Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Agosto de 2015, número de resolución KLCE201501035
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201501035 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 31 de Agosto de 2015 |
El Pueblo de Puerto Rico Peticionario ���������� ������vs. Alberto Alfonso R�os ��� ����� Recurrido | | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de Mayag�ez Sobre: Infr. Art. 190-C, C.P. Crim. N�m.: ISCR201400385-0387 |
Panel integrado por su presidente, el Juez Figueroa Cab�n, el Juez Rivera Col�n y la Juez Nieves Figueroa
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de agosto de 2015.
Comparece ante este Tribunal el Pueblo de Puerto Rico representado por la Oficina de la Procuradora General quien insta recurso de petici�n de certiorari en el cual solicita que revisemos una Resoluci�n dictada el 24 de junio de 2015 y notificada el 26 del mismo mes y a�o por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayag�ez (TPI).
Examinado el recurso de certiorari presentado, la totalidad del expediente y el estado de derecho aplicable ante nuestra consideraci�n, procedemos a resolver.
Por hechos ocurridos el 13 de diciembre de 2013, se presentaron cinco denuncias en contra del se�or Alberto Alfonso R�os (Sr. Alfonso R�os).�
Espec�ficamente se le imput� un cargo por infringir el Art. 190 del C�digo Penal (robo agravado), 33 LPRA sec. 5260; dos cargos por infringir el Art. 177 del C�digo Penal (amenazas), 33 LPRA sec. 5243, y dos cargos por infringir el Art. 5.05 de la Ley de Armas (portaci�n y uso de armas blancas), 25 LPRA sec.
458(d).� (V�ase: Ap. I, p�gs. 1-5).� Luego de las determinaciones de causa probable para juicio respecto a los delitos graves, el Ministerio P�blico present� las respectivas acusaciones. �(V�ase: Ap. II, p�gs. 8-10).�
As� las cosas, el 8 de abril de 2014 el Ministerio P�blico y el Sr.
Alfonso R�os informaron al Tribunal haber acordado lo siguiente: la reclasificaci�n del Art. 190 del C�digo Penal, supra, por una infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal (apropiaci�n ilegal agravada, por la modalidad correspondiente a bienes cuyo valor es mayor de $1,000.00 y menor de $10,000.00), 33 LPRA sec. 5252, as� como la eliminaci�n de reincidencia habitual por parte del Ministerio P�blico.� Siendo ello as�, el recurrido hizo alegaci�n de culpabilidad por una infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal, supra, por la modalidad rese�ada; por dos infracciones al Art. 177 del C�digo Penal, supra, y por dos infracciones al Art. 5.04 de la Ley de Armas (portaci�n y uso de armas de fuego sin licencia), 25 LPRA sec. 458(c).� De conformidad, el TPI acept� la alegaci�n de culpabilidad y lo declar� culpable por dichos delitos.�
En virtud de ello, lo sentenci� a ocho a�os de c�rcel por la infracci�n al Art.
182 del C�digo Penal, supra; a 30 d�as de c�rcel por cada infracci�n al Art.
177 del C�digo Penal, supra, y por las infracciones al Art. 5.04 de la Ley de Armas, supra, lo conden� a una pena de $100.00 de multa, convertidos en dos d�as de c�rcel, a raz�n de $50.00 el d�a a cumplirse de forma consecutiva.�
(V�ase: Ap. III, p�gs. 11-15).�
El 14 de mayo de 2015, el recurrido present� por derecho propio una �Moci�n en Solicitud de Reconsideraci�n de Sentencia sobre Nuevas Penalidades sobre Nuevas Enmiendas en el Nuevo C�digo Penal 2012� en la cual solicit� la reducci�n de la pena de reclusi�n impuesta por infracci�n al Art. 182 del C�digo Penal, supra.� Aleg� que a tenor con la Ley N�m. 246 del 26 de diciembre de 2014 que enmend� el C�digo Penal de 2012, la pena correspondiente al delito estatuido en el Art. 182 del C�digo Penal, supra, por el cual registr�
alegaci�n de culpabilidad se redujo de ocho a tres a�os.� Por lo tanto, razon�
que en virtud del principio de favorabilidad establecido en el...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba