Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Agosto de 2015, número de resolución KLRA201500626

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500626
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución25 de Agosto de 2015

LEXTA20150825-038-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE SAN JUAN

JOS� G. RIVERA SANTIAGO � �Recurrente ������� Vs. DEPARTAMENTO DE CORRECCI�N Y REHABILITACI�N � �Recurrido KLRA201500626 Revisi�n administrativa procedente del Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n Querella N�m.: 303-15-0036

Panel integrado por su presidenta, la Juez Garc�a Garc�a, el JuezHern�ndez S�nchez y la Jueza Soroeta Kodesh

Garc�a Garc�a, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2015.

����������� El confinado Jos� G. Rivera Santiago (en adelante, recurrente) comparece por derecho propio y nos solicita que revisemos una Determinaci�n que emiti� el Departamento de Correcci�n y Rehabilitaci�n (en adelante, Correcci�n) el 14 de abril de 2015 y que se notific� el 21 de mayo del mismo a�o.� Mediante esta, se declar� no ha lugar la solicitud de reconsideraci�n que present� el recurrente impugnando una determinaci�n previa, en la que se encontr� que este viol� el reglamento disciplinario para los confinados y se le impuso como sanci�n la suspensi�n de cincovisitas.

El 5 de agosto de 2015 compareci� la Oficina de la Procuradora General, en representaci�n de Correcci�n, para oponerse al recurso.

����������� Por los fundamentos que discutiremos m�s adelante, confirmamos el dictamen recurrido.

I

����������� El recurrente se encuentra confinado en una instituci�n correccional en Ponce, Puerto Rico.� El 27 de enero de 2015 se le administr� al recurrente una prueba toxicol�gica r�pida, la cual arroj� positivo a buprenorfina.� Ese mismo d�a se prepar� un Informe de Querella de Incidente Disciplinario en su contra, donde se le imput� el acto prohibido #129 del Reglamento Disciplinario para la Poblaci�n Correccional de 22 de octubre de 2009, Reglamento N�mero 7748 (en delante, Reglamento 7748).1 �La referida violaci�n consiste en la posesi�n, introducci�n, uso, venta o distribuci�n de narc�ticos, sustancias controladas o drogas. �La querella se le notific� al recurrente el 28 de enero de 2015.

����������� El recurrente neg� los hechos imputados mediante una declaraci�n que ofreci� como parte del proceso de investigaci�n.2 �En s�ntesis, declar� que en horas de la ma�ana del 27 de enero de2015, le informaron que iban a practicarle una prueba toxicol�gica r�pida y que, luego de que �l firm� �el consentimiento�, le dieron un envase para la muestra de orina.� Aleg� que, cuando fue a entregar la muestra, la Sra. Camacho le indic� al Oficial Andr�s Delgado Lebr�n (Oficial Delgado) que hiciera bien la prueba de buprenorfina, para evitar lo sucedido con el confinado Ram�n S�nchez Lebr�n.� Adujo que, cuando el Oficial Delgado le inform� que la prueba hab�a resultado positiva, �l neg� que eso fuera posible. �Indic� que le dijeron que firmara los papeles en cuanto a que el resultado hab�a sido positivo.� Expres�, adem�s, que al confinado Jonas Soto Mart�nez le dio positivo la prueba y le realizaron una segunda prueba, que dio negativo.� Aleg� que a �l no se le dio la oportunidad de repetir la prueba con la misma muestra ni se le orient� en cuanto a solicitar una segunda prueba. �Finalmente, adujo que el Oficial Orlando Rivera tuvo que mirar la prueba del confinado Jonas Soto utilizando una linterna para poder ver una l�nea roja, mientras que no hicieron lo mismo con su prueba, a pesar de que �l dijo ver una �l�nea roja clarita�.

����������� Los confinados Jonas Soto Mart�nez y Ram�n S�nchez ofrecieron sus respectivas declaraciones al investigador de la querella. �La declaraci�n del confinado Soto Mart�nez lee como sigue:

La presente de este escrito es para dejar saber que para el 27 de enero de 2015 se me iso (sic) una prueba de dopaje la cual se usaron 2 lensetas (sic) como debe ser el uso de las mismas.3

����������� Por su lado, la declaraci�n del confinado S�nchez lee como sigue:

Yo Ram�n S�nchez Lebr�n el cual fuy (sic) sometido a una prueba de dopaje el 27/1/2015 una sola prueba la cual no [ilegible] luego la mis (sic) me dijo que filmara (sic) unos papeles para realisarla (sic) nuevamente y yo le dije que no.4

����������� El 17 de marzo de 2015 se llev� a cabo la vista disciplinaria ante la Oficial Examinadora Madeline Morales Santiago, a la que compareci� el recurrente y donde neg� haber incurrido en el acto prohibido. �Tras evaluar la evidencia que ten�a ante s�, ese mismo d�a la Oficial Examinadora emiti� una Resoluci�n en la que determin�, en lo pertinente, que se hab�an probado los siguientes hechos:

El d�a de los hechos...

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