Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Agosto de 2015, número de resolución KLRA201500632
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA201500632 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 25 de Agosto de 2015 |
| | REVISI�N procedente del Negociado de Seguridad de Empleo Caso N�m. P0052-15S S. S. XXX-XX-5904 |
Panel integrado por su presidenta, la Juez Garc�a Garc�a, el Juez Hern�ndez S�nchez y la Jueza Soroeta Kodesh.
Hern�ndez S�nchez, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico a� 25 de agosto de 2015.
����������� El Sr. Juan M. Flores Garc�a (recurrente) solicit� la revisi�n de una Resoluci�n dictada el 13 de abril de 2015 por la Oficina de Apelaciones Ante el Secretario del Departamento del Trabajo (agencia). Mediante esta determinaci�n, la agencia confirm� la Resoluci�n emitida por el �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones del Departamento del Trabajo la cual descalific� al recurrente para recibir los beneficios de compensaci�n por desempleo, conforme a lo dispuesto en la Secci�n 4(b) (7) de la Ley de Seguridad de Empleo.
Por los fundamentos expuestos a continuaci�n, se desestima el recurso por falta de jurisdicci�n.
El 23 de enero de 2015 el recurrido, el Negociado de Seguridad de Empleo present� unas Recomendaciones del Supervisor de Unidad de Investigaciones y Determinaci�n de Sobrepagos. En su escrito aleg� que proced�a descalificar al reclamante, el Sr. Juan M. Flores, bas�ndose en la Secci�n 4(b)(7) de la Ley de Seguridad de Empleo de Puerto Rico. Agreg� que:
�la evidencia disponible en este caso demuestra que el (la) reclamante arriba indicado ocult� u ofreci� informaci�n falsa, a sabiendas, con la intenci�n de recibir los beneficios por desempleo sin tener derecho a los mismos y como consecuencia de esto ha surgido un sobrepago premeditado en su cuenta de beneficios por la cantidad de $597.00�.
Inconforme, el 29 de enero de 2015, el recurrente, el��������� Sr.
Juan M. Flores Garc�a requiri� una Solicitud de Audiencia.
A ra�z de esto, el 11 de febrero de 2015 el recurrido emiti� una Orden y Se�alamiento de Audiencia ante el �rbitro. En s�ntesis, se le cit� al recurrente para una comparecencia ante el �rbitro en la oficina local de Ponce el 2 de marzo de 2015.� El recurrente fue debidamente notificado de dicha audiencia a su direcci�n: Barriada Salazar, Calle Sabio1644, Ponce, P.R. 00718.
As� las cosas, el 2 de marzo de 2015 el �rbitro de la Divisi�n de Apelaciones del Departamento del Trabajo emiti� una Resoluci�n de No Comparecencia y confirm� la determinaci�n de la...
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