Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2015, número de resolución KLCE201501216
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201501216 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2015 |
| | Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla � Crim. N�m.: AIC1997G0005 AFJ1997G0010 Sobre: Agresi�n y Amenaza (Menos Grave) |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa
Figueroa Cab�n, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2015.
����������� Comparece el Sr. Aneudy Crespo Cumba, en adelante el se�or Crespo o el peticionario, y solicita que revoquemos una Resoluci�n emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Aguadilla, en adelante TPI, mediante la cual, declar� no ha lugar una moci�n bajo la Regla 192.1 de las de Procedimiento Criminal, 34 LPRA Ap. II, R. 192.1.
Por los fundamentos que expondremos a continuaci�n, se deniega la expedici�n del auto de certiorari.
Seg�n surge del expediente, el 14 de enero de 1999 el TPI dict� una sentencia (libertad a prueba revocada en ausencia) en el caso Criminal N�m.
AIC1997G0005. En la misma, determin� que de forma voluntaria e injustificada, el se�or Crespo no compareci� al acto de pronunciamiento de la sentencia. Por tal raz�n, lo declar� convicto del delito de agresi�n agravada (menos grave) y lo conden� a una pena de 6 meses de reclusi�n penitenciaria con costas. Adem�s, orden� su arresto inmediato y su detenci�n hasta que cumpliese la sentencia.1
En esa misma fecha, el TPI dict� otra sentencia (libertad a prueba revocada en ausencia) esta vez, en el caso Criminal N�m. AFJ1997G0010. Al igual que en el caso anterior, determin� que de forma voluntaria e injustificada, el se�or Crespo no compareci� al acto de pronunciamiento de la sentencia. Por tal raz�n, lo declar� convicto de infracci�n al Art�culo 153 del C�digo Penal (amenaza) y lo conden� a una pena de 6 meses de reclusi�n penitenciaria con costas, a cumplirse consecutivamente con el caso Criminal N�m. AIC1997G0005. De igual forma, orden� su arresto inmediato y su detenci�n hasta que cumpliese la sentencia.2
Conforme a las sentencias previamente mencionadas, el 16 de junio de 2015, se diligenci� una orden de arresto contra el se�or Crespo, quien actualmente se encuentra detenido en una instituci�n correccional.3 �
Insatisfecho con dicha actuaci�n, el 18 de junio de 2015 el peticionario present� una Moci�n Urgente al Amparo de la Regla 192.1 de las de Procedimiento Criminal. Aleg�, en esencia:
OCTAVO:���� En aras de la justicia y la equidad, en consideraci�n al extenso tiempo transcurrido desde la Sentencia y estando el acusado accesible en Puerto Rico dentro de la jurisdicci�n del tribunal de Aguadilla, el Tribunal debe dar por cumplida la Sentencia, o en su alternativa, siendo delitos menos grave, puede aplicar el Art�culo 54 del C�digo Penal (Multas) o el Articulo 52 del C�digo Penal (Servicios Comunitarios). La reclusi�n del acusado en este momento no es la alternativa que en justicia procede.
Se frustran los fines de la justicia en la medida en que se permita y se pase por alto el que un error de juventud a los diecinueve (19) a�os de edad, destruya a un padre de familia y como consecuencia a sus seres queridos, ingres�ndolo en la c�rcel por el t�rmino de un (1) a�o. No se puede justificar que el expediente del caso se haya archivado y no se haya realizado el arresto diligentemente para cumplir con la Sentencia.4
Debido a que el TPI no hab�a resuelto la Moci�n al Amparo de la Regla 192.1 de las de Procedimiento Criminal, el 5 de agosto de 2015 el se�or Crespo present� una Moci�n de Reconsideraci�n y Otros Extremos, en la que reiter� los argumentos y la solicitud de remedio presentados en aquella.5
En esta ocasi�n, el 6 de agosto de 2015, notificada el 13 del mismo mes y a�o, el TPI declar� no ha lugar la Moci�n de Reconsideraci�n y Otros Extremos.6
Inconforme con dicha determinaci�n, el 25 de agosto de 2015 el peticionario present� un Recurso de Certiorari en el que alega que el...
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