Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Septiembre de 2015, número de resolución KLCE201500938
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE201500938 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 24 de Septiembre de 2015 |
LEISHLA RAMOS DE DIOS | | Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Familia y Menores de Bayam�n Civil N�m. D AL2011-0275 Sobre: Alimentos |
Panel integrado por su presidente, el Juez Pi�ero Gonz�lez y las Juezas Birriel Cardona y Sur�n Fuentes.
Pi�ero Gonz�lez, Juez Ponente
RESOLUCI�N
En San Juan, Puerto Rico, a 24 de septiembre de 2015.
����������� Comparece el se�or Luis A.
Candelario Fuentes (se�or Candelario Fuentes o el peticionario) y solicita la revocaci�n de la Orden emitida el 8 de junio de 2015 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Relaciones de Familia de Bayam�n (TPI), notificada el 11 de junio del corriente a�o. Mediante la referida Orden el TPI sostuvo su determinaci�n de No Ha Lugar a la Solicitud de Relevo presentada por el peticionario al amparo de la Regla 49.2 de Procedimiento Civil, y cuyo objeto era obtener el relevo de la Resoluci�n de 9 de abril de 2015, notificada el 16 de abril de 2015, que impuso a �ste una pensi�n alimentaria mensual de $678.16 y un retroactivo.
El se�or Candelario Fuentes y la se�ora Leishla Ramos De Dios (se�ora Ramos De Dios o la recurrida) son padres de una menor de cuatro a�os, que reside bajo la custodia de su madre la se�ora Ramos De Dios. El 18 de noviembre 2014, la recurrida presenta moci�n ante el TPI para que se revisara la pensi�n alimentaria de $213.00 mensuales, fijada en el a�o 2011, para beneficio de la menor de edad procreada con el se�or Candelario Fuentes 1
El se�or Candelario presenta el 10 de febrero de 2015 una PIPE juramentada con gastos recurrentes. El 11 de febrero de 2015 se celebra vista final de pensi�n en la que el peticionario presta testimonio en el que indica que es jugador de voleibol profesional; que devenga ingresos por temporada; que para el a�o 2014 particip� en 16 juegos de la Liga Puertorrique�a por los que recibi� un total de $800.00 y que la Liga Superior de Voleibol le pag� $7,500.00 por un t�rmino de tres meses. �ste establece adem�s, gastos recurrentes de $1,097.00 mensuales.
As� las cosas, la Examinadora de Pensiones Alimentarias realiza imputaci�n de ingresos al peticionario, en consideraci�n a su profesi�n de deportista y sus gastos recurrentes, por ser su salario menor al m�nimo federal. En cuanto a la recurrida, la Examinadora de Pensiones Alimentarias determina que su ingreso mensual neto es de $2,300.00 y que el ingreso combinado de ambos asciende a $4,088.66. Considera adem�s, como gastos suplementarios; vivienda, educaci�n privada y plan m�dico y determina una contribuci�n del padre alimentante a �stos de 43.75%. Finalmente, el 6 de abril de 2015 la Examinadora de Pensiones emite Informe en el que concluye que la pensi�n a ser satisfecha por el se�or Candelario Fuentes asciende a $678.16 mensuales a ser depositados en ASUME, efectivo el 20 de agosto de 2014 y una reserva de $615.00.
Mediante Resoluci�n de 9 de abril de 2015, notificada el 16 de abril del corriente a�o el TPI acoge el informe presentado por la Examinadora de Pensiones Alimentarias, Lcda. Denise E. V�zquez Ortiz y le impuso al peticionario una pensi�n alimentaria de $678.16 mensuales efectivo el 20 de agosto de 2014. El 1 de mayo de 2015 el se�or Candelario Fuentes presenta Moci�n Solicitando Reconsideraci�n y Solicitud de Custodia Compartida, en la que argumenta que el ingreso imputado es incorrecto por lo que tambi�n lo es el c�mputo de pensi�n alimentaria b�sica y suplementaria. Su solicitud de reconsideraci�n es declarada No Ha Lugar mediante Resoluci�n de 4 de mayo de 2015, notificada el 13 de mayo del a�o en curso.
El 14 de mayo de 2015 la se�ora Ramos de Dios presenta Moci�n Urgente Solicitando Desacato por incumplimiento con el pago de la pensi�n alimentaria. Reclama la recurrida que efectivo el 20 agosto de 2014 a mayo de 2015 el peticionario le adeuda la suma de $5,040.60 por concepto de pensi�n alimentaria, y solicita al TPI que declare al se�or Candelario Fuentes incurso en desacato.
El 2 de junio de 2015 el se�or Candelario Fuentes presenta ante el TPI Escrito Solicitando Relevo de Resoluci�n a Tenor con la Regla 49.2 de Procedimiento Civil y en Oposici�n a Moci�n de Desacato. Argumenta el peticionario que la pareja de la recurrida aporta a los gastos reportados en la PIPE y el TPI no los considera, por lo que hay que enmendar la PIPE; que se le aplic� un retroactivo err�neamente a partir del 20 de agosto de 2014; y finalmente alega descubrimiento de evidencia esencial por lo que solicit� la celebraci�n de una vista.
Mediante Orden de 8 de junio de 2015, notificada el 11 de junio del corriente a�o, el TPI refiere a la atenci�n de la Examinadora de Pensiones el asunto sobre el c�mputo retroactivo de la pensi�n, para que �sta muestre causa por la cual no deba declararse Ha Lugar la solicitud del se�or Candelario Fuentes en cuanto a la fecha del c�mputo del retroactivo. En torno a los dem�s se�alamientos esbozados en su Solicitud de Relevo de Resoluci�n, el TPI ordena la celebraci�n de Vista sobre Desacato para el 30 de septiembre de 2015. Ello por no haber pagado la pensi�n alimentaria la cual asciende a $4,614.60 (no $5,040.60, como reclam� la recurrida en su Moci�n Urgente Solicitando Desacato ante el TPI).
Inconforme, el 8 de julio de 2015, el peticionario recurre ante nos mediante petici�n de Certiorari.� Como �nico se�alamiento de error el se�or Candelario Fuentes sostiene lo siguiente;
ERR� EL HONORABLE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA AL DICTAR RESOLUCI�N HACIENDO...
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