Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2015, número de resolución KLAN201501020

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN201501020
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2015

LEXTA20150928-025-

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

REGI�N JUDICIAL DE CAGUAS Y HUMACAO

PANEL X

ROOSEVELT CAYMAN ASSET COMPANY
Apelante
v.
H�CTOR MIGUEL TORRES ZAYAS Y SU ESPOSA NATASCHA DEL VALLE GALARZA Y LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS
Apelados
KLAN201501020
Apelaci�n procedente del Tribunal de Primera� Instancia, Sala Superior de Caguas Civil N�m.: E CD2011-1188 (702) Sobre: Cobro de Dinero

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Coll Mart�, la Jueza Lebr�n Nieves y la Jueza Brignoni M�rtir.

Brignoni M�rtir, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2015.

����������� Comparece ante nos Roosevelt Cayman Asset Company (la apelante), y nos solicita que revoquemos una Sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Caguas (TPI), el 28 de abril de 2015, debidamente notificada el 18 de mayo de 2015. En la Sentencia antes aludida, el foro apelado desestim� con perjuicio la Demanda.

����������� Por los fundamentos que se discuten a continuaci�n, se revoca la Sentencia apelada, no sin antes ofrecer un breve trasfondo procesal del caso de autos.

I.

����������� La Demanda en cobro de dinero y ejecuci�n de hipoteca del caso de ep�grafe fue incoada por Doral Bank el 16 de septiembre de 2011, en contra del se�or H�ctor Miguel Torres Zayas, su esposa Natascha del Valle y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos (la apelada). En la misma, Doral Bank reclam� ser due�a y tenedora de un pagar� suscrito solidariamente por la apelada el 9 de marzo de 2009, por la suma de ciento sesenta y nueve mil setecientos d�lares ($169,700.00). El referido pagar�

devengaba intereses al siete punto veinticinco porciento (7.25%), y ten�a fecha de vencimiento del 1 de abril de 2039. La apelada deb�a efectuar pagos mensuales hasta el completo repago de la deuda. Adem�s, para garantizar el pago de la aludida deuda, la apelada hipotec� un inmueble de su propiedad. No obstante lo anterior, Doral Bank arguy� que la apelada incumpli� con la forma de pago convenida. Por tal raz�n, Doral Bank declar� la totalidad de la deuda l�quida, vencida y exigible.

����������� Tras la anotaci�n de rebeld�a de la apelada, el 16 de marzo de 2012, notificada el 21 del mismo mes y a�o, el TPI dict� Sentencia en rebeld�a a favor de la apelante.�

����������� El 3 de abril de 2012, la apelada present� una Moci�n Urgente de Relevo de Sentencia en Rebeld�a y Reconsideraci�n, en la cual adujo que, por inadvertencia, de buena fe present� su contestaci�n a demanda fuera del t�rmino para ello. �En la misma fecha, la apelada tambi�n present� su Contestaci�n a Demanda y Reconvenci�n, y sostuvo que su condici�n econ�mica hab�a cambiado de forma tal que le imped�a cumplir con el pago.� Igualmente, la apelada afirm�

que notific� de ello a Doral Bank y que solicit� beneficiarse del programa de �Loss Mitigation� de dicha entidad bancaria, pero que le fue informado que para participar del mismo deb�a tener un atraso de varios meses en su cuenta.� A su vez, la apelada indic� que sostuvo reuniones con Doral Bank, que llegaron a acuerdos parciales, en los cuales Doral Bank represent� o cre� expectativas de modificar el pr�stamo interino.�

Adem�s, en su Contestaci�n a Demanda y Reconvenci�n, la apelada aleg� que anteriormente hubo una posible compradora que estaba dispuesta a adquirir la propiedad mediante un �short sale� y que as� lo inform�

a Doral Bank. �Sin embargo, como parte de las gestiones de negociaci�n, la apelada orden� realizar un estudio de t�tulo de la propiedad en cuesti�n.� El estudio de t�tulo antes referido reflej� que la propiedad estaba gravada por tres (3) hipotecas, ya que Doral Bank nunca...

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