Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Septiembre de 2015, número de resolución KLCE201501139
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201501139 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 16 de Septiembre de 2015 |
| | CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n. Civil N�m.:� D CD2013-0237. Sobre: Cobro de dinero y ejecuci�n de hipoteca. |
Panel integrado por su presidenta, la Jueza Jim�nez Vel�zquez, la Jueza Dom�nguez Irizarry y la Jueza Romero Garc�a.
Romero Garc�a, jueza ponente.
En San Juan, Puerto Rico, a 16 de septiembre de 2015.
La parte peticionaria, CCF Holdings, Inc., y Jard�n del Ed�n, Inc., (la peticionaria), inst� el presente recurso de certiorari el 12 de agosto de 2015.� En s�ntesis, solicit� la revocaci�n de la Resoluci�n emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayam�n, el 30 de junio de 2015, notificada el 13 de julio de 2015.� Mediante esta, el foro recurrido declar�
sin lugar la solicitud de la peticionaria para que se descalificara al bufete Mart�nez Odell & Calabria como representante legal de la recurrida, Firstbank de Puerto Rico, Inc.
Examinada la solicitud de dicha parte, as� como la Resoluci�n interlocutoria cuya revisi�n se solicita, concluimos que no procede expedir el auto.
����������� Las partes litigantes en este caso presentaron sendas solicitudes de descalificaci�n de sus respectivos representantes legales.� De una parte, el 27 de abril de 2015, la recurrida Firstbank present� su solicitud de descalificaci�n del abogado de los codemandados, Lic. M�ndez Sol�s, pues le imput� representaci�n simult�nea adversa.
����������� Posteriormente, el 8 de mayo de 2015, los codemandados CCF Holdings, Inc., Jard�n del Ed�n, Inc., y Nell Blanco Casasnova, presentaron una moci�n conjunta para solicitar la descalificaci�n del bufete Mart�nez Odell & Calabria y del Lic. Fernando J. Gierbolini1, pues adujeron un conflicto de inter�s entre ciertos ex asociados y asociados del bufete, y los demandados en este pleito.
����������� Las partes litigantes tuvieron amplia oportunidad de consignar sus respectivas posturas mediante oposiciones, r�plicas y d�plicas, al cabo de las cuales el tribunal de instancia emiti� la Resoluci�n cuya revisi�n se solicita.� En su determinaci�n, el...
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