Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2015, número de resolución KLCE201501035

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE201501035
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Agosto de 2015

LEXTA20150831-088-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE MAYAG�EZ Y AGUADILLA

PANEL XI

El Pueblo de Puerto Rico Peticionario ���������� ������vs. Alberto Alfonso R�os ��� ����� Recurrido
KLCE201501035
CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de Mayag�ez Sobre: Infr. Art. 190-C, C.P. Crim. N�m.: ISCR201400385-0387

Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2015.

Comparece ante este Tribunal el Pueblo de Puerto Rico representado por la Oficina de la Procuradora General quien insta recurso de petici�n de certiorari en el cual solicita que revisemos una Resoluci�n dictada el 24 de junio de 2015 y notificada el 26 del mismo mes y a�o por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayag�ez (TPI).

Examinado el recurso de certiorari presentado, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideraci�n, procedemos a resolver.

-I-

Por hechos ocurridos el 13 de diciembre de 2013, se presentaron cinco denuncias en contra del se�or Alberto Alfonso R�os (Sr. Alfonso R�os).�

Espec�ficamente se le imput� un cargo por infringir el Art. 190 del C�digo Penal (robo agravado), 33 LPRA sec. 5260; dos cargos por infringir el Art. 177 del C�digo Penal (amenazas), 33 LPRA sec. 5243, y dos cargos por infringir el Art. 5.05 de la Ley de Armas (portaci�n y uso de armas blancas), 25 LPRA sec.

458(d).� (V�ase: Ap. I, p�gs. 1-5).� Luego de las determinaciones de causa probable para juicio respecto a los delitos graves, el Ministerio P�blico present� las respectivas acusaciones. �(V�ase: Ap. II, p�gs. 8-10).�

As� las cosas, el 8 de abril de 2014 el Ministerio P�blico y el Sr.

Alfonso R�os informaron al Tribunal haber acordado lo siguiente: la reclasificaci�n del Art. 190 del C�digo Penal, supra, por una infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal (apropiaci�n ilegal agravada, por la modalidad correspondiente a bienes cuyo valor es mayor de $1,000.00 y menor de $10,000.00), 33 LPRA sec. 5252, as� como la eliminaci�n de reincidencia habitual por parte del Ministerio P�blico.� Siendo ello as�, el recurrido hizo alegaci�n de culpabilidad por una infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal, supra, por la modalidad rese�ada; por dos infracciones al Art. 177 del C�digo Penal, supra, y por dos infracciones al Art. 5.04 de la Ley de Armas (portaci�n y uso de armas de fuego sin licencia), 25 LPRA sec. 458(c).� De conformidad, el TPI acept� la alegaci�n de culpabilidad y lo declar� culpable por dichos delitos.�

En virtud de ello, lo sentenci� a ocho a�os de c�rcel por la infracci�n al Art.

182 del C�digo Penal, supra; a 30 d�as de c�rcel por cada infracci�n al Art.

177 del C�digo Penal, supra, y por las infracciones al Art. 5.04 de la Ley de Armas, supra, lo conden� a una pena de $100.00 de multa, convertidos en dos d�as de c�rcel, a raz�n de $50.00 el d�a a cumplirse de forma consecutiva.�

(V�ase: Ap. III, p�gs. 11-15).�

El 14 de mayo de 2015, el recurrido present� por derecho propio una �Moci�n en Solicitud de Reconsideraci�n de Sentencia sobre Nuevas Penalidades sobre Nuevas Enmiendas en el Nuevo C�digo Penal 2012� en la cual solicit� la reducci�n de la pena de reclusi�n impuesta por infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal, supra.� Aleg� que a tenor con la Ley N�m. 246 del 26 de diciembre de 2014 que enmend� el C�digo Penal de 2012, la pena correspondiente al delito estatuido en el Art. 182 del C�digo Penal, supra, por el cual registr�

alegaci�n de culpabilidad se redujo de ocho a tres a�os.� Por lo tanto, razon�

que en virtud del principio de favorabilidad establecido en el...

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