimonio sobre la relaci�n de negocios establecida entre su empresa y la demandada Piezas Extra. Mediante esta relaci�n OPM adquiri� equipos para la realizaci�n de un proyecto en el �rea de Cabo Rojo de unas 250 unidades destinadas a personas de bajos recursos. Entre los equipos adquiridos, se encontraban los martillos Hanwoo objeto de este caso.

El se�or P�rez Montes explic� la manera en que se divid�a el proyecto de desarrollo de vivienda por la empresa OPContratista. Seg�n expres�, esta se divid�a en cuatro etapas.� Una vez realizada la construcci�n de una etapa, se certificaba la misma y se hac�a el pago por el banco financiador. M�s adelante hizo alusi�n a los equipos adquiridos en Piezas Extra a trav�s del representante de venta, el se�or Qui�ones.

OPM quiso traer a la atenci�n del Tribunal prueba sobre la adquisici�n de martillos, por parte de la empresa OPContratista. De igual forma intent� que el� se�or P�rez Montes declarara en su car�cter de funcionario de la empresa OPContratista para establecer dilaciones, o contratiempos causados por el mal funcionamiento de los equipos adquiridos de la parte apelada. Lo anterior fue objetado oportunamente por la parte apelada. En cuanto a las declaraciones del se�or P�rez Montes, el Tribunal indic� que solamente permitir�a el testimonio relacionado a los problemas sufridos por la empresa OPM. Razon� que mediante la demanda enmendada se quiso incluir a OPContratista en el pleito como codemandante, por lo que el foro primario orden� a OPM a emplazar a Piezas Extra con copia de la demanda enmendada. No obstante, OPM no cumpli� con dicho mandato, dejando as� a OPContratista fuera del pleito. Por dicha raz�n el Tribunal acogi� las objeciones hechas por Piezas Extra y no permiti� que se presentara prueba para demostrar los da�os y atrasos en la construcci�n del proyecto que caus� el alegado defecto de los martillos a OPContratista.

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