Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Septiembre de 2015, número de resolución KLRA201500669

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA201500669
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 2 de Septiembre de 2015

LEXTA20150902-009-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS-HUMACAO

PANEL IX

JEFFREY MALDONADO BIGIO �� Recurrente
v.
MUNICIPIO AUT�NOMO DE CAGUAS �� Recurrida
KLRA201500669
REVISI�N ADMINISTRATIVA procedente de la Oficina de Gerencia y Permisos (OGPe) Civil. N�m.: AXP-2014-01055 2015-038249-SDR-048174 Sobre: Legalizaci�n de Anteproyecto

Panel integrado por su presidenta la Jueza Coll Mart�, la Jueza Lebr�n Nieves y la Jueza Brignoni M�rtir

Coll Mart�, Jueza Ponente

SENTENCIA

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En San Juan, Puerto Rico, a 2 de septiembre de 2015.

����������� Comparece el Sr. Jeffrey Maldonado Bigio y nos solicita que revisemos una resoluci�n emitida el 12 de febrero de 2015. Mediante la aludida determinaci�n, la Oficina de Permisos del Municipio Aut�nomo de Caguas deneg� un anteproyecto presentando por el recurrente para legalizar la construcci�n de un edificio de dos plantas.

De este dictamen, el recurrente solicit� reconsideraci�n ante la Oficina de Gerencia de Permiso (Ogpe), que fue resuelta en su contra el 22 de mayo de 2015. Por los fundamentos que discutiremos, se revoca la Resoluci�n recurrida y se devuelve el caso de ep�grafe a la Oficina de Permisos del Municipio Aut�nomo de Caguas para la celebraci�n de una vista adjudicativa en la que se dirima la controversia sobre la funcionalidad de los estacionamientos y la separaci�n del pozo s�ptico y a la luz de la prueba presentada, formule unas determinaciones de hechos que fundamenten sus conclusiones de derecho.

Veamos los hechos.

I

����������� El 17 de junio de 2014, el Sr. Maldonado Bigio present� ante la Oficina de Permisos del Municipio Aut�nomo de Caguas un anteproyecto para legalizar un edificio de apartamentos ubicado en el barrio San Antonio, Km. 1.2, carretera PR-175. El aludido complejo de vivienda est�

radicado en el Distrito RA-3 (R�stico Rural General), seg�n el Mapa de Calificaci�n de Suelo del Municipio de Caguas.� En s�ntesis, el Sr. Maldonado Bigio solicit� la variaci�n del patio delantero,� ya que lo requerido por el Reglamento de Ordenaci�n son 6.00 metros y �ste propone que se acepte una desviaci�n de .62 a 2.44 metros. Para justificar la variaci�n, el recurrente sostuvo que la estructura se construy� previo a la vigencia del Reglamento Ordenaci�n y que adem�s, exist�an otras estructuras en el �rea con la misma separaci�n.�� En atenci�n a lo anterior, el 12 de febrero de 2015, la Oficina de Permisos deneg� el anteproyecto solicitado por el recurrente y determin�:

Como vemos, legalizaci�n del edificio para dos (2) unidades de vivienda contiene variaciones a los par�metros de construcci�n, en Distritos Calificados RA-3 y Provisi�n de Espacios de Estacionamientos de Veh�culos, conforme a la Secci�n 3.28 del Reglamento de Ordenaci�n de Caguas.

Concluimos, que la legalizaci�n del edificio para dos (2) viviendas afecta adversamente la disponibilidad de la infraestructura, el ambiente de la calle y la seguridad y tranquilidad de los vecinos. La separaci�n de los pozos s�pticos y filtrantes no cumple con la separaci�n m�nima de la colindancia conforme al Ap�ndice A, Secci�n D, Inciso 6 del Reglamento para el Control de la Inyecci�n Subterr�nea de la Junta de Calidad Ambiental.

����������� Inconforme, el Sr. Maldonado Bigio solicit�

reconsideraci�n ante la Ogpe y plante� que la �nica variaci�n que se propuso fue en torno al patio delantero de conformidad con la secci�n 3.28.06 del Reglamento de Ordenaci�n. Adujo que la secci�n 3.28.06 requiere que el patio delantero posea una cabida de 6.00 metros y que se propone una variaci�n de .62 a 2.44 metros.� As� pues, sostuvo que los dem�s par�metros de construcci�n cumpl�an con las disposiciones del Reglamento en torno a los terrenos de la zona calificada RA-3.

����������� As� las cosas, la Ogpe acogi�

la solicitud de reconsideraci�n y se�al� una vista que se celebr� el 6 de abril de 2015. Luego de escuchar a las partes, el 22 de mayo de 2015, el foro administrativo declar� No Ha Lugar la reconsideraci�n.� En su resoluci�n la Ogpe plasm�, en lo pertinente, las siguientes determinaciones de hechos:

El peticionario solicit� nuevamente una variaci�n para legalizar una estructura de dos viviendas. Propone eliminar la escalera que invade la servidumbre del camino municipal e indica que se mantendr� dentro del predio correspondiente. Justifica la variaci�n indicando que existen construcciones similares, el uso armoniza con los del sector y no afecta la seguridad y tranquilidad de los vecinos.

El Municipio de Caguas reitera su oposici�n al proyecto ya que la propuesta sobre la ubicaci�n de los pozos s�pticos no cumple ministerialmente con la reglamentaci�n aplicable en cuanto a la distancia que tiene que mantener del l�mite de colindancia y a la estructura principal; la propuesta establece una distancia muy restrictiva e irrazonable con relaci�n al l�mite de colindancia en donde se propone para cada unidad de vivienda y de la observaci�n del tama�o de los pozos s�pticos propuestos, surge que no re�nen la capacidad para atender la poblaci�n que habilitar� la estructura.

Ante ello, la Ogpe concluy� que �[d]e la prueba presentada y cre�da surge que la determinaci�n del municipio es razonable. La parte Recurrente propone un patio delantero de .62 metros y variable hasta 2.44 cuando lo requerido son 6 metros. Solicita variaciones en espacios de estacionamiento, ya que solo propone 2 espacios. Solicita legalizar 2 unidades de vivienda, pero del plano surge que el interior de la estructura es igual a cuando operaban los 4 apartamentos. Adem�s, la separaci�n de los pozos s�pticos y filtrantes no cumple con la separaci�n m�nima de la colindancia. Esta Divisi�n entiende que el...

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